{"id":33093,"date":"2026-07-23T16:43:09","date_gmt":"2026-07-23T21:43:09","guid":{"rendered":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/?p=33093"},"modified":"2026-07-23T16:43:09","modified_gmt":"2026-07-23T21:43:09","slug":"futuros-candidatos-para-las-elecciones-seccionales-no-deben-tener-contratos-con-el-estado-ni-usar-apodos-entre-otras-prohibiciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/futuros-candidatos-para-las-elecciones-seccionales-no-deben-tener-contratos-con-el-estado-ni-usar-apodos-entre-otras-prohibiciones\/","title":{"rendered":"Futuros candidatos para las elecciones seccionales no deben tener contratos con el Estado ni usar apodos, entre otras prohibiciones"},"content":{"rendered":"<p>La confusi\u00f3n ciudadana por los cambios de precandidatos que siendo elegidos por un partido y luego aparecen en otro, como el caso de Cynthia Viteri,\u00a0o\u00a0de aquellos que, sin participar en elecciones primarias, ahora aparecen como aspirantes como David Norero, se ir\u00e1 clarificando desde el 2 de agosto de 2026.<\/p>\n<p>Ese domingo, seg\u00fan el calendario aprobado por el Consejo Nacional Electoral (CNE), empezar\u00e1 la inscripci\u00f3n oficial de candidaturas y con ello la revisi\u00f3n de los requisitos de forma y fondo para estar en la papeleta de las elecciones seccionales del 29 de noviembre\u00a0en Ecuador.<\/p>\n<p>El 23 de julio en la Delegaci\u00f3n Electoral de Pichincha se celebr\u00f3 el primero consejo consultivo con las organizaciones pol\u00edticas, que llegaron a este encuentro con varias dudas en torno al mecanismo de inscripci\u00f3n.<\/p>\n<p>La plataforma de registro estar\u00e1 abierta hasta el 17 de agosto. Los encargados de subir los expedientes ser\u00e1n los representantes legales de los partidos pol\u00edticos o procuradores comunes de las alianzas electorales que queden legalmente registradas.<\/p>\n<p><strong>Primeros requisitos y revisi\u00f3n\u00a0<\/strong><br \/>\nEl primer filtro luego de la inscripci\u00f3n ser\u00e1n la Juntas Provinciales Electorales que tienen la competencia de conocer y resolver respecto a las candidaturas inscritas.<\/p>\n<p>De acuerdo al reglamento vigente los primeros requerimientos para iniciar el registro son: tener 18 a\u00f1os cumplidos y demostrar pertenencia con el lugar por el que buscan ser elegidos.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, la presentaci\u00f3n de un formulario que incluye copia de c\u00e9dula; una fotograf\u00eda sin accesorios, salvo que sea parte de un atuendo tradicional; hoja de vida; el plan de trabajo; y una declaraci\u00f3n juramentada.<\/p>\n<p>Los candidatos deber\u00e1n especificar su nombre y apellido en no m\u00e1s de 30 caracteres y est\u00e1 prohibido usar apodos, sobrenombres o iniciales para identificarse.<\/p>\n<p><strong>Paridad de g\u00e9nero y de edad en las listas<\/strong><\/p>\n<p><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/imagenes.primicias.ec\/files\/content_image_simple_414_238\/uploads\/2026\/07\/23\/6a6266547d17f.jpeg\" alt=\"thumb\" \/><br \/>\nLa Junta Electoral tambi\u00e9n deber\u00e1 revisar que exista paridad de g\u00e9nero y que se cumpla el 50% de encabezamiento de mujeres de las listas inscritas de alcald\u00edas, prefecturas, concejal\u00edas y juntas parroquiales.<\/p>\n<p>Para esta elecci\u00f3n, tambi\u00e9n se deber\u00e1 cumplir con la cuota del 25% de inclusi\u00f3n generacional. Es decir, por ley deber\u00e1 haber candidatos hombres y mujeres de entre 18 y 29 a\u00f1os en los listados de las seccionales.<\/p>\n<p>A las organizaciones pol\u00edticas les preocupan ciertas restricciones que tendr\u00eda actualmente el sistema de inscripci\u00f3n del CNE. Por ejemplo, que si el primer inscrito es un hombre la siguiente obligatoriamente deba ser mujer, caso contrario no permite continuar con el proceso.<\/p>\n<p>Juan Fernando Flores, del movimiento Creando Oportunidades (CREO) dijo que se deber\u00eda permitir indistintamente registrar a hombres o mujeres, dentro del plazo determinado para las inscripciones y que al final se valide que cumplan los porcentajes.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, cuestionaron que el sistema permita inscribir a los candidatos de una misma jurisdicci\u00f3n en un solo d\u00eda. El CNE explic\u00f3 que las disposiciones est\u00e1n encaminadas a facilitar el control del cumplimiento de la paridad en las listas.<\/p>\n<p><strong>Las 16 prohibiciones de los candidatos\u00a0<\/strong><br \/>\nPero estos no son los \u00fanicos filtros que deber\u00e1n superar quienes aspiran a ser candidatos para las elecciones seccionales del 29 de noviembre.<\/p>\n<p>El reglamento para la inscripci\u00f3n de candidaturas determina 16 prohibiciones e inhabilidades que har\u00edan que una persona registrada quede afuera de la contienda electoral. Estas son:<\/p>\n<ul>\n<li>Quienes tengan contratos vigentes con el Estado. La inhabilidad cesa si el contrato fue resciliado, rescindido, resuelto o revocado legalmente antes de la inscripci\u00f3n.<\/li>\n<li>Quienes tienen sentencia ejecutoriada por una decena de delitos como: peculado, enriquecimiento il\u00edcito, concusi\u00f3n, cohecho, lavado de activos, asociaci\u00f3n il\u00edcita y delincuencia organizada.<\/li>\n<li>Por adeudar pensiones alimenticias.<\/li>\n<li>Jueces de la Funci\u00f3n Judicial, del TCE, miembros de la Corte Constitucional y del CNE, salvo que hayan renunciado seis meses antes de la elecci\u00f3n.<\/li>\n<li>Miembros del servicio exterior en funciones fuera del pa\u00eds, salvo que hayan renunciado seis meses antes de la elecci\u00f3n.<\/li>\n<li>Servidores p\u00fablicos de libre nombramiento y remoci\u00f3n, y los de per\u00edodo fijo, salvo renuncia hasta un d\u00eda antes de la inscripci\u00f3n.<\/li>\n<li>Quienes hayan ejercido autoridad ejecutiva en gobiernos de facto.<\/li>\n<li>Miembros de las Fuerzas Armadas y Polic\u00eda Nacional en servicio activo.<\/li>\n<li>Quienes tengan bienes o capitales en para\u00edsos fiscales.<\/li>\n<li>Por no presentar la declaraci\u00f3n juramentada ante Notario P\u00fablico en el formato del CNE.<\/li>\n<li>Quienes tengan sentencia ejecutoriada con pena privativa de libertad vigente.<\/li>\n<li>Los que tengan interdicci\u00f3n judicial vigente, salvo insolvencia o quiebra no declarada fraudulenta.<\/li>\n<li>Los afiliados o adherentes permanentes de movimientos pol\u00edticos distintos al que auspicia su candidatura, a menos que hayan renunciado con 90 d\u00edas de anticipaci\u00f3n al cierre de inscripciones.<\/li>\n<li>Autoridades de elecci\u00f3n popular titulares que se postulen a un cargo diferente, salvo que renuncien antes de presentar su inscripci\u00f3n.<\/li>\n<li>Quienes hayan sido reelegidos por una vez consecutiva (o no) para el mismo cargo desde la vigencia de la Constituci\u00f3n de 2008.<\/li>\n<li>Quienes no hayan sido electos mediante procesos electorales internos y no hayan aceptado su postulaci\u00f3n ante la autoridad electoral competente. <strong>Fuente: Primicias<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La confusi\u00f3n ciudadana por los cambios de precandidatos que siendo elegidos por un partido y luego aparecen en otro, como el caso de Cynthia Viteri,\u00a0o\u00a0de aquellos que, sin participar en elecciones primarias, ahora aparecen como aspirantes como David Norero, se ir\u00e1 clarificando desde el 2 de agosto de 2026. Ese domingo, seg\u00fan el calendario aprobado por el Consejo Nacional Electoral (CNE), empezar\u00e1 la inscripci\u00f3n oficial de candidaturas y con ello la revisi\u00f3n de los requisitos de forma y fondo para estar en la papeleta de las elecciones seccionales del 29 de noviembre\u00a0en Ecuador. El 23 de julio en la Delegaci\u00f3n Electoral de Pichincha se celebr\u00f3 el primero consejo consultivo con las organizaciones pol\u00edticas, que llegaron a este encuentro con varias dudas en torno al mecanismo de inscripci\u00f3n. La plataforma de registro estar\u00e1 abierta hasta el 17 de agosto. Los encargados de subir los expedientes ser\u00e1n los representantes legales de los partidos pol\u00edticos o procuradores comunes de las alianzas electorales que queden legalmente registradas. Primeros requisitos y revisi\u00f3n\u00a0 El primer filtro luego de la inscripci\u00f3n ser\u00e1n la Juntas Provinciales Electorales que tienen la competencia de conocer y resolver respecto a las candidaturas inscritas. De acuerdo al reglamento vigente los primeros requerimientos para iniciar el registro son: tener 18 a\u00f1os cumplidos y demostrar pertenencia con el lugar por el que buscan ser elegidos. Adem\u00e1s, la presentaci\u00f3n de un formulario que incluye copia de c\u00e9dula; una fotograf\u00eda sin accesorios, salvo que sea parte de un atuendo tradicional; hoja de vida; el plan de trabajo; y una declaraci\u00f3n juramentada. Los candidatos deber\u00e1n especificar su nombre y apellido en no m\u00e1s de 30 caracteres y est\u00e1 prohibido usar apodos, sobrenombres o iniciales para identificarse. Paridad de g\u00e9nero y de edad en las listas La Junta Electoral tambi\u00e9n deber\u00e1 revisar que exista paridad de g\u00e9nero y que se cumpla el 50% de encabezamiento de mujeres de las listas inscritas de alcald\u00edas, prefecturas, concejal\u00edas y juntas parroquiales. Para esta elecci\u00f3n, tambi\u00e9n se deber\u00e1 cumplir con la cuota del 25% de inclusi\u00f3n generacional. Es decir, por ley deber\u00e1 haber candidatos hombres y mujeres de entre 18 y 29 a\u00f1os en los listados de las seccionales. A las organizaciones pol\u00edticas les preocupan ciertas restricciones que tendr\u00eda actualmente el sistema de inscripci\u00f3n del CNE. Por ejemplo, que si el primer inscrito es un hombre la siguiente obligatoriamente deba ser mujer, caso contrario no permite continuar con el proceso. Juan Fernando Flores, del movimiento Creando Oportunidades (CREO) dijo que se deber\u00eda permitir indistintamente registrar a hombres o mujeres, dentro del plazo determinado para las inscripciones y que al final se valide que cumplan los porcentajes. Adem\u00e1s, cuestionaron que el sistema permita inscribir a los candidatos de una misma jurisdicci\u00f3n en un solo d\u00eda. El CNE explic\u00f3 que las disposiciones est\u00e1n encaminadas a facilitar el control del cumplimiento de la paridad en las listas. Las 16 prohibiciones de los candidatos\u00a0 Pero estos no son los \u00fanicos filtros que deber\u00e1n superar quienes aspiran a ser candidatos para las elecciones seccionales del 29 de noviembre. El reglamento para la inscripci\u00f3n de candidaturas determina 16 prohibiciones e inhabilidades que har\u00edan que una persona registrada quede afuera de la contienda electoral. Estas son: Quienes tengan contratos vigentes con el Estado. La inhabilidad cesa si el contrato fue resciliado, rescindido, resuelto o revocado legalmente antes de la inscripci\u00f3n. Quienes tienen sentencia ejecutoriada por una decena de delitos como: peculado, enriquecimiento il\u00edcito, concusi\u00f3n, cohecho, lavado de activos, asociaci\u00f3n il\u00edcita y delincuencia organizada. Por adeudar pensiones alimenticias. Jueces de la Funci\u00f3n Judicial, del TCE, miembros de la Corte Constitucional y del CNE, salvo que hayan renunciado seis meses antes de la elecci\u00f3n. Miembros del servicio exterior en funciones fuera del pa\u00eds, salvo que hayan renunciado seis meses antes de la elecci\u00f3n. Servidores p\u00fablicos de libre nombramiento y remoci\u00f3n, y los de per\u00edodo fijo, salvo renuncia hasta un d\u00eda antes de la inscripci\u00f3n. Quienes hayan ejercido autoridad ejecutiva en gobiernos de facto. Miembros de las Fuerzas Armadas y Polic\u00eda Nacional en servicio activo. Quienes tengan bienes o capitales en para\u00edsos fiscales. Por no presentar la declaraci\u00f3n juramentada ante Notario P\u00fablico en el formato del CNE. Quienes tengan sentencia ejecutoriada con pena privativa de libertad vigente. Los que tengan interdicci\u00f3n judicial vigente, salvo insolvencia o quiebra no declarada fraudulenta. Los afiliados o adherentes permanentes de movimientos pol\u00edticos distintos al que auspicia su candidatura, a menos que hayan renunciado con 90 d\u00edas de anticipaci\u00f3n al cierre de inscripciones. Autoridades de elecci\u00f3n popular titulares que se postulen a un cargo diferente, salvo que renuncien antes de presentar su inscripci\u00f3n. Quienes hayan sido reelegidos por una vez consecutiva (o no) para el mismo cargo desde la vigencia de la Constituci\u00f3n de 2008. Quienes no hayan sido electos mediante procesos electorales internos y no hayan aceptado su postulaci\u00f3n ante la autoridad electoral competente. Fuente: Primicias<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":33094,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[268],"tags":[],"class_list":["post-33093","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-nacionales"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/33093","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=33093"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/33093\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":33095,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/33093\/revisions\/33095"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media\/33094"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=33093"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=33093"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=33093"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}