{"id":5461,"date":"2022-08-19T07:24:34","date_gmt":"2022-08-19T12:24:34","guid":{"rendered":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/?p=5461"},"modified":"2022-08-19T07:24:42","modified_gmt":"2022-08-19T12:24:42","slug":"extrabajadores-de-la-emsetur-exigen-ser-reintegrados-a-sus-puestos-de-trabajo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/extrabajadores-de-la-emsetur-exigen-ser-reintegrados-a-sus-puestos-de-trabajo\/","title":{"rendered":"Extrabajadores de la EMSETUR exigen ser reintegrados a sus puestos de trabajo"},"content":{"rendered":"\n<p>14 extrabajadores del municipio y que fueron parte de la Empresa P\u00fablica Municipal de Servicios Tur\u00edsticos del cant\u00f3n Zamora (EMSETUR) E.P., reclaman al cabildo de Zamora su reintegraci\u00f3n laboral, que adem\u00e1s fue una sentencia dispuesta por un juzgado del cant\u00f3n. La empresa ya entr\u00f3 a etapa de liquidaci\u00f3n, pero los exempleados exigen que se los reubique en sus puestos de trabajo. En defensa del proceso se encuentra Eduardo Ochoa, abogado que brinda sus servicios a los afectados.<\/p>\n\n\n\n<p>Los trabajadores interpusieron una acci\u00f3n de protecci\u00f3n que inicialmente fue negada por la Unidad Penal de Zamora y posteriormente con dos votos de tres, fue revocada. Esta decisi\u00f3n benefici\u00f3 a cuatro extrabajadores. En esta sentencia la sala provincial dispuso y ordeno que cuatro de estas personas, mantienen situaciones de vulnerabilidad, como enfermedades catastr\u00f3ficas o de alta complejidad, que deben ser reintegradas al municipio y si no se da la posibilidad, debe ser justificada a trav\u00e9s de un informe el motivo de dicho impedimento y sea indemnizada conforme a la ley de discapacidades.<\/p>\n\n\n\n<p>El municipio de Zamora a trav\u00e9s del alcalde desatendi\u00f3 esta orden judicial al no reintegrar a los extrabajadores, pero si se ha procedido a contratar nuevo personal dentro de la misma jefatura de turismo que se cre\u00f3 en vez de la empresa p\u00fablica de turismo, ya extinta.<\/p>\n\n\n\n<p>Aproximadamente son 11 trabajadores solo en el terminal terrestre y 3 servidoras p\u00fablicas para la jefatura de turismo. Es decir que, para suplir esas vacantes ha contratado a nuevo personal para que cubra ese espacio. Por su parte, la defensa ha hecho conocer esta situaci\u00f3n al Juez de ejecuci\u00f3n y \u00e9l emiti\u00f3 un pronunciamiento de que se las debe reintegrar por no tener una justificaci\u00f3n debida para no cumplir con esta disposici\u00f3n. En base a ello, se ven en la necesidad de interponer una acci\u00f3n de incumplimiento de sentencia ante la Corte Constitucional.<\/p>\n\n\n\n<p>Los nuevos trabajadores fueron contratados a inicios del a\u00f1o 2022; siendo beneficiados con un contrato indefinido, precisamente dentro de las partidas que utilizaban los extrabajadores. Lo que est\u00e1n dando a entender es el incumplimiento injustificado de una sentencia, para que consecuentemente este \u00f3rgano de control tome las medidas necesarias en contra del municipio por no acatar disposiciones y reintegrar a estas personas.<\/p>\n\n\n\n<p>A pesar de que sea cual sea la disposici\u00f3n de juez, los trabajadores, sean los nuevos o antiguos ser\u00e1n los perjudicados por los errores cometidos por la administraci\u00f3n. Por ello, seg\u00fan el abogado defensor las consecuencias directamente las debe afrontar el alcalde por haber desacatado una sentencia.<\/p>\n\n\n\n<p>Aparte de no haber sido reintegradas a sus labores diarias, no se les ha cancelado sus haberes pendientes. Por esta raz\u00f3n, Ochoa considera como un trato inhumano por parte del personero municipal hacia los extrabajadores de esta instituci\u00f3n, que por varios a\u00f1os la han servido.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>14 extrabajadores del municipio y que fueron parte de la Empresa P\u00fablica Municipal de Servicios Tur\u00edsticos del cant\u00f3n Zamora (EMSETUR) E.P., reclaman al cabildo de Zamora su reintegraci\u00f3n laboral, que adem\u00e1s fue una sentencia dispuesta por un juzgado del cant\u00f3n. La empresa ya entr\u00f3 a etapa de liquidaci\u00f3n, pero los exempleados exigen que se los reubique en sus puestos de trabajo. En defensa del proceso se encuentra Eduardo Ochoa, abogado que brinda sus servicios a los afectados. Los trabajadores interpusieron una acci\u00f3n de protecci\u00f3n que inicialmente fue negada por la Unidad Penal de Zamora y posteriormente con dos votos de tres, fue revocada. Esta decisi\u00f3n benefici\u00f3 a cuatro extrabajadores. En esta sentencia la sala provincial dispuso y ordeno que cuatro de estas personas, mantienen situaciones de vulnerabilidad, como enfermedades catastr\u00f3ficas o de alta complejidad, que deben ser reintegradas al municipio y si no se da la posibilidad, debe ser justificada a trav\u00e9s de un informe el motivo de dicho impedimento y sea indemnizada conforme a la ley de discapacidades. El municipio de Zamora a trav\u00e9s del alcalde desatendi\u00f3 esta orden judicial al no reintegrar a los extrabajadores, pero si se ha procedido a contratar nuevo personal dentro de la misma jefatura de turismo que se cre\u00f3 en vez de la empresa p\u00fablica de turismo, ya extinta. Aproximadamente son 11 trabajadores solo en el terminal terrestre y 3 servidoras p\u00fablicas para la jefatura de turismo. Es decir que, para suplir esas vacantes ha contratado a nuevo personal para que cubra ese espacio. Por su parte, la defensa ha hecho conocer esta situaci\u00f3n al Juez de ejecuci\u00f3n y \u00e9l emiti\u00f3 un pronunciamiento de que se las debe reintegrar por no tener una justificaci\u00f3n debida para no cumplir con esta disposici\u00f3n. En base a ello, se ven en la necesidad de interponer una acci\u00f3n de incumplimiento de sentencia ante la Corte Constitucional. Los nuevos trabajadores fueron contratados a inicios del a\u00f1o 2022; siendo beneficiados con un contrato indefinido, precisamente dentro de las partidas que utilizaban los extrabajadores. Lo que est\u00e1n dando a entender es el incumplimiento injustificado de una sentencia, para que consecuentemente este \u00f3rgano de control tome las medidas necesarias en contra del municipio por no acatar disposiciones y reintegrar a estas personas. A pesar de que sea cual sea la disposici\u00f3n de juez, los trabajadores, sean los nuevos o antiguos ser\u00e1n los perjudicados por los errores cometidos por la administraci\u00f3n. Por ello, seg\u00fan el abogado defensor las consecuencias directamente las debe afrontar el alcalde por haber desacatado una sentencia. Aparte de no haber sido reintegradas a sus labores diarias, no se les ha cancelado sus haberes pendientes. 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