Nacionales
Así cambió la economía de Ecuador desde que volvió a tocar las puertas del FMI
Ecuador vuelve a tocar las puertas del Fondo Monetario Internacional (FMI) con la intención de recibir un nuevo préstamo de Servicio Ampliado (SAF), por alrededor de USD 3.000 millones.
El FMI confirmó el 7 de marzo de 2024 que el Gobierno de Daniel Noboa solicitó formalmente negociar un nuevo acuerdo.
Si este nuevo acuerdo se concreta, sería el crédito número 23 para Ecuador, pero el tercero de tipo SAF.
En 2019 y en 2020 el país accedió a dos programas SAF. Antes, Ecuador solo había alcanzado acuerdos de tipo Stand by con el FMI y dos préstamos de emergencia de montos más bajos, uno por el terremoto de Manabí (2016) y otro por la pandemia de Covid-19 (2020).
Pero, ¿por qué Ecuador vuelve a necesitar un crédito SAF?
El crédito SAF se otorga a países con deficiencias económicas estructurales. Esto significa que un programa de tipo SAF se aprueba para países con problemas que tomarán más tiempo en resolverse. Por ejemplo: bajo crecimiento económico y elevados déficit de recursos en el Presupuesto del Estado.
Y Ecuador no ha logrado resolver esos problemas, dice Hanns Soledispa, director de la firma Exponential Research.
En parte, porque desde 2019 el país ha atravesado dos escenarios complejos: la pandemia de Covid-19 y la crisis de seguridad atada al narcotráfico, dice Soledispa.
Pero a esto se suman también otros problemas persistentes en Ecuador: los conflictos sociales y la tensión política entre Ejecutivo y Legislativo, que han impedido tomar medidas fuertes, pero polémicas, que se plantearon dentro de los acuerdos con el FMI, añade.
Evolución del déficit fiscal con relación al PIB
Deslice el cursor sobre el gráfico para visualizar las cifras

El FMI y dos acuerdos con polémica
Han pasado cinco años del primer acuerdo de financiamiento SAF que pidió el país al FMI, el 11 marzo de 2019, por USD 4.200 millones, en el gobierno de Lenín Moreno.
Lo anecdótico de este primer acuerdo es que tuvo que suspenderse en abril de 2020, porque el FMI descubrió que hubo errores de buena fe en los datos económicos que proporcionó Ecuador.
Por eso el país solo recibió USD 1.396 millones de ese primer acuerdo.
Préstamos aprobados por el FMI a Ecuador
En millones de USD

Más tarde, el propio FMI dijo en un informe que el episodio de información errónea «puso de relieve las limitaciones en cuanto a capacidad técnica y limitada coordinación interinstitucional».
Y fue el 30 de septiembre de 2020 cuando se negoció un segundo acuerdo SAF, por USD 6.500 millones.
Fue un acuerdo en el que se tuvieron que renegociar ciertas metas porque hubo un cambio de Gobierno, cuando llegó a la presidencia Guillermo Lasso.
Este fue el primer acuerdo en la historia de Ecuador que se cerró con todos los desembolsos cumplidos, en diciembre de 2022.
Así, tras esas dos operaciones con el FMI, hasta diciembre de 2023, el país le debe USD 7.949 millones a este organismo multilateral.
¿Cómo cambió Ecuador desde 2019 con el FMI?
Los países que acuden al FMI por programas SAF son aquellos con problemas económicos difíciles de resolver y que tienen pocas opciones para pedir préstamos en otras fuentes, explica el exministro de Finanzas, Mauricio Pozo.
Por eso, en los acuerdos de crédito con el FMI el país debe cumplir metas relacionadas con mejorar los ingresos, reducir los gastos del Estado y plantear reformas para dinamizar la economía, añade.
¿Qué ha cambiado desde el primer acuerdo SAF?
En cuanto al crecimiento de la economía, en 2018, un año antes del primer acuerdo SAF, el Producto Interno Bruto de Ecuador (PIB) creció 1,4% y en 2024 se prevé que crezca 0,8% apenas.
Por otro lado, los gastos en el Presupuesto del Estado superaban a los ingresos por unos USD 3.300 millones en 2018.
Tras cinco años el hueco en el Presupuesto estatal persiste. En 2023 el déficit fue de USD 5.400 millones y se prevé que sea de USD 4.800 millones.
Con los elevados déficit fiscales, Ecuador tampoco ha podido reducir su alta dependencia de préstamos internacionales, porque la deuda interna, que se apalanca sobre todo el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), no es suficiente, dice el exministro de Finanzas, Carlos de la Torre.
Noboa no hará importantes recortes de gastos presupuestarios en 2024 Como consecuencia del alto déficit, el país necesita conseguir al menos USD 11.000 millones en créditos en 2024. Pero, igual que en 2019 y 2020, hay pocas opciones de financiamiento porque el riesgo país de Ecuador es elevado.
El riesgo país de Ecuador

Por eso, los Gobierno de Lasso y de Noboa han tenido que acumular millonarios atrasos con la seguridad social, proveedores y gobiernos locales, lo que también resta dinamismo a la economía, añade De la Torre.
¿Qué medidas se han tomado?
Pozo dice que el país no ha podido corregir sus problemas estructurales porque las medidas que se han tomado dentro de los dos acuerdos con el FMI han sido transitorias, insuficientes o se han revertido.
En la carta de intención con la que el Gobierno de Moreno pidió ese primer programa de crédito con el FMI se menciona el compromiso de reducir el gasto en subsidio a los combustibles.
Y así lo hizo en octubre de 2019, cuando eliminó de un plumazo el subsidio a las gasolinas extra y ecopaís, lo que desencadenó un paro nacional indígena que dejó USD 821 millones en pérdidas al país.
Lasso también se enfrentó a un paro nacional indígena en junio de 2022, por intentar focalizar los subsidios a las gasolinas y tuvo que dar marcha atrás.
Los dos gobiernos, el de Lasso y Moreno, también propusieron medidas económicas con las que buscaban aumentar los ingresos del presupuesto.
Por ejemplo, Moreno proponía un plan de monetización de activos del Estado, pero no se concretó.
En el gobierno de Moreno, en 2019, también se aprobó una ley de Progresividad Tributaria, que creó un impuesto temporal para las empresas y gravó con IVA a las plataformas digitales.
Lasso también implementó la Ley de Desarrollo Económico, en 2021, con impuestos temporales para las empresas y personas con altos patrimonios, incrementos al Impuesto a la Renta y reducción de deducciones de este impuesto.
Sin embargo, en mayo de 2023, en medio de la muerte cruzada, Lasso revirtió algunas de esas medidas y la recaudación tributaria se redujo.
El mismo FMI cuestionó que Lasso haya tomado esa decisión, pues se ahondó más el déficit fiscal que heredó Noboa.
¿Qué medidas se tomarán ahora?
De la Torre explica que en 2024 el panorama es similar al 2019, por lo que se esperarían medidas parecidas en la carta de intención de Noboa al FMI, como la reducción del gasto en subsidios y en gasto de inversión.
Según el exministro, el alza del IVA a 15%, que fue una medida para allanar el camino para un acuerdo con el FMI, podría ser insuficiente, ya que en 2024 el crecimiento económico será bajo y es probable que el consumo se contraiga. Fuente: Primicias
Nacionales
Futuros candidatos para las elecciones seccionales no deben tener contratos con el Estado ni usar apodos, entre otras prohibiciones
La confusión ciudadana por los cambios de precandidatos que siendo elegidos por un partido y luego aparecen en otro, como el caso de Cynthia Viteri, o de aquellos que, sin participar en elecciones primarias, ahora aparecen como aspirantes como David Norero, se irá clarificando desde el 2 de agosto de 2026.
Ese domingo, según el calendario aprobado por el Consejo Nacional Electoral (CNE), empezará la inscripción oficial de candidaturas y con ello la revisión de los requisitos de forma y fondo para estar en la papeleta de las elecciones seccionales del 29 de noviembre en Ecuador.
El 23 de julio en la Delegación Electoral de Pichincha se celebró el primero consejo consultivo con las organizaciones políticas, que llegaron a este encuentro con varias dudas en torno al mecanismo de inscripción.
La plataforma de registro estará abierta hasta el 17 de agosto. Los encargados de subir los expedientes serán los representantes legales de los partidos políticos o procuradores comunes de las alianzas electorales que queden legalmente registradas.
Primeros requisitos y revisión
El primer filtro luego de la inscripción serán la Juntas Provinciales Electorales que tienen la competencia de conocer y resolver respecto a las candidaturas inscritas.
De acuerdo al reglamento vigente los primeros requerimientos para iniciar el registro son: tener 18 años cumplidos y demostrar pertenencia con el lugar por el que buscan ser elegidos.
Además, la presentación de un formulario que incluye copia de cédula; una fotografía sin accesorios, salvo que sea parte de un atuendo tradicional; hoja de vida; el plan de trabajo; y una declaración juramentada.
Los candidatos deberán especificar su nombre y apellido en no más de 30 caracteres y está prohibido usar apodos, sobrenombres o iniciales para identificarse.
Paridad de género y de edad en las listas

La Junta Electoral también deberá revisar que exista paridad de género y que se cumpla el 50% de encabezamiento de mujeres de las listas inscritas de alcaldías, prefecturas, concejalías y juntas parroquiales.
Para esta elección, también se deberá cumplir con la cuota del 25% de inclusión generacional. Es decir, por ley deberá haber candidatos hombres y mujeres de entre 18 y 29 años en los listados de las seccionales.
A las organizaciones políticas les preocupan ciertas restricciones que tendría actualmente el sistema de inscripción del CNE. Por ejemplo, que si el primer inscrito es un hombre la siguiente obligatoriamente deba ser mujer, caso contrario no permite continuar con el proceso.
Juan Fernando Flores, del movimiento Creando Oportunidades (CREO) dijo que se debería permitir indistintamente registrar a hombres o mujeres, dentro del plazo determinado para las inscripciones y que al final se valide que cumplan los porcentajes.
Además, cuestionaron que el sistema permita inscribir a los candidatos de una misma jurisdicción en un solo día. El CNE explicó que las disposiciones están encaminadas a facilitar el control del cumplimiento de la paridad en las listas.
Las 16 prohibiciones de los candidatos
Pero estos no son los únicos filtros que deberán superar quienes aspiran a ser candidatos para las elecciones seccionales del 29 de noviembre.
El reglamento para la inscripción de candidaturas determina 16 prohibiciones e inhabilidades que harían que una persona registrada quede afuera de la contienda electoral. Estas son:
- Quienes tengan contratos vigentes con el Estado. La inhabilidad cesa si el contrato fue resciliado, rescindido, resuelto o revocado legalmente antes de la inscripción.
- Quienes tienen sentencia ejecutoriada por una decena de delitos como: peculado, enriquecimiento ilícito, concusión, cohecho, lavado de activos, asociación ilícita y delincuencia organizada.
- Por adeudar pensiones alimenticias.
- Jueces de la Función Judicial, del TCE, miembros de la Corte Constitucional y del CNE, salvo que hayan renunciado seis meses antes de la elección.
- Miembros del servicio exterior en funciones fuera del país, salvo que hayan renunciado seis meses antes de la elección.
- Servidores públicos de libre nombramiento y remoción, y los de período fijo, salvo renuncia hasta un día antes de la inscripción.
- Quienes hayan ejercido autoridad ejecutiva en gobiernos de facto.
- Miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en servicio activo.
- Quienes tengan bienes o capitales en paraísos fiscales.
- Por no presentar la declaración juramentada ante Notario Público en el formato del CNE.
- Quienes tengan sentencia ejecutoriada con pena privativa de libertad vigente.
- Los que tengan interdicción judicial vigente, salvo insolvencia o quiebra no declarada fraudulenta.
- Los afiliados o adherentes permanentes de movimientos políticos distintos al que auspicia su candidatura, a menos que hayan renunciado con 90 días de anticipación al cierre de inscripciones.
- Autoridades de elección popular titulares que se postulen a un cargo diferente, salvo que renuncien antes de presentar su inscripción.
- Quienes hayan sido reelegidos por una vez consecutiva (o no) para el mismo cargo desde la vigencia de la Constitución de 2008.
- Quienes no hayan sido electos mediante procesos electorales internos y no hayan aceptado su postulación ante la autoridad electoral competente. Fuente: Primicias
Nacionales
«Violencia sexual: una grave violación a los derechos humanos»
En una nueva emisión del programa La Tertulia Jurídica, transmitido por Diario El Amazónico, participó la jurista, docente y conferencista Ginna Pasquel Andrade, quien realizó un análisis jurídico y académico sobre el tema «Violencia sexual como acto constitutivo de tortura: un análisis desde los derechos humanos y la perspectiva de género», abordando los desafíos que enfrenta el sistema de justicia para garantizar la protección efectiva de las víctimas.
Durante la entrevista, la especialista destacó su formación profesional como abogada por la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, con una maestría en Investigación en Ciencias Sociales por la Universidad Sorbona de París IV (Francia), así como estudios especializados en derechos humanos, derecho penal y derecho constitucional. Asimismo, señaló que su trayectoria profesional en instituciones del sector justicia y organizaciones de la sociedad civil la llevó a profundizar en la investigación sobre violencia basada en género desde un enfoque de derechos humanos.
Pasquel explicó que la violencia basada en género constituye una grave vulneración de los derechos humanos y recordó que la principal obligación del Estado es garantizar el ejercicio efectivo de los derechos fundamentales de toda la población. En ese contexto, sostuvo que cuando el Estado falla en prevenir, investigar o sancionar estas violaciones, se generan escenarios de impunidad que agravan el sufrimiento de las víctimas.
La jurista afirmó que la violencia sexual no debe limitarse a una afectación contra la integridad sexual, sino que representa una agresión que impacta profundamente la dignidad, la integridad psicológica, el proyecto de vida y el entorno familiar de la víctima. Según explicó, las secuelas pueden ser permanentes y presentan similitudes con los efectos que experimentan las personas sometidas a tortura.
La especialista recordó cifras de la Organización Mundial de la Salud (OMS) correspondientes a 2023, según las cuales una de cada tres mujeres en el mundo ha sufrido violencia física o sexual por parte de su pareja o violencia sexual ejercida por terceros a lo largo de su vida, una realidad que evidencia la dimensión estructural del problema y la necesidad de incorporar el enfoque de género en la administración de justicia.
En su exposición también explicó que la violencia sexual constituye una expresión de relaciones de poder y discriminación históricamente construidas, donde los estereotipos de género influyen tanto en la comisión de estos delitos como en la respuesta institucional. Señaló que estos prejuicios provocan, en muchos casos, la revictimización de quienes denuncian y fortalecen la percepción de impunidad dentro de la sociedad.
Uno de los aspectos centrales de la entrevista fue el análisis jurídico de la violencia sexual como posible acto de tortura. La conferencista explicó que, conforme a la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y diversos instrumentos internacionales, la tortura comprende sufrimientos físicos o psicológicos extremadamente graves, y puede configurarse cuando existe participación directa del Estado o cuando este permite, por acción u omisión, que dichas violaciones ocurran sin brindar una protección adecuada.
La especialista aclaró que no toda violación constituye automáticamente un acto de tortura; sin embargo, sostuvo que, dependiendo de las circunstancias y del nivel de sufrimiento ocasionado, sí puede alcanzar esa categoría desde el derecho internacional de los derechos humanos.
Añadió que reconocer esta dimensión contribuye a garantizar verdad, justicia, reparación integral y memoria para las víctimas y sus familias.
Entre las propuestas planteadas durante el diálogo, Pasquel consideró necesario ampliar el tratamiento jurídico de los delitos de violencia sexual, superar una visión exclusivamente penal, fortalecer las medidas de reparación integral y avanzar hacia la imprescriptibilidad de estos delitos, especialmente considerando que muchas víctimas denuncian años después debido a las secuelas psicológicas, la dependencia emocional o los ciclos de violencia que enfrentan.
Finalmente, la jurista enfatizó que combatir la violencia sexual requiere un trabajo interdisciplinario entre el derecho, la psicología, las ciencias sociales y las instituciones del Estado, con el propósito de garantizar investigaciones libres de estereotipos, fortalecer los mecanismos de protección y asegurar el acceso efectivo a la justicia para las víctimas.
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