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Las tasas de interés referenciales oscilan entre 4,9 % y 20,8 % en 13 segmentos de crédito en Ecuador

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El presidente de la República, Guillermo Lasso, advirtió esta semana sobre el riesgo del incremento de las tasas de interés y de tener un retroceso de la imagen internacional del país ante la inestabilidad social por los reclamos del incremento de los combustibles.

Si bien el riesgo país ha disminuido, Ecuador tiene tasas de interés más altas que sus vecinos de la región. Los porcentajes son establecidos desde el Gobierno nacional con una publicación mensual en el sitio web del Banco Central del Ecuador, pero la decisión es realista y acorde al mercado crediticio local que tiene poca competitividad, afirma el analista y editor de la revista económica Análisis Semanal, Alberto Acosta Burneo

Desde el 2015 hay un sistema de techos que se fijan por decisión gubernamental con el objetivo de direccionar el crédito de cierto segmento en un sector específico, forzando una reducción, agrega.

Pero el resultado no es el esperado. “Todavía tenemos tasas de interés elevadas, el esquema de fijación a través del Ejecutivo no ha funcionado”, dice.

El actual régimen reconoce la necesidad de cambiar el mecanismo. El número de segmentos (tipos de crédito) pasó de 23 a 13 en septiembre del 2020, cada uno con una tasa de interés distinta. Desde ahí se determinó la creación de un nuevo sistema de tasas de interés.

Esteban Serrano, catedrático de la Universidad San Francisco de Quito, afirma que uno de los escollos es el impuesto a la salida de divisas (ISD), que limita la cantidad de dinero disponible para prestar. “El capital tiene que regresar y para ello hay que eliminar el ISD. Al Ecuador te dejan entrar, pero a la salida te quitan dinero”.

¿Cómo funciona el mecanismo de fijación de las tasas de interés?

Un ejemplo del actual sistema es que si se quiere desincentivar el financiamiento de carros, se eleva la tasa para ese segmento y se baja la del crédito de consumo para otras cosas.

Las tasas de interés referenciales para este mes oscilan entre 4,96 % para viviendas de interés social hasta el 20,88 % para el microcrédito de acumulación simple, este último se otorga a los solicitantes de crédito que registren ventas anuales superiores a $ 5.000 y hasta $ 20.000.

Sin embargo, la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, creada durante el correísmo que también sentó las bases del mecanismo actual, fija también las tasas máximas.

La mayor de este mes es la del microempresario minorista, que pagan un interés máximo de hasta el 28,5 % anual. En este grupo están los solicitantes de crédito cuyas ventas o ingresos son menores a $ 5.000.

A ello se suma el incumplimiento de requisitos para acceder al sistema crediticio legal, por lo que les queda la opción de los chulqueros, que siguen prosperando cobrando altos intereses semanales.

Las tasas de interés de Perú y Colombia son significativamente más bajas que en Ecuador, en dólares, recalca Serrano. “La tasa corporativa empresarial promedio en dólares está en el 2 %, dirigido a las grandes empresas peruanas, en moneda nacional, nuevos soles, está en el 2,3 %. En Ecuador, la tasa corporativa promedio es del 7 u 8%, entonces es una diferencia muy importante entre el costo de endeudarse para un empresario ecuatoriano y uno peruano”.

El primer plazo para el cambio de metodología feneció el 1 de julio de este año. Las Superintendencias de Bancos y de la Economía Popular y Solidaria tenían hasta esa fecha para remitir información de las pérdidas esperadas y las no incurridas de los clientes. El fin es tomar una decisión basada en datos reales.

Con este insumo, el BCE tiene hasta el 30 de agosto para emitir la nueva metodología. “Se busca establecer tasas de interés basadas en los costos. Hay un costo de obtener fondos, de la operación de intermediación de atender al cliente, hay un riesgo de cada operación y hay una rentabilidad, entonces se suman todos los factores y se determina una tasa de interés de tanto”, asegura Acosta.

Sin embargo, agrega el analista, es una metodología equivocada nuevamente, recalca, porque se basa en un error teórico que es pensar que los costos fijan los precios. “No son los costos los que fijan los precios, sino la interacción entre la oferta y la demanda, de nuevo tendremos un mecanismo que no permite la competencia ni la impulsa y que en la práctica no va a tener los efectos deseables”.

El sistema actual es negativo porque al reducir la tasa de interés de manera arbitraria por decisión del presidente de turno, lo que se hace finalmente es que el dinero prestado en ese segmento sea más barato y que haya más gente que quiera acceder, pero con esa decisión no se aumenta la cantidad de dinero disponible para prestar.

La cantidad de dinero sigue siendo la misma y mucha gente sigue sin acceder porque no hay el monto para cubrir la demanda. “Entonces lo que ocurre es una exclusión financiera”, asegura Acosta.

El dinero prestado por el sistema crediticio oficial, que incluye a los bancos aglutinados en la Asociación de Bancos Privados del Ecuador (Asobanca), pasó de $ 27.104′450.000 a $ 25.984′430.000 entre el 2019 y el 2020.

Y durante el primer semestre de este año el monto prestado alcanza los $ 13.064′540.000, es decir, se tiene previsto un monto similar al del 2019. (I)

El Universo

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Justicia restaurativa frente a la minería ilegal en Ecuador: El caso de Zamora Chinchipe

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Por: José Benavidez. Estudiante de derecho

La expansión incontrolada de la minería no autorizada en la provincia de Zamora Chinchipe constituye uno de los dilemas socioambientales y dogmáticos más críticos para el Estado ecuatoriano. Ante la evidente insuficiencia del modelo punitivo tradicional del Código Orgánico Integral Penal (COIP) cuyo enfoque retributivo no logra revertir el colapso ecológico ni tutelar de forma efectiva los derechos del ecosistema, la dogmática penal contemporánea exige una reorientación hacia paradigmas complementarios orientados a la reparación integral y la sostenibilidad.

Contexto socio ambiental en Zamora Chinchipe

Zamora Chinchipe alberga importantes cuencas hidrográficas como los ríos Zamora, Bombuscaro, Nangaritza y Yacuambi, y ecosistemas de alta biodiversidad. Sin embargo, la proliferación de minería no regularizada en sectores como Yantzaza, El Pangui y la cuenca del Nangaritza ha derivado en:

1.- Degradación sistémica del suelo: Destrucción de la capa vegetal, deforestación masiva y alteración del cauce de los ríos por el uso de maquinaria pesada

2.- Contaminación por metales pesados: Vertimiento irrestricto de mercurio y cianuro, afectando la calidad del agua y la fauna acuática.

3.- Impacto comunitario y social: Desplazamiento de economías tradicionales, conflictividad social e intromisión en territorios de comunidades indígenas y locales.

El modelo punitivo actual y sus limitaciones

El ordenamiento jurídico ecuatoriano tipifica los delitos contra los recursos naturales y la minería ilegal en el COIP. No obstante, la vía penal ordinaria presenta serias limitaciones operativas frente a los daños ambientales de Zamora Chinchipe:

1.- Insuficiencia de la pena privativa de libertad: La prisión del infractor de último eslabón no logra la remediación del ecosistema ni la compensación a las comunidades afectadas.

2.- Incapacidad de remediación técnica: Las sentencias penales tradicionales priorizan la sanción retributiva, dejando en segundo plano los planes de manejo ambiental y la restauración ecológica a largo plazo.

3.- Saturación del sistema de justicia: La persecución penal individualizada no desarticula las redes financieras detrás del extractivismo ilegal ni ofrece respuestas oportunas a las zonas impactadas.

  1. Marco conceptual de la justicia restaurativa ambiental

A diferencia de la justicia retributiva centrada en el castigo estatal al infractor, la justicia restaurativa en materia ambiental redefine el concepto de «víctima», incluyendo tanto a las comunidades locales como a la propia naturaleza o Pachamama, reconocida como sujeto de derechos en el artículo 71 de la Constitución del Ecuador.

En lugar de contraponer la sanción a la reparación mediante un esquema tabular, la tutela penal ambiental contemporánea exige integrar ambos enfoques: mientras la justicia retributiva tradicional focaliza su mecanismo en el juicio penal adversarial para sancionar al infractor con la privación de libertad y tutelar el cumplimiento abstracto de la norma estatal, la justicia restaurativa ambiental desplaza el centro de gravedad procesal hacia la Naturaleza y las comunidades afectadas como sujetos protegidos, priorizando acuerdos reparatorios y planes de remediación técnica cuyos resultados concretos trascienden el mero cumplimiento de una condena, garantizando la reforestación, la descontaminación y la efectiva restauración de los ecosistemas impactados.

Viabilidad de aplicación en Zamora Chinchipe

Para que la justicia restaurativa sea aplicable en casos de minería ilegal en Zamora Chinchipe, la doctrina y la praxis penal exigen diferenciar la tipología de los actores involucrados:

Minera artesanal / de pequeña escala no regularizada: Mecanismo: Acuerdos de mediación penal ambiental u homologación de planes de reparación.

Acciones: Obligación técnica de reforestación de riberas, descontaminación de pasivos ambientales, sustitución gradual de tecnologías, eliminación del mercurio y trabajo comunitario de restauración.

Minería a gran escala no autorizada:

Mecanismo: Vía penal estrictamente retributiva, con decomiso de bienes y activos para financiar fondos públicos de reparación ambiental en la provincia. Consideraciones finales y propuestas de reforma La aplicación rigurosa de la justicia restaurativa en Zamora Chinchipe no implica impunidad ante la minería ilegal ni una concesión de lenidad hacia el infractor; por el contrario, representa una reorientación estratégica y pragmática de la tutela judicial efectiva. El castigo punitivo tradicional y el encarcelamiento no sanan las cuencas hidrográficas contaminadas ni devuelven la cobertura vegetal destruida; por ello, el sistema procesal debe trascender la fijación dogmática con la pena y enfocarse en una retribución directa, tangible y obligatoria hacia la sociedad y la Naturaleza.

Para materializar este cambio de paradigma, se requiere una articulación técnica e interdisciplinaria entre el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE), la fiscalía general del Estado, la judicatura y las comunidades locales afectadas. Convertir la remediación ecológica, el trabajo comunitario especializado y la restitución del tejido social en la máxima prioridad del proceso penal es el único camino jurídicamente viable para frenar el colapso ambiental en la Amazonía sur.

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Abdalá Bucaram y su hijo Jacobo son sentenciados a 9 años y 4 meses de prisión por caso Pruebas COVID-19

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El expresidente Abdalá Bucaram Ortiz y su hijo Jacobo Bucaram Pulley fueron sentenciados este miércoles 9 de septiembre a 9 años y 4 meses de prisión como colaboradores del delito de delincuencia organizada, dentro del caso Pruebas COVID-19 Agentes AMT.

La decisión fue anunciada oralmente por el Tribunal luego de que, a las 17:47, se reinstalara la audiencia de juicio contra los Bucaram y otras dos personas procesadas dentro de esta causa.
La Fiscalía General del Estado informó que Leandro Berrones y Oren Sheinman también fueron declarados culpables, pero en calidad de autores directos del delito de delincuencia organizada. Para ambos, el Tribunal impuso una pena de 13 años y 4 meses de prisión.

El proceso investiga una estructura que habría operado durante la emergencia sanitaria de 2020 para lucrar de manera irregular con la comercialización de más de 21.000 pruebas rápidas de diagnóstico y otros insumos médicos, en momentos en que Ecuador atravesaba uno de los periodos más críticos de la pandemia de COVID-19.

Según la acusación, Bucaram habría mantenido almacenadas en su vivienda de Guayaquil miles de pruebas rápidas, mascarillas y lancetas relacionadas con la operación investigada.

Su hijo Jacobo, por su parte, fue señalado por presuntamente financiar la adquisición de la mercadería mediante un pago de USD 321.600 en efectivo.

Un proceso marcado por audiencias fallidas

El caso se ha extendido durante varios años y su avance estuvo marcado por reiteradas audiencias que no pudieron concretarse, entre ellas diligencias suspendidas por la ausencia del expresidente.

Una de las últimas audiencias fallidas ocurrió el 31 de agosto de 2026, Posteriormente, el Tribunal dispuso nuevas acciones para conseguir la comparecencia de Bucaram, quien permanecía hospitalizado, asegurando que sufría de afectaciones cardiacas.

Este miércoles, horas antes de su sentencia, Bucarám publicó una carta en la que dio a conocer que pidió el alta médica “a pesar de estar en peligro de muerte súbita”. Además, anticipó que sería sentenciado por el delito de delincuencia organizada.

A través de sus redes sociales, el exmandatario explicó que tomó esa decisión pese a tener “13K arritmias ventriculares». «Debemos entender que una sola puede originar mi muerte”, afirmó.

Dentro de la investigación también figuró Shy Dahan, ciudadano israelí señalado junto con Sheinman por la comercialización de los insumos médicos. Dahan fue asesinado en 2020 mientras permanecía recluido en la Penitenciaría del Litoral. Fuente: Vistazo
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Noboa dice que Dedalus trae a Ecuador el sistema de operación hospitalaria más avanzado del mundo

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El presidente Daniel Noboa anunció este miércoles 9 de septiembre que Ecuador incorporará el sistema de gestión hospitalaria Dedalus, una plataforma tecnológica con la que el Gobierno prevé interconectar 1.742 centros de salud y centralizar información sobre pacientes, citas, medicamentos, insumos y equipos médicos.

El mandatario dio a conocer la medida durante la tarde a través de sus redes sociales, donde señaló que la herramienta forma parte de las acciones destinadas a modernizar el funcionamiento del sistema público de salud.

La salud pública necesita soluciones. La gente lo pide, nosotros cumplimos”, manifestó Noboa al presentar la iniciativa.

Según el presidente, uno de los principales cambios será contar con un único historial clínico para los ecuatorianos, de manera que la información de un paciente pueda estar disponible dentro de la red de establecimientos conectados.

La plataforma también apunta a agilizar el agendamiento de citas médicas, mediante herramientas que automaticen la asignación de turnos y reduzcan la dependencia de intermediarios para acceder a una consulta.

Otro componente estará dirigido al inventario y control de medicamentos, insumos y equipos médicos disponibles en los establecimientos de salud.

Contrato de USD 240 millones

El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Salud Pública (MSP) y la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), anunció la incorporación de la plataforma, utilizada en países como Irlanda, Alemania, Francia y Reino Unido

Para implementar este sistema, el MSP contratará a CNT, que se encargará de poner en marcha el servicio en la red pública de salud junto con la empresa italiana Dedalus.

Según consta en el portal del Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop), la cartera de Estado resolvió adjudicar este martes el contrato a CNT por USD 240 millones, mediante un procedimiento de régimen especial.

Estamos hablando de transformar la gestión de 1.742 establecimientos de salud del país”, destacó el ministro de Salud, Juan Carlos Aveiga.

En ese contexto, el MSP inició un proceso de contratación por régimen especial con CNT, que funciona como ejecutor tecnológico del Estado y presentó una propuesta que comprende tres componentes: conectividad, infraestructura y una plataforma integrada de información en salud.

De su lado, el gerente de CNT, Ronald Spina, resaltó que se trabaja en una transformación tecnológica del sistema público de salud.

Aveiga y Spina explicaron, en un video publicado por la Secretaría de Comunicación, que el país tiene un “sistema de salud fragmentado”, con “información dispersa y procesos que no siempre están conectados” entre los hospitales y otros centros médicos públicos. Fuente: Vistazo
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