Connect with us

Nacionales

Captadoras ilegales de dinero tienen nexos con el narcotráfico

Publicado

on

Europa se ha convertido en el destino principal de la droga que se produce en Colombia y que sale desde Ecuador. Informes de antinarcóticos revelan que en el Viejo Continente un kilo de cocaína puede venderse desde USD 55 000. Eso quiere decir que, por unas 7 toneladas (que es lo que ha sido incautado este año) las mafias pudieron haber ganado al menos USD 385 millones. Esta cantidad decomisada se ha considerado la más grande durante este año.

Delimitar la ruta de ese dinero es uno de los objetivos que tiene la Policía. Geovanny Ponce, director nacional de Antinarcóticos, revela pistas de cómo se camufla el dinero sucio en territorio nacional.

El alto oficial dice que las mafias utilizan empresas de papel como fachadas, además de compra de bienes inmuebles, actividades mineras ilegales y captación de dinero sin autorización de los entes de control respectivos.

Esto último ha levantado las alertas durante los años más recientes. La Superintendencia de Bancos tiene registros que muestran un incremento en la proliferación de estas actividades desde 2017.

Según datos oficiales, desde ese año en el país se han identificado 133 captadoras ilegales de dinero. Aunque no existe un monto específico de cuánto dinero captaron, agentes que investigan estos casos calculan que estas organizaciones pueden llegar a mover USD 10 millones en un trimestre.

Por eso, los uniformados dicen que redes del narcotráfico estarían detrás de estos ilícitos para blanquear las ganancias de la droga.

El esquema con el que funcionan es complejo. Según los investigadores, las mafias entregan una alta suma a los captadores ilegales para que estos, a su vez, den ese dinero a los supuestos inversionistas como intereses y al final ellos lo introducen en sus cuentas bancarias. De esta manera, el dinero ilegal ingresa oficialmente al sistema financiero del país.

¿Cómo las mafias recuperan el dinero invertido?

Un agente de la unidad de lavados de activos de la Policía dice que el negocio está en que se pierda el rastro del dinero ilegal. Mientras ellos se llevan el dinero legal que deja la gente, ellos entregan dinero ilegal para que automáticamente se blanquee. Pero para que esto ocurra, se tiene que tener un gran número de supuestos inversores o accionistas.

“Por eso los intereses que ofrecen son tan elevados. La idea es que la gente ingrese masivamente, para que identificar el dinero ilegal resulte más difícil cuando ingrese a las cuentas legales”.

Incluso, los agentes dicen que a las mafias de narcotraficantes les llama la atención invertir en estas actividades, porque entre los inversores también hay funcionarios públicos, políticos, policías y miembros de Fuerzas Armadas.

Eso, por ejemplo, sucedió con Big Money. El Ministerio de Gobierno ha informado que al menos 300 policías fueron parte de esta red ilegal. Fuerzas Armadas no ha entregado datos de los miembros que fueron parte de esta actividad ilícita. Sin embargo, la Policía tiene información que señalaría a uniformados que laboran en el Ministerio de Defensa.

De hecho, una de las últimas apariciones de Miguel Ángel Nazareno, alias ‘Don Naza’, acudió a esa dependencia. La Policía dice que habría llegado con maletas repletas de fajos de dinero. Una semana después fue asesinado.

En otra captadora ilegal de dinero, que funcionaba en Zamora Chinchipe, también se tienen datos sobre nexos con el narcotráfico. Los agentes señalan que, a través de la compra de maquinaria pesada, las mafias ofertaban ganancias mensuales a sus inversionistas. Allí se sospecha que se movieron más de USD 5 millones.

Por todos estos hechos, las autoridades han iniciado un trabajo conjunto con unidades financieras y la Superintendencia de Compañías para detectar más captadoras. La Unidad de Análisis Financiero (UAFE) también levanta información de movimientos inusuales en todas las provincias del país. Esos datos se mantienen en reserva. (El Comercio)

Nacionales

Fiscalía pide prisión preventiva para el alcalde de Machala, Darío Macas, y otras medidas cautelares

Publicado

on

La Fiscalía General del Estado pidió que se imponga prisión preventiva contra el alcalde de MachalaDarío Macas, y su esposa Carmen Ch. P., por su presunta implicación en el delito de enriquecimiento ilícito.

La audiencia de formulación de cargos se instaló la mañana de este martes 7 de julio, de forma telemática, ante un juez de la provincia de Pichincha.

Con base en los elementos de convicción recabados durante la investigación, la Fiscalía pidió la prisión preventiva para el burgomaestre y su esposa, quienes fueron aprehendidos el lunes durante un operativo ejecutado en la provincia de El Oro.

Como medida cautelar de carácter real, la institución también solicitó la retención de los valores que ambos mantienen en entidades del sistema financiero.

Presuntos movimientos millonarios del alcalde

Las indagaciones apuntan a que el alcalde y su esposa habrían incrementado de manera injustificada su patrimonio en aproximadamente USD 6 millones entre 2019 y 2025.

Entre los hallazgos, el ministro del Interior, John Reimberg detalló que se detectaron empresas ‘fantasma‘ utilizadas para el movimiento de recursos y mencionó el caso de una compañía creada en 2025, en la que, según dijo, Darío Macas posee el 90 % de las acciones y que habría prestado servicios al Municipio de Machala.

Asimismo, indicó que los investigadores detectaron movimientos financieros superiores a los USD 6 millones, además de cheques y retiros en efectivo por cerca de USD 750.000, que eran cobrados directamente en ventanilla.

Reimberg también afirmó que se identificaron depósitos de USD 400.000 y USD 500.000 en distintas cuentas bancarias.

La Fiscalía General del Estado informó que durante los allanamientos se levantaron diversos indicios, entre ellos teléfonos celulares, documentación, registros financieros y dinero en efectivo, para incorporar a la investigación. Fuente: Vistazo

Continuar Leyendo

Nacionales

La penalista María Ruiz alerta sobre riesgos de responsabilidad objetiva en Ecuador

Publicado

on

En el marco de la segunda temporada del programa académico La Tertulia Jurídica, se desarrolló una destacada exposición de la jurista y abogada penalista María Ruiz, quien abordó el tema “La responsabilidad penal de las personas jurídicas y la prohibición de la responsabilidad objetiva en Derecho Penal”, generando un amplio análisis comparativo entre las legislaciones de Ecuador y España.

María Ruiz, profesional que ejerce la abogacía penal tanto en España como en Francia y que actualmente desarrolla estudios doctorales (PhD) en Ecuador, explicó que la responsabilidad penal corporativa constituye uno de los debates más complejos y relevantes dentro del derecho penal contemporáneo, especialmente en países latinoamericanos donde la regulación aún se encuentra en proceso de consolidación.
Durante su intervención, la especialista sostuvo que el principio de culpabilidad representa uno de los pilares fundamentales del Derecho Penal moderno, destacando que dentro de este se incluyen subprincipios esenciales como la personalidad de las penas, la responsabilidad por el hecho, la imputación personal y la prohibición de la responsabilidad objetiva.

“La gran problemática jurídica radica en determinar si el principio de culpabilidad puede aplicarse plenamente a las personas jurídicas, considerando que estas carecen de voluntad propia y constituyen una ficción legal”, señaló la jurista.

En su exposición, Ruiz explicó que existen dos grandes corrientes doctrinarias respecto a este debate. Por una parte, sectores académicos consideran que el principio de culpabilidad no puede trasladarse íntegramente a las empresas, debido a la estrecha relación que este mantiene con la dignidad humana. Por otra, una corriente mayoritaria sostiene que, al imponerse sanciones penales a las personas jurídicas, necesariamente deben aplicarse también las garantías fundamentales del Derecho Penal.

La jurista analizó además la regulación vigente en España, particularmente el artículo 31 bis del Código Penal Español, así como el artículo 49 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) ecuatoriano, enfatizando que ambos sistemas jurídicos buscan establecer mecanismos de atribución de responsabilidad penal para empresas y organizaciones.

En este contexto, María Ruiz advirtió sobre los riesgos de incurrir en modelos de responsabilidad objetiva, especialmente cuando no se exige de forma clara la demostración de dolo, culpa o incumplimiento de deberes de control dentro de las organizaciones empresariales.

“La responsabilidad penal de las personas jurídicas no puede sustentarse únicamente en la transferencia automática del delito cometido por una persona física hacia la empresa; debe existir siempre prueba del incumplimiento de deberes de supervisión, vigilancia y control”, explicó.

Uno de los puntos centrales de la conferencia fue el análisis del denominado “defecto de organización”, entendido como la ausencia de mecanismos adecuados de prevención y control dentro de las empresas, aspecto que —según la especialista— constituye el núcleo esencial para atribuir responsabilidad penal corporativa.

Asimismo, Ruiz abordó las diferencias existentes entre los sistemas de imputación penal en España y Ecuador, señalando que la normativa ecuatoriana aún presenta vacíos interpretativos que podrían generar riesgos de vulneración al principio de culpabilidad y a la prohibición de responsabilidad objetiva.

La académica también analizó figuras jurídicas como el enriquecimiento ilícito y el enriquecimiento privado no justificado contemplados en el COIP ecuatoriano, indicando que ciertas interpretaciones podrían trasladar indebidamente la carga de la prueba hacia el acusado, afectando garantías fundamentales del debido proceso.

Durante el programa, la jurista destacó la importancia de fortalecer los sistemas corporativos y de implementar adecuados modelos de supervisión interna dentro de las empresas, con el objetivo de prevenir conductas delictivas y garantizar el respeto a los principios constitucionales del Derecho Penal.

El espacio académico permitió además abrir el debate sobre la necesidad de desarrollar una doctrina más sólida en Ecuador respecto a la responsabilidad penal de las personas jurídicas, tomando como referencia la experiencia europea y la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo Español.

La participación de María Ruiz en La Tertulia Jurídica fue valorada como un importante aporte académico para estudiantes, profesionales del Derecho, jueces y ciudadanía interesada en la evolución del Derecho Penal corporativo en Ecuador y Latinoamérica.

Continuar Leyendo

Nacionales

Condenan a siete años de prisión para exalcalde de Taisha por enriquecimiento ilícito

Publicado

on

La Sala Especializada para el Juzgamiento de Delitos Relacionados con Corrupción y Crimen Organizado sentenció a siete años de prisión a Cergio Ayuy, exalcalde del cantón Taisha, provincia de Morona Santiago, al encontrarlo culpable del delito de enriquecimiento ilícito en calidad de autor directo. La decisión fue notificada la tarde de este viernes 3 de julio de 2026.

Además de la pena privativa de libertad, el fallo impuso la pérdida de los derechos políticos del exfuncionario, lo cual significa que no podrá postularse a cargos de elección popular, ejercer funciones públicas ni contratar con el Estado.

Asimismo, deberá pagar una multa equivalente a 20 salarios básicos unificados, fijada en USD 6.800, de acuerdo con el salario básico vigente en 2014.

Fiscalía sostuvo que existió un incremento patrimonial injustificado

De acuerdo con la acusación, el entonces alcalde presentó al inicio de su administración, el 14 de mayo de 2014, una declaración patrimonial juramentada en la que reportó bienes por USD 18.900.

Sin embargo, durante el ejercicio de sus funciones no presentó las declaraciones patrimoniales periódicas exigidas por la normativa, ni tampoco las correspondientes al cierre de sus administraciones en 2016 y 2019.

La Fiscalía expuso que, mientras ejercía el cargo, el exalcalde recibió depósitos que excedían los ingresos correspondientes a su remuneración, adquirió un vehículo y un inmueble, además de cancelar diversas obligaciones económicas.

Tras el análisis financiero, el Ministerio Público concluyó que el incremento patrimonial sin justificación ascendió a USD 312.958.

Para sustentar la acusación, la Fiscalía presentó testimonios de auditores de la Contraloría General del Estado, funcionarios del Servicio de Rentas Internas (SRI), personal de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) y peritos que participaron en la pericia contable y en el reconocimiento del lugar de los hechos.

Asimismo, incorporó 28 pruebas documentales, entre ellas el informe con indicios de responsabilidad penal elaborado por la Contraloría, pericias contables y financieras, reportes de la UAFE, roles de pago, declaraciones patrimoniales y certificaciones relacionadas con la propiedad de bienes muebles e inmuebles.
Continuar Leyendo

Trending

Derechos reservados El Amazonico