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Ingenieros civiles de Zamora piden se respeten las ordenanzas

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El colegio de Ingenieros de Zamora Chinchipe exige que se respeten los derechos de los profesionales al momento de desempeñar funciones que les corresponde, a través del cambio de ordenanzas, en este caso, en la designación del nuevo gerente de la Empresa Pública de Agua Potable y Alcantarillado de Zamora (EMAPAZ).

Por primera vez, en esta empresa pública adscrita al Municipio de Zamora, desde el año 2000, fecha donde hubo el cambio del Sistema de Agua Potable, se ha elegido como gerente a un profesional del derecho, pues en la ley consta que los trabajos hidráulicos e hidroeléctricos, tanto en cargos administrativos como en territorio, deben ser desarrollados por profesionales de la Ingeniería Civil.

Darwin Olmedo Hidalgo, presidente del Colegio de Ingenieros Civiles de Zamora Chinchipe, denunció que ha habido el cambio de una ordenanza para beneficio de un tercero. El 16 de agosto de 2023, llaman a una reunión del directorio e invitan a Julio Castillo que es la persona que hizo una reingeniería, quien dispone que debe estar al frente un técnico de la Ingeniería Civil, ya que desde hace 23 años vienen estando al frente de esta institución y no se ha presentado ninguna novedad, como si sucedía antes del cambio del sistema de agua potable.

En la ordenanza anterior resaltaba que debe constar un técnico como ingeniero civil y ahora se ha desplazado, abriendo la posibilidad para otro profesional de la misma rama. Olmedo dice que la nueva ordenanza no se ajusta a la ley. En el art. 34 los cargos técnicos y de dirección técnica y los establecidos por la ley en el estado, cuya actividad fundamental sean labores de ingeniería serán desempeñados por ingenieros civiles, netamente.

Desde el Departamento de Planificación del Municipio de Zamora, Robín Santín no estuvo de acuerdo y votó en contra de la moción del cambio de ordenanza, aduciendo que ya hubo un examen especial de la Contraloría General del Estado que se le hizo a Hidro Zamora en 2021, donde llaman la atención al alcalde y a los miembros del directorio por el incumplimiento de la ley porque los profesionales en ingeniería civil, son los profesionales que tendrán acceso a desempeñar labores hidráulicas e hidroeléctricas.

Continúan en este litigio para que se termine de quebrantar la ley, sucede lo mismo en la Dirección de Obras Públicas que en el art. 34, también resalta que debe estar copado por un ingeniero civil.

Finalmente, invita a los ciudadanos a impedir que se cambien las ordenanzas, transgrediendo la ley y que cada profesional cumpla el rol de su profesión.

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Consejo de la Judicatura designó a Luis Gordillo como director provincial de Loja

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En la sesión extraordinaria No. 110-2026, realizada el miércoles 5 de agosto, el Pleno del Consejo de la Judicatura designó a Luis Guillermo Gordillo Córdova como nuevo director provincial de Loja, autoridad que asumirá la gestión administrativa de la Función Judicial en la provincia una vez que cumpla con los requisitos y formalidades establecidos en la Constitución de la República del Ecuador y la normativa vigente.

La designación fue aprobada mediante resolución del máximo órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial, como parte del proceso de fortalecimiento institucional orientado a garantizar la adecuada prestación de los servicios judiciales en la provincia.

Luis Guillermo Gordillo Córdova es abogado, doctor en Jurisprudencia y licenciado en Ciencias Sociales, Políticas y Económicas por la Universidad Nacional de Loja. Además, obtuvo el título de magíster en Ciencias Penales en la misma institución de educación superior y cuenta con una especialización en Derecho Procesal Penal por la Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL).

Su trayectoria profesional se ha desarrollado principalmente en la Fiscalía General del Estado. Inició sus funciones como secretario de fiscales en la Fiscalía Provincial de Zamora Chinchipe y posteriormente ejerció el cargo de agente fiscal durante 18 años, experiencia que consolidó sus conocimientos en Derecho Penal, investigación fiscal y administración de justicia.

Como director provincial del Consejo de la Judicatura en Loja, tendrá la responsabilidad de liderar la gestión administrativa de la institución, coordinar las actividades de las dependencias jurisdiccionales y administrativas, garantizar el funcionamiento eficiente de los servicios judiciales y ejecutar las políticas institucionales definidas por el Pleno del Consejo de la Judicatura.

La posesión del cargo se efectuará una vez que el funcionario designado cumpla con los requisitos legales y administrativos previstos en la legislación ecuatoriana para el ejercicio de la función pública.

En la misma resolución, el Pleno del Consejo de la Judicatura dio por concluido el encargo del doctor Adriano Loján Zumba, quien venía desempeñándose como director provincial encargado de Loja.

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Policía decomisó un subfusil, municiones y equipo táctico durante operativo en Paquisha

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En el marco de las acciones orientadas a combatir la tenencia ilegal de armas y fortalecer la seguridad ciudadana, la Policía Nacional del Ecuador ejecutó un operativo en el cantón Paquisha, provincia de Zamora Chinchipe, que permitió el decomiso de un arma de fuego, municiones y material táctico.

Como resultado de la intervención policial, los uniformados incautaron un subfusil calibre 9 milímetros, 100 municiones calibre 9 milímetros, cuatro forros de chaleco balístico, cuatro cascos balísticos y un terminal móvil, elementos que fueron levantados como indicios para las investigaciones correspondientes.

De acuerdo con la información proporcionada por la institución policial, el operativo forma parte de las estrategias permanentes para prevenir y combatir actividades ilícitas relacionadas con la posesión y circulación ilegal de armas de fuego, así como para reducir los factores de riesgo que afectan la seguridad pública en la provincia.

Los indicios fueron puestos bajo cadena de custodia conforme a los protocolos establecidos, con el propósito de que las autoridades competentes desarrollen las diligencias investigativas y determinen su procedencia, posible utilización y eventuales responsabilidades penales.

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Nacionales

EXTRACTO | Notifíquese a los señores:

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 CITACIÓN A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO QUE SE CREAN CON DERECHO A LAS AGUAS PROVENIENTES DE LA(S) FUENTE(S) CAP-2V-QUEBRADA, CAP-1V-QUEBRADA, CAP-4-QUEBRADA, CAP-3-QUEBRADA, CAP-2-QUEBRADA, CAP-1-QUEBRADA UBICADA EN QUEBRADA SIN NOMBRE, PARROQUIA BOMBOÍZA, CANTÓN GUALAQUIZA, PROVINCIA DE MORONA SANTIAGO, EL AGUA SERÁ UTILIZADA PARA USO Y/O APROVECHAMIENTO MINERÍA.

ACTOR(ES): SURNORTE S.A

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, DIRECCIÓN ZONAL 10.

Proceso Administrativo Nro DZ10-DZ10-2026-00003-AA.
Fecha: 09-03-2026 a las 17:33.

VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en mi calidad de Autoridad Única del Agua a nivel desconcentrado. Ministerio de Ambiente y Energía.

En lo principal: Agréguese al expediente los documentos referentes a la Solicitud de Autorización de Uso y/o Aprovechamiento de Agua, presentada por SURNORTE S.A, de fecha 2026-03-09 17:33:17.916, en el mismo que solicita la Autorización de MINERÍA, provenientes de la fuente CAP-2V-QUEBRADA, CAP-1V-QUEBRADA, CAP-4-QUEBRADA, CAP-3-QUEBRADA, CAP-2-QUEBRADA, CAP-1-QUEBRADA, ubicada en QUEBRADA SIN NOMBRE, parroquia BOMBOÍZA, cantón GUALAQUIZA, provincia de MORONA SANTIAGO.

Con estos antecedentes, en mi calidad de Autoridad Única del Agua a nivel desconcentrado, se:

DISPONE:

1.- Aceptar a trámite la solicitud de Autorización de Uso y/o Aprovechamiento de Agua para MINERÍA, por haberse emitido el Certificado de Disponibilidad de Agua (CDA), en cumplimiento con el artículo 23 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, y en concordancia con el artículo 107 del Reglamento General de Aplicación a la Ley. Por lo expuesto, se dispone el cumplimiento de las siguientes diligencias.

2.- Notifíquese a los señores:

  • MARIA ROSARIO SANCHEZ BUCLE
  • JAIME ELICIO PILLACELA MALLA
  • ANGEL BENITO CABRERA TORRES
  • ADRIANO MARIA ROMERO ALEMAN
  • LUIS CRISTOBAL UNUP NARANKAS
  • JORGE OSWALDO YANKUR TSOKANKA

en su domicilio señalado en la petición inicial; y a los usuarios desconocidos y presuntos mediante la fijación de carteles que contendrán un extracto de la solicitud y esta providencia, los que permanecerán expuestos por diez días consecutivos en los parajes más concurridos de QUEBRADA SIN NOMBRE – BOMBOÍZA – GUALAQUIZA – MORONA SANTIAGO, mediante comisión que se imparte al señor Teniente Político de la parroquia BOMBOÍZA, además de anunciar por la prensa mediante tres publicaciones consecutivas.

3.- Finalizado el plazo de publicidad, se contarán diez días para que se puedan presentar adhesiones, oposiciones o proyectos alternativos en sobre cerrado, cumpliendo los mismos requisitos fijados en el numeral 1 del artículo 107 (procedimiento general).

4.- En caso de que el administrado no cumpla con lo dispuesto, esta Administración actuará de acuerdo con lo estipulado en el artículo 212 del Código Orgánico Administrativo.

5.- Luego de cumplidas estas diligencias se designará un analista técnico/perito, quien realizará la inspección de rigor y emitirá su informe en atención a lo solicitado.

6.- Téngase en cuenta el Casillero Judicial 0, el correo electrónico daniela.alvear@lundingold.com señalado para posteriores notificaciones y la autorización conferida a su abogado defensor, de ser el caso, por SURNORTE S.A.

NOTIFÍQUESE.

DIRECTOR/A ZONAL
DIRECCIÓN ZONAL 10

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