{"id":32772,"date":"2026-07-13T10:19:31","date_gmt":"2026-07-13T15:19:31","guid":{"rendered":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/?p=32772"},"modified":"2026-07-13T10:20:43","modified_gmt":"2026-07-13T15:20:43","slug":"responsabilidad-penal-en-las-empresas-debe-analizarse-desde-la-conducta-individual-y-no-unicamente-por-la-jerarquia-sostiene-jurista-ricardo-molina","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/responsabilidad-penal-en-las-empresas-debe-analizarse-desde-la-conducta-individual-y-no-unicamente-por-la-jerarquia-sostiene-jurista-ricardo-molina\/","title":{"rendered":"Jurista destaca la importancia de los flujos de informaci\u00f3n para prevenir delitos dentro de las empresas"},"content":{"rendered":"<p>Durante una nueva edici\u00f3n del programa La Tertulia, el abogado y jurista Ricardo Molina desarroll\u00f3 una amplia exposici\u00f3n sobre la responsabilidad penal del subordinado dentro de la empresa y la importancia de los flujos de informaci\u00f3n, destacando la necesidad de replantear los criterios tradicionales con los que se atribuye responsabilidad penal en las estructuras empresariales modernas.<\/p>\n<p>Al inicio de su intervenci\u00f3n, Molina explic\u00f3 que su inter\u00e9s acad\u00e9mico se centra en el estudio permanente del derecho y en la generaci\u00f3n de espacios de debate jur\u00eddico que permitan fortalecer la formaci\u00f3n profesional de las nuevas generaciones de abogados. En ese contexto, abord\u00f3 uno de los temas m\u00e1s complejos del derecho penal empresarial: la determinaci\u00f3n de la responsabilidad penal dentro de organizaciones con estructuras corporativas complejas.<\/p>\n<p>El jurista se\u00f1al\u00f3 que uno de los errores m\u00e1s frecuentes consiste en atribuir autom\u00e1ticamente la responsabilidad penal al gerente general o representante legal cuando se conoce de un hecho il\u00edcito dentro de una empresa. Seg\u00fan explic\u00f3, este criterio desconoce la realidad organizacional de las compa\u00f1\u00edas actuales, caracterizadas por la existencia de m\u00faltiples niveles jer\u00e1rquicos, delegaci\u00f3n de funciones y especializaci\u00f3n t\u00e9cnica.<\/p>\n<p>Molina sostuvo que la responsabilidad penal debe individualizarse conforme al hecho propio de cada persona y no \u00fanicamente por el cargo que ocupa dentro de la organizaci\u00f3n. En ese sentido, enfatiz\u00f3 que la imputaci\u00f3n debe fundamentarse en criterios de imputaci\u00f3n objetiva y subjetiva, considerando la posici\u00f3n de garante, la creaci\u00f3n o incremento del riesgo jur\u00eddicamente desaprobado, las competencias espec\u00edficas de cada trabajador y la estructura organizativa de la empresa.<\/p>\n<p>Durante su an\u00e1lisis, explic\u00f3 que el art\u00edculo 49, numeral 9, del C\u00f3digo Org\u00e1nico Integral Penal (COIP) reconoce la denominada posici\u00f3n de garante, principio mediante el cual cada integrante de la empresa responde por las actuaciones que le corresponden dentro de sus funciones. Bajo esta perspectiva, afirm\u00f3 que el representante legal no asume autom\u00e1ticamente el cien por ciento de la responsabilidad, ya que esta tambi\u00e9n recae sobre quienes ejercen funciones t\u00e9cnicas, administrativas o especializadas mediante procesos de delegaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Asimismo, destac\u00f3 que la delegaci\u00f3n de funciones constituye una necesidad propia de las empresas modernas, debido a la imposibilidad material de que un solo directivo supervise todas las actividades operativas. No obstante, aclar\u00f3 que quien delega mantiene un deber residual de supervisi\u00f3n, mientras que el delegado conserva la obligaci\u00f3n de rechazar o denunciar cualquier instrucci\u00f3n manifiestamente il\u00edcita.<\/p>\n<p>Uno de los aspectos centrales de la conferencia fue la importancia de los flujos de informaci\u00f3n dentro de las organizaciones. Molina afirm\u00f3 que una empresa solo puede prevenir riesgos penales cuando cuenta con canales de comunicaci\u00f3n \u00e1giles, efectivos y oportunos entre los distintos niveles jer\u00e1rquicos. A su criterio, las estructuras excesivamente r\u00edgidas favorecen la p\u00e9rdida de informaci\u00f3n relevante, dificultan la prevenci\u00f3n de delitos y aumentan la exposici\u00f3n de la organizaci\u00f3n a responsabilidades penales.<\/p>\n<p>El especialista tambi\u00e9n abord\u00f3 los llamados sesgos organizacionales, particularmente los sesgos de conformidad y obediencia. Explic\u00f3 que estos fen\u00f3menos provocan que los trabajadores normalicen pr\u00e1cticas irregulares o atribuyan toda responsabilidad a los superiores jer\u00e1rquicos, debilitando la cultura de cumplimiento y dificultando la identificaci\u00f3n del verdadero responsable de una conducta il\u00edcita.<br \/>\nComo ejemplo pr\u00e1ctico, hizo referencia a los delitos ambientales, indicando que, en casos de vertidos ilegales de sustancias qu\u00edmicas, la responsabilidad no necesariamente corresponde al gerente general, sino al profesional t\u00e9cnico que ten\u00eda el conocimiento especializado, la capacidad de control y la obligaci\u00f3n funcional de prevenir el riesgo.<\/p>\n<p>En la parte final de su exposici\u00f3n, Ricardo Molina compar\u00f3 dos modelos de organizaci\u00f3n empresarial: el modelo Top-Down, que concentra la responsabilidad en los niveles superiores, y el modelo Bottom-Up, que propone analizar las conductas desde los niveles operativos hacia la alta direcci\u00f3n. Seg\u00fan manifest\u00f3, este \u00faltimo permite una individualizaci\u00f3n m\u00e1s precisa de la responsabilidad penal y fortalece los sistemas de prevenci\u00f3n dentro de las organizaciones.<\/p>\n<p>Finalmente, el jurista concluy\u00f3 que el derecho penal empresarial moderno exige comprender la complejidad de las estructuras corporativas, privilegiando el an\u00e1lisis de las funciones, competencias, conocimientos t\u00e9cnicos y deberes espec\u00edficos de cada integrante de la empresa, antes de atribuir responsabilidades penales \u00fanicamente por razones jer\u00e1rquicas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Durante una nueva edici\u00f3n del programa La Tertulia, el abogado y jurista Ricardo Molina desarroll\u00f3 una amplia exposici\u00f3n sobre la responsabilidad penal del subordinado dentro de la empresa y la importancia de los flujos de informaci\u00f3n, destacando la necesidad de replantear los criterios tradicionales con los que se atribuye responsabilidad penal en las estructuras empresariales modernas. Al inicio de su intervenci\u00f3n, Molina explic\u00f3 que su inter\u00e9s acad\u00e9mico se centra en el estudio permanente del derecho y en la generaci\u00f3n de espacios de debate jur\u00eddico que permitan fortalecer la formaci\u00f3n profesional de las nuevas generaciones de abogados. En ese contexto, abord\u00f3 uno de los temas m\u00e1s complejos del derecho penal empresarial: la determinaci\u00f3n de la responsabilidad penal dentro de organizaciones con estructuras corporativas complejas. El jurista se\u00f1al\u00f3 que uno de los errores m\u00e1s frecuentes consiste en atribuir autom\u00e1ticamente la responsabilidad penal al gerente general o representante legal cuando se conoce de un hecho il\u00edcito dentro de una empresa. Seg\u00fan explic\u00f3, este criterio desconoce la realidad organizacional de las compa\u00f1\u00edas actuales, caracterizadas por la existencia de m\u00faltiples niveles jer\u00e1rquicos, delegaci\u00f3n de funciones y especializaci\u00f3n t\u00e9cnica. Molina sostuvo que la responsabilidad penal debe individualizarse conforme al hecho propio de cada persona y no \u00fanicamente por el cargo que ocupa dentro de la organizaci\u00f3n. En ese sentido, enfatiz\u00f3 que la imputaci\u00f3n debe fundamentarse en criterios de imputaci\u00f3n objetiva y subjetiva, considerando la posici\u00f3n de garante, la creaci\u00f3n o incremento del riesgo jur\u00eddicamente desaprobado, las competencias espec\u00edficas de cada trabajador y la estructura organizativa de la empresa. Durante su an\u00e1lisis, explic\u00f3 que el art\u00edculo 49, numeral 9, del C\u00f3digo Org\u00e1nico Integral Penal (COIP) reconoce la denominada posici\u00f3n de garante, principio mediante el cual cada integrante de la empresa responde por las actuaciones que le corresponden dentro de sus funciones. Bajo esta perspectiva, afirm\u00f3 que el representante legal no asume autom\u00e1ticamente el cien por ciento de la responsabilidad, ya que esta tambi\u00e9n recae sobre quienes ejercen funciones t\u00e9cnicas, administrativas o especializadas mediante procesos de delegaci\u00f3n. Asimismo, destac\u00f3 que la delegaci\u00f3n de funciones constituye una necesidad propia de las empresas modernas, debido a la imposibilidad material de que un solo directivo supervise todas las actividades operativas. No obstante, aclar\u00f3 que quien delega mantiene un deber residual de supervisi\u00f3n, mientras que el delegado conserva la obligaci\u00f3n de rechazar o denunciar cualquier instrucci\u00f3n manifiestamente il\u00edcita. Uno de los aspectos centrales de la conferencia fue la importancia de los flujos de informaci\u00f3n dentro de las organizaciones. Molina afirm\u00f3 que una empresa solo puede prevenir riesgos penales cuando cuenta con canales de comunicaci\u00f3n \u00e1giles, efectivos y oportunos entre los distintos niveles jer\u00e1rquicos. A su criterio, las estructuras excesivamente r\u00edgidas favorecen la p\u00e9rdida de informaci\u00f3n relevante, dificultan la prevenci\u00f3n de delitos y aumentan la exposici\u00f3n de la organizaci\u00f3n a responsabilidades penales. El especialista tambi\u00e9n abord\u00f3 los llamados sesgos organizacionales, particularmente los sesgos de conformidad y obediencia. Explic\u00f3 que estos fen\u00f3menos provocan que los trabajadores normalicen pr\u00e1cticas irregulares o atribuyan toda responsabilidad a los superiores jer\u00e1rquicos, debilitando la cultura de cumplimiento y dificultando la identificaci\u00f3n del verdadero responsable de una conducta il\u00edcita. Como ejemplo pr\u00e1ctico, hizo referencia a los delitos ambientales, indicando que, en casos de vertidos ilegales de sustancias qu\u00edmicas, la responsabilidad no necesariamente corresponde al gerente general, sino al profesional t\u00e9cnico que ten\u00eda el conocimiento especializado, la capacidad de control y la obligaci\u00f3n funcional de prevenir el riesgo. En la parte final de su exposici\u00f3n, Ricardo Molina compar\u00f3 dos modelos de organizaci\u00f3n empresarial: el modelo Top-Down, que concentra la responsabilidad en los niveles superiores, y el modelo Bottom-Up, que propone analizar las conductas desde los niveles operativos hacia la alta direcci\u00f3n. Seg\u00fan manifest\u00f3, este \u00faltimo permite una individualizaci\u00f3n m\u00e1s precisa de la responsabilidad penal y fortalece los sistemas de prevenci\u00f3n dentro de las organizaciones. Finalmente, el jurista concluy\u00f3 que el derecho penal empresarial moderno exige comprender la complejidad de las estructuras corporativas, privilegiando el an\u00e1lisis de las funciones, competencias, conocimientos t\u00e9cnicos y deberes espec\u00edficos de cada integrante de la empresa, antes de atribuir responsabilidades penales \u00fanicamente por razones jer\u00e1rquicas.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":32773,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[268,243],"tags":[],"class_list":["post-32772","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-nacionales","category-noticias-zamora"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/32772","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=32772"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/32772\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":32775,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/32772\/revisions\/32775"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media\/32773"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=32772"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=32772"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=32772"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}