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Autos, quesos, licores, alimentos procesados y artículos farmacéuticos llegan de la Unión Europea con precios mejorados

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Una mayor diversificación de productos hay en las estanterías de los supermercados y farmacias nacionales con quesos, licores, chocolates, embutidos, aceites, productos farmacéuticos, entre otros, al igual de carros europeos que entran al mercado ecuatoriano con precios mejorados desde la vigencia del acuerdo comercial del Ecuador con la Unión Europea (UE).

La eliminación de aranceles y de trabas redujo, por ejemplo, el precio de los licores destilados (como el whisky, vodka o tequila) en un 58 % y de los vinos en un 37 % en estos casi cinco años de vigencia del acuerdo, indica Felipe Cordovez, presidente de la Asociación de Importadores de Licores.

También hay una disminución del precio de los autos europeos, sometidos a una desgravación arancelaria gradual cada año.

El valor promedio de los vehículos de la UE era de $ 50.000 en 2016. Y en 2020, el precio de venta al público promedio bajó a $ 33.000, un 34 % menos. El costo de un SUV era de $ 75.000 en 2016 y bajó a $ 47.000 en 2020, un 37 % menos, según la Asociación de Empresas Automotrices del Ecuador.

La reducción es mayor para este año ya que la tarifa arancelaria que pagan se redujo al 15 % frente a vehículos de otros orígenes que cancelan hasta un 35 %.

Al bajar las tasas arancelarias, los precios de los productos europeos también se ajustaron a la baja, volviéndose más atractivos y más accesibles para el bolsillo del consumidor ecuatoriano”, informa la UE a este Diario.

Desde el 2017, cuando entró en vigencia el pacto comercial, las importaciones de ese bloque hacia el país aumentan cada año, a excepción del 2020, debido a la crisis comercial generada por la pandemia del COVID-19.

Durante el 2016, sin el acuerdo, las importaciones de la UE sumaron $ 1.898,6 millonesAl año siguiente, ya con la vigencia del pacto comercial firmado en noviembre del 2016, los productos importados de la UE sumaron $ 2.571,3 millones, un incremento del 24 %.

El acuerdo comercial implica la desgravación gradual o total de los aranceles, así como también la eliminación de barreras que restringían las importaciones al país de ese bloque, como las tasas arancelarias o los cupos de vehículos, entre otros, informa la UE.

Solo durante todo el 2020 las ventas de la UE al Ecuador cayeron 33 %, registrándose el menor valor desde el 2016.

Sin embargo, hay una recuperación en los primeros seis meses del 2021 con un aumento del 24 % respecto al mismo periodo del año pasado, pero aún es menor a las importaciones de antes del COVID-19.

Las ventas de los productos de origen agrícola de la UE al Ecuador crecieron 31 % entre enero y junio de este año, respecto al mismo periodo del año pasado.https://flo.uri.sh/visualisation/7355051/embed

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En el caso de las bebidas alcohólicas, del 2016 al 2017 hubo un crecimiento exponencial en las exportaciones de la UE hacia el Ecuador de 262 %. En el 2018 otro aumento del 102 % y en el 2019 del 15 %.

“Uno de los efectos positivos es que se redujo el contrabando. Antes era imposible competir en este mercado, lo que impulsó el ingreso de bebidas alcohólicas de Colombia y Perú. Previo al acuerdo comercial cayeron las importaciones de licor sin que haya disminuido la demanda, sino que todo se suplió por el contrabando”, recalca Cordovez.

En algunas de las categorías, como la del whisky escocés, el contrabando pasó a representar del 90 % antes del tratado al 20 % de la oferta existente en el país en la actualidad. El resto corresponde a los productos legales, sostiene Cordovez.

De los seis principales productos agrícolas importados de la UE, la traída de bebidas, licores y vinagres es la que más se incrementó de enero a junio de este año con un 80 % respecto al 2020. Estos tipos de productos ocupan el tercer lugar en este rubro con importaciones que suman los $ 13 millones, superados por los residuos y desechos de las industrias alimentarias y alimentos preparados para animales ($ 18,2 millones) y los comestibles diversos ($ 17,3 millones).https://flo.uri.sh/visualisation/7354943/embed

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La disminución de precios también se da en los productos industriales. La UE informa que la eliminación total de los aranceles para los vehículos se prevé en un período de 7 años.

Los vehículos europeos importados pasaron de 2.515 unidades en el 2016 a 11.782 en el 2017, un aumento del 368 %. En 2018 se registró una caída con 9.070 unidades (-23 %), pero hubo una recuperación en 2019 con la llegada de 13.297 unidades, un 47 % más. De enero a julio del 2021, ya se reportan 4.065 unidades europeas importadas.

Solo el año pasado ingresaron al mercado ecuatoriano 29 nuevos modelos de vehículos con más tecnología y más amigables con el medio ambiente, indica la UE.

Los vehículos son el tercer principal producto industrial que se importa de la UE, alcanzando los $ 76,6 millones entre enero y junio de este año, solo superado por la maquinaria y los productos electrónicos ($ 168,9 millones) y los productos farmacéuticos ($ 100,6 millones). Pero de los tres es el que tiene la mayor tasa de incremento con un 23 % respecto al mismo periodo del 2020.

La existencia de productos farmacéuticos importados abre la posibilidad hacia una mayor competencia, hacia una provisión de productos de mayor calidad, eficiencia y efectividad, así como el ingreso al país de nuevos productos innovadores y tratamientos actualizados”, reporta la UE.https://flo.uri.sh/visualisation/7355105/embed

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Diego Grijalva, catedrático de la Universidad San Francisco de Quito, afirma que en un acuerdo comercial siempre habrá ganadores y perdedores. “Muchas veces la discusión se centra en un lado ideológico que dice que los tratados son lo mejor que existe, y al otro lado, la preocupación es de que estos tratados pueden romper el esquema productivo de un país y afectar al empleo”.

En el caso específico de la UE, los resultados han sido positivos, añade. “Hay más exportaciones e importaciones… El tratado ha tenido una contribución pequeña al crecimiento de la economía ecuatoriana, lo cual es bueno, ya que uno de los efectos negativos de estos acuerdos es que el Gobierno deja de recibir aranceles, pero no ha pasado debido al aumento global de las exportaciones e importaciones”.

El especialista agrega que a más de los consumidores beneficiados con productos diversos de mayor calidad, también se fortalece el sistema productivo con procesos más eficientes por la llegada de maquinaria o partes, tecnología más barata.https://flo.uri.sh/visualisation/7359145/embed

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Un efecto se ha dado en el mercado de quesos maduros y de vinos con gas (champán) que se fabrican en el país, dice Grijalva, los que no pueden acoger cierta denominación de origen debido a los derechos de propiedad intelectual de la UE de los productos.

“Los productores locales no pueden vender productos que se llamen parmesano, solo un queso tipo parmesano, pero por la regla de origen no puede ser parmesano en sí, porque no es de Parma (ciudad italiana)”, indica Grijalva.

El ingreso de abonos y productos químicos que se utilizan en la producción agropecuaria también ayuda a tener precios más competitivos, ya que estos insumos son importados porque el país no los produce. (I)

El Universo

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Fiscalía pide prisión preventiva para el alcalde de Machala, Darío Macas, y otras medidas cautelares

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La Fiscalía General del Estado pidió que se imponga prisión preventiva contra el alcalde de MachalaDarío Macas, y su esposa Carmen Ch. P., por su presunta implicación en el delito de enriquecimiento ilícito.

La audiencia de formulación de cargos se instaló la mañana de este martes 7 de julio, de forma telemática, ante un juez de la provincia de Pichincha.

Con base en los elementos de convicción recabados durante la investigación, la Fiscalía pidió la prisión preventiva para el burgomaestre y su esposa, quienes fueron aprehendidos el lunes durante un operativo ejecutado en la provincia de El Oro.

Como medida cautelar de carácter real, la institución también solicitó la retención de los valores que ambos mantienen en entidades del sistema financiero.

Presuntos movimientos millonarios del alcalde

Las indagaciones apuntan a que el alcalde y su esposa habrían incrementado de manera injustificada su patrimonio en aproximadamente USD 6 millones entre 2019 y 2025.

Entre los hallazgos, el ministro del Interior, John Reimberg detalló que se detectaron empresas ‘fantasma‘ utilizadas para el movimiento de recursos y mencionó el caso de una compañía creada en 2025, en la que, según dijo, Darío Macas posee el 90 % de las acciones y que habría prestado servicios al Municipio de Machala.

Asimismo, indicó que los investigadores detectaron movimientos financieros superiores a los USD 6 millones, además de cheques y retiros en efectivo por cerca de USD 750.000, que eran cobrados directamente en ventanilla.

Reimberg también afirmó que se identificaron depósitos de USD 400.000 y USD 500.000 en distintas cuentas bancarias.

La Fiscalía General del Estado informó que durante los allanamientos se levantaron diversos indicios, entre ellos teléfonos celulares, documentación, registros financieros y dinero en efectivo, para incorporar a la investigación. Fuente: Vistazo

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La penalista María Ruiz alerta sobre riesgos de responsabilidad objetiva en Ecuador

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En el marco de la segunda temporada del programa académico La Tertulia Jurídica, se desarrolló una destacada exposición de la jurista y abogada penalista María Ruiz, quien abordó el tema “La responsabilidad penal de las personas jurídicas y la prohibición de la responsabilidad objetiva en Derecho Penal”, generando un amplio análisis comparativo entre las legislaciones de Ecuador y España.

María Ruiz, profesional que ejerce la abogacía penal tanto en España como en Francia y que actualmente desarrolla estudios doctorales (PhD) en Ecuador, explicó que la responsabilidad penal corporativa constituye uno de los debates más complejos y relevantes dentro del derecho penal contemporáneo, especialmente en países latinoamericanos donde la regulación aún se encuentra en proceso de consolidación.
Durante su intervención, la especialista sostuvo que el principio de culpabilidad representa uno de los pilares fundamentales del Derecho Penal moderno, destacando que dentro de este se incluyen subprincipios esenciales como la personalidad de las penas, la responsabilidad por el hecho, la imputación personal y la prohibición de la responsabilidad objetiva.

“La gran problemática jurídica radica en determinar si el principio de culpabilidad puede aplicarse plenamente a las personas jurídicas, considerando que estas carecen de voluntad propia y constituyen una ficción legal”, señaló la jurista.

En su exposición, Ruiz explicó que existen dos grandes corrientes doctrinarias respecto a este debate. Por una parte, sectores académicos consideran que el principio de culpabilidad no puede trasladarse íntegramente a las empresas, debido a la estrecha relación que este mantiene con la dignidad humana. Por otra, una corriente mayoritaria sostiene que, al imponerse sanciones penales a las personas jurídicas, necesariamente deben aplicarse también las garantías fundamentales del Derecho Penal.

La jurista analizó además la regulación vigente en España, particularmente el artículo 31 bis del Código Penal Español, así como el artículo 49 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) ecuatoriano, enfatizando que ambos sistemas jurídicos buscan establecer mecanismos de atribución de responsabilidad penal para empresas y organizaciones.

En este contexto, María Ruiz advirtió sobre los riesgos de incurrir en modelos de responsabilidad objetiva, especialmente cuando no se exige de forma clara la demostración de dolo, culpa o incumplimiento de deberes de control dentro de las organizaciones empresariales.

“La responsabilidad penal de las personas jurídicas no puede sustentarse únicamente en la transferencia automática del delito cometido por una persona física hacia la empresa; debe existir siempre prueba del incumplimiento de deberes de supervisión, vigilancia y control”, explicó.

Uno de los puntos centrales de la conferencia fue el análisis del denominado “defecto de organización”, entendido como la ausencia de mecanismos adecuados de prevención y control dentro de las empresas, aspecto que —según la especialista— constituye el núcleo esencial para atribuir responsabilidad penal corporativa.

Asimismo, Ruiz abordó las diferencias existentes entre los sistemas de imputación penal en España y Ecuador, señalando que la normativa ecuatoriana aún presenta vacíos interpretativos que podrían generar riesgos de vulneración al principio de culpabilidad y a la prohibición de responsabilidad objetiva.

La académica también analizó figuras jurídicas como el enriquecimiento ilícito y el enriquecimiento privado no justificado contemplados en el COIP ecuatoriano, indicando que ciertas interpretaciones podrían trasladar indebidamente la carga de la prueba hacia el acusado, afectando garantías fundamentales del debido proceso.

Durante el programa, la jurista destacó la importancia de fortalecer los sistemas corporativos y de implementar adecuados modelos de supervisión interna dentro de las empresas, con el objetivo de prevenir conductas delictivas y garantizar el respeto a los principios constitucionales del Derecho Penal.

El espacio académico permitió además abrir el debate sobre la necesidad de desarrollar una doctrina más sólida en Ecuador respecto a la responsabilidad penal de las personas jurídicas, tomando como referencia la experiencia europea y la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo Español.

La participación de María Ruiz en La Tertulia Jurídica fue valorada como un importante aporte académico para estudiantes, profesionales del Derecho, jueces y ciudadanía interesada en la evolución del Derecho Penal corporativo en Ecuador y Latinoamérica.

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Condenan a siete años de prisión para exalcalde de Taisha por enriquecimiento ilícito

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La Sala Especializada para el Juzgamiento de Delitos Relacionados con Corrupción y Crimen Organizado sentenció a siete años de prisión a Cergio Ayuy, exalcalde del cantón Taisha, provincia de Morona Santiago, al encontrarlo culpable del delito de enriquecimiento ilícito en calidad de autor directo. La decisión fue notificada la tarde de este viernes 3 de julio de 2026.

Además de la pena privativa de libertad, el fallo impuso la pérdida de los derechos políticos del exfuncionario, lo cual significa que no podrá postularse a cargos de elección popular, ejercer funciones públicas ni contratar con el Estado.

Asimismo, deberá pagar una multa equivalente a 20 salarios básicos unificados, fijada en USD 6.800, de acuerdo con el salario básico vigente en 2014.

Fiscalía sostuvo que existió un incremento patrimonial injustificado

De acuerdo con la acusación, el entonces alcalde presentó al inicio de su administración, el 14 de mayo de 2014, una declaración patrimonial juramentada en la que reportó bienes por USD 18.900.

Sin embargo, durante el ejercicio de sus funciones no presentó las declaraciones patrimoniales periódicas exigidas por la normativa, ni tampoco las correspondientes al cierre de sus administraciones en 2016 y 2019.

La Fiscalía expuso que, mientras ejercía el cargo, el exalcalde recibió depósitos que excedían los ingresos correspondientes a su remuneración, adquirió un vehículo y un inmueble, además de cancelar diversas obligaciones económicas.

Tras el análisis financiero, el Ministerio Público concluyó que el incremento patrimonial sin justificación ascendió a USD 312.958.

Para sustentar la acusación, la Fiscalía presentó testimonios de auditores de la Contraloría General del Estado, funcionarios del Servicio de Rentas Internas (SRI), personal de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) y peritos que participaron en la pericia contable y en el reconocimiento del lugar de los hechos.

Asimismo, incorporó 28 pruebas documentales, entre ellas el informe con indicios de responsabilidad penal elaborado por la Contraloría, pericias contables y financieras, reportes de la UAFE, roles de pago, declaraciones patrimoniales y certificaciones relacionadas con la propiedad de bienes muebles e inmuebles.
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