{"id":31630,"date":"2026-05-21T06:17:18","date_gmt":"2026-05-21T11:17:18","guid":{"rendered":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/?p=31630"},"modified":"2026-05-21T06:17:18","modified_gmt":"2026-05-21T11:17:18","slug":"ecuador-tiene-tres-caminos-para-responder-a-pedido-de-la-can-por-aranceles-a-colombia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/ecuador-tiene-tres-caminos-para-responder-a-pedido-de-la-can-por-aranceles-a-colombia\/","title":{"rendered":"Ecuador tiene tres caminos para responder a pedido de la CAN por aranceles a Colombia"},"content":{"rendered":"<p>La Secretar\u00eda General de la Comunidad Andina (CAN) dio plazo hasta este 21 de mayo a Ecuador y a Colombia para que levanten los aranceles rec\u00edprocos, tras considerarlos un gravamen al comercio bilateral.<\/p>\n<p>Ante la inminencia del plazo dado, Ecuador tiene\u00a0tres caminos: levantar los aranceles, presentar una reconsideraci\u00f3n o acci\u00f3n de nulidad a las resoluciones de la CAN o, en un caso extremo, salir del bloque subregional.<\/p>\n<p>La canciller ecuatoriana Gabriela Sommerfeld asegur\u00f3 el 19 de mayo de 2026, en una entrevista con Ecuavisa, que el pa\u00eds est\u00e1 preparando una respuesta a la Comunidad Andina, que se entregar\u00e1 en los pr\u00f3ximos dos d\u00edas, aunque sin mayor detalle. \u00abEcuador siempre estar\u00e1 defendiendo sus intereses y en eso se enfoca la respuesta\u00bb, a\u00f1adi\u00f3 en una entrevista con Ecuavisa.<\/p>\n<p>Sommerfeld\u00a0sostuvo que el pa\u00eds tiene suficiente evidencia para justificar la tasa de seguridad impuesta a Colombia, que actualmente es de 100%.<\/p>\n<p>Por su parte, el presidente de Colombia, Gustavo Petro, se pronunci\u00f3 sobre este tema que est\u00e1 dispuesto a levantar los\u00a0 aranceles si Ecuador tambi\u00e9n lo hace.<\/p>\n<p><strong>Escenario 1: Levantar aranceles\u00a0<\/strong><br \/>\nEl 21 de enero de 2026, el gobierno de Daniel Noboa anunci\u00f3 la imposici\u00f3n de una denominada\u00a0\u00abtasa de seguridad\u00bb a los productos provenientes de Colombia, con el argumento de que Colombia no ha colaborado en el control del narcotr\u00e1fico y la miner\u00eda ilegal en la frontera.<\/p>\n<p>La medida inicial fue un arancel de 30%, que comenz\u00f3 a cobrarse desde el 1 de febrero.\u00a0Colombia respondi\u00f3 de forma rec\u00edproca, con un arancel de 30% a las importaciones de Ecuador, a partir del 24 de febrero.<\/p>\n<p>Pero la tensi\u00f3n entre los dos pa\u00edses fue escalando. Y desde el 1 de mayo, Ecuador cobra un arancel de 100% a las importaciones de Colombia. Aunque, est\u00e1 previsto que a partir del 1 de junio,\u00a0 baje a 75%.<\/p>\n<p>Mientras tanto, Colombia est\u00e1 cobrando aranceles, que van desde 35% hasta 75%, a 191 productos importados de Ecuador, desde finales de abril.<\/p>\n<p>Uno de los caminos que podr\u00eda tomar Ecuador es levantar el arancel impuesto a los productos importados de Colombia, dentro del plazo de 10 d\u00edas dado por la Secretar\u00eda General de la CAN, en una resoluci\u00f3n emitida el 7 de mayo.<\/p>\n<p><strong>Escenario 2: Demandar las resoluciones<\/strong><br \/>\nEl Gobierno de Daniel Noboa podr\u00eda presentar un Recurso de Reconsideraci\u00f3n ante la Secretar\u00eda General de la Comunidad Andina (CAN)\u00a0de la Resoluci\u00f3n 2582, en la que\u00a0ordena a Ecuador el levantamiento de la denominada &#8216;tasa de seguridad&#8217; con la que los productos importados de Colombia est\u00e1n gravados actualmente con un arancel de 100%.<\/p>\n<p>Francisco Rivadeneira, exministro de Comercio Exterior, explica que el objeto de un Recurso de Reconsideraci\u00f3n es\u00a0solicitar la modificaci\u00f3n, revocatoria, aclaraci\u00f3n o reconsideraci\u00f3n\u00a0de una resoluci\u00f3n de la Secretar\u00eda. Pero, no suspende autom\u00e1ticamente los efectos de la resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>En la Resoluci\u00f3n 2582, emitida el 7 de mayo de 2026, la Secretar\u00eda General de la CAN calific\u00f3 la &#8216;tasa de servicio de control aduanero&#8217; como un \u00abgravamen\u00bb a las importaciones de Colombia, que \u00abvulnera el Programa de Liberaci\u00f3n de la Comunidad Andina consagrado en el Acuerdo de Cartagena\u00bb.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s podr\u00eda presentar un Recurso de Reconsideraci\u00f3n de la Resoluci\u00f3n N\u00b0 2581, emitida el mismo d\u00eda, en la que se ordena a Ecuador que retire la restricci\u00f3n de habilitar el Puente Internacional de Rumichaca como \u00fanico\u00a0punto de ingreso de mercanc\u00edas procedentes de Colombia, v\u00eda terrestre.<\/p>\n<p>Para el levantamiento de las dos medidas, la CAN concedi\u00f3 un plazo de 10 d\u00edas h\u00e1biles a Ecuador, contados desde el d\u00eda siguiente de la publicaci\u00f3n de estas resoluciones.<\/p>\n<p>Sin embargo, si se presenta una acci\u00f3n por parte de Ecuador,\u00a0la Secretar\u00eda General de la CAN tendr\u00eda 30 d\u00edas h\u00e1biles para pronunciarse.<\/p>\n<p>Otra v\u00eda jur\u00eddica podr\u00eda ser presentar una Acci\u00f3n de Nulidad ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (CAN).<\/p>\n<p>Rivadeneira explica que una Acci\u00f3n de Nulidad se presenta si se considera que una resoluci\u00f3n de la Secretar\u00eda General viola el ordenamiento jur\u00eddico andino.<\/p>\n<p>El pronunciamiento del Tribunal de Justicia sobre una Acci\u00f3n de Nulidad podr\u00eda demorar m\u00e1s de dos a\u00f1os, explica el exministro de Comercio Exterior.<\/p>\n<p><strong>Escenario 3: Salirse de la CAN\u00a0<\/strong><br \/>\nUn escenario extremo podr\u00eda ser que Ecuador salga de la Comunidad Andina (CAN), presentando una denuncia del Acuerdo de Cartagena, constitutivo del bloque.<\/p>\n<p>Sin embargo, los efectos de la salida de un pa\u00eds de la CAN se dan de manera progresiva, primero el pa\u00eds demandante deja de tener obligaciones institucionales con el bloque. Y luego, en un lapso de hasta cinco a\u00f1os, pierde los derechos de libre comercio.<\/p>\n<p>El \u00fanico pa\u00eds que ha salida hasta ahora de la CAN es Venezuela, que present\u00f3 su demanda en 2006, pero mantuvo los beneficios de libre comercio hasta 2011. <strong>Fuente: Primicias<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Secretar\u00eda General de la Comunidad Andina (CAN) dio plazo hasta este 21 de mayo a Ecuador y a Colombia para que levanten los aranceles rec\u00edprocos, tras considerarlos un gravamen al comercio bilateral. Ante la inminencia del plazo dado, Ecuador tiene\u00a0tres caminos: levantar los aranceles, presentar una reconsideraci\u00f3n o acci\u00f3n de nulidad a las resoluciones de la CAN o, en un caso extremo, salir del bloque subregional. La canciller ecuatoriana Gabriela Sommerfeld asegur\u00f3 el 19 de mayo de 2026, en una entrevista con Ecuavisa, que el pa\u00eds est\u00e1 preparando una respuesta a la Comunidad Andina, que se entregar\u00e1 en los pr\u00f3ximos dos d\u00edas, aunque sin mayor detalle. \u00abEcuador siempre estar\u00e1 defendiendo sus intereses y en eso se enfoca la respuesta\u00bb, a\u00f1adi\u00f3 en una entrevista con Ecuavisa. Sommerfeld\u00a0sostuvo que el pa\u00eds tiene suficiente evidencia para justificar la tasa de seguridad impuesta a Colombia, que actualmente es de 100%. Por su parte, el presidente de Colombia, Gustavo Petro, se pronunci\u00f3 sobre este tema que est\u00e1 dispuesto a levantar los\u00a0 aranceles si Ecuador tambi\u00e9n lo hace. Escenario 1: Levantar aranceles\u00a0 El 21 de enero de 2026, el gobierno de Daniel Noboa anunci\u00f3 la imposici\u00f3n de una denominada\u00a0\u00abtasa de seguridad\u00bb a los productos provenientes de Colombia, con el argumento de que Colombia no ha colaborado en el control del narcotr\u00e1fico y la miner\u00eda ilegal en la frontera. La medida inicial fue un arancel de 30%, que comenz\u00f3 a cobrarse desde el 1 de febrero.\u00a0Colombia respondi\u00f3 de forma rec\u00edproca, con un arancel de 30% a las importaciones de Ecuador, a partir del 24 de febrero. Pero la tensi\u00f3n entre los dos pa\u00edses fue escalando. Y desde el 1 de mayo, Ecuador cobra un arancel de 100% a las importaciones de Colombia. Aunque, est\u00e1 previsto que a partir del 1 de junio,\u00a0 baje a 75%. Mientras tanto, Colombia est\u00e1 cobrando aranceles, que van desde 35% hasta 75%, a 191 productos importados de Ecuador, desde finales de abril. 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En la Resoluci\u00f3n 2582, emitida el 7 de mayo de 2026, la Secretar\u00eda General de la CAN calific\u00f3 la &#8216;tasa de servicio de control aduanero&#8217; como un \u00abgravamen\u00bb a las importaciones de Colombia, que \u00abvulnera el Programa de Liberaci\u00f3n de la Comunidad Andina consagrado en el Acuerdo de Cartagena\u00bb. Adem\u00e1s podr\u00eda presentar un Recurso de Reconsideraci\u00f3n de la Resoluci\u00f3n N\u00b0 2581, emitida el mismo d\u00eda, en la que se ordena a Ecuador que retire la restricci\u00f3n de habilitar el Puente Internacional de Rumichaca como \u00fanico\u00a0punto de ingreso de mercanc\u00edas procedentes de Colombia, v\u00eda terrestre. Para el levantamiento de las dos medidas, la CAN concedi\u00f3 un plazo de 10 d\u00edas h\u00e1biles a Ecuador, contados desde el d\u00eda siguiente de la publicaci\u00f3n de estas resoluciones. Sin embargo, si se presenta una acci\u00f3n por parte de Ecuador,\u00a0la Secretar\u00eda General de la CAN tendr\u00eda 30 d\u00edas h\u00e1biles para pronunciarse. Otra v\u00eda jur\u00eddica podr\u00eda ser presentar una Acci\u00f3n de Nulidad ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (CAN). Rivadeneira explica que una Acci\u00f3n de Nulidad se presenta si se considera que una resoluci\u00f3n de la Secretar\u00eda General viola el ordenamiento jur\u00eddico andino. El pronunciamiento del Tribunal de Justicia sobre una Acci\u00f3n de Nulidad podr\u00eda demorar m\u00e1s de dos a\u00f1os, explica el exministro de Comercio Exterior. Escenario 3: Salirse de la CAN\u00a0 Un escenario extremo podr\u00eda ser que Ecuador salga de la Comunidad Andina (CAN), presentando una denuncia del Acuerdo de Cartagena, constitutivo del bloque. 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