{"id":28817,"date":"2026-01-19T04:20:19","date_gmt":"2026-01-19T09:20:19","guid":{"rendered":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/?p=28817"},"modified":"2026-01-16T16:20:33","modified_gmt":"2026-01-16T21:20:33","slug":"tertulia-juridica-analizo-el-servicio-notarial-electronico-en-modalidad-telematica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/tertulia-juridica-analizo-el-servicio-notarial-electronico-en-modalidad-telematica\/","title":{"rendered":"Tertulia Jur\u00eddica analiz\u00f3 el Servicio Notarial Electr\u00f3nico en Modalidad Telem\u00e1tica"},"content":{"rendered":"<p>El mi\u00e9rcoles 14 de enero de 2026 se desarroll\u00f3 el segundo programa de la Tertulia Jur\u00eddica, espacio acad\u00e9mico de an\u00e1lisis y reflexi\u00f3n jur\u00eddica, que cont\u00f3 con la destacada participaci\u00f3n del Notario Vig\u00e9simo Segundo del cant\u00f3n Quito, Dr. Alex Mej\u00eda Viteri, quien abord\u00f3 el tema \u201cServicio Notarial Electr\u00f3nico en Modalidad Telem\u00e1tica\u201d, resaltando su alcance, fundamentos normativos y relevancia para la modernizaci\u00f3n del sistema notarial ecuatoriano.<\/p>\n<p>Durante su intervenci\u00f3n, el Dr. Mej\u00eda Viteri se\u00f1al\u00f3 que ejerce la funci\u00f3n notarial desde hace m\u00e1s de doce a\u00f1os y que, en los \u00faltimos cuatro, ha enfocado su labor investigativa y pr\u00e1ctica en la incorporaci\u00f3n de nuevas tecnolog\u00edas al \u00e1mbito notarial, especialmente en el uso de firmas electr\u00f3nicas, comparecencias telem\u00e1ticas y documentos electr\u00f3nicos, como mecanismos que fortalecen la accesibilidad y eficiencia del servicio p\u00fablico notarial.<\/p>\n<p>En su exposici\u00f3n, explic\u00f3 que el servicio notarial cumple una funci\u00f3n esencial al generar seguridad jur\u00eddica instrumental, garantizando la autenticidad, legalidad y validez de los actos y contratos celebrados por los ciudadanos. Tradicionalmente, estos actos se han realizado mediante la comparecencia f\u00edsica de las partes y la suscripci\u00f3n manuscrita de documentos en soporte papel; sin embargo, gracias al avance tecnol\u00f3gico y al desarrollo normativo, hoy es posible realizar estos procedimientos mediante medios electr\u00f3nicos y plataformas telem\u00e1ticas, manteniendo los mismos est\u00e1ndares de seguridad jur\u00eddica.<\/p>\n<p>El Notario destac\u00f3 que la comparecencia telem\u00e1tica, apoyada en herramientas digitales como plataformas de videoconferencia, permite reproducir el acto notarial presencial, en tanto el notario puede identificar a las partes, verificar su voluntad libre y consciente, y autorizar el instrumento p\u00fablico mediante firma electr\u00f3nica validable en el Ecuador, conforme a la legislaci\u00f3n vigente. Subray\u00f3 que este modelo se consolid\u00f3 a partir de la pandemia de COVID-19, la cual evidenci\u00f3 la necesidad de garantizar la continuidad de los servicios notariales aun en contextos de restricci\u00f3n de movilidad.<\/p>\n<p>Asimismo, el Dr. Mej\u00eda Viteri realiz\u00f3 un recuento hist\u00f3rico del proceso de incorporaci\u00f3n de la modalidad telem\u00e1tica al sistema jur\u00eddico ecuatoriano, se\u00f1alando que, tras un trabajo sostenido impulsado inicialmente por el Colegio de Notarios de Pichincha y posteriormente por un grupo de notarios a nivel nacional, se logr\u00f3 una reforma a la Ley Notarial, aprobada por la Asamblea Nacional y sancionada por el Presidente de la Rep\u00fablica, que reconoce expresamente la validez de los actos y escrituras notariales con comparecencia telem\u00e1tica y firma electr\u00f3nica.<\/p>\n<p>En cuanto a la seguridad jur\u00eddica, explic\u00f3 que los documentos electr\u00f3nicos ofrecen incluso mayores niveles de protecci\u00f3n frente a posibles adulteraciones, en comparaci\u00f3n con los documentos en soporte papel, debido a los sistemas de validaci\u00f3n, trazabilidad y control tecnol\u00f3gico que los respaldan. Indic\u00f3 que, hasta la fecha, no se han registrado casos de escrituras electr\u00f3nicas falsificadas en el pa\u00eds, lo que demuestra la solidez del sistema.<\/p>\n<p>El Notario tambi\u00e9n precis\u00f3 que, conforme a la normativa vigente, todas las notar\u00edas del Ecuador est\u00e1n obligadas a prestar servicios notariales en modalidad telem\u00e1tica, siempre que los usuarios cumplan con los requisitos t\u00e9cnicos y legales, como el acceso a internet, el uso de plataformas de comunicaci\u00f3n y la tenencia de una firma electr\u00f3nica v\u00e1lida y verificable a trav\u00e9s de los sistemas oficiales establecidos por el Estado.<\/p>\n<p>Finalmente, resalt\u00f3 el impacto positivo de este modelo para la comunidad migrante ecuatoriana, ya que permite otorgar poderes, realizar compraventas, posesiones efectivas, divorcios por mutuo consentimiento, entre otros actos notariales, sin necesidad de desplazamientos f\u00edsicos, siempre que una de las partes se encuentre dentro del cant\u00f3n donde ejerce el notario y la otra en cualquier lugar del mundo, conforme a lo dispuesto en la ley.<\/p>\n<p>La Tertulia Jur\u00eddica concluy\u00f3 destacando que el Servicio Notarial Electr\u00f3nico en Modalidad Telem\u00e1tica constituye un avance significativo en la modernizaci\u00f3n del Estado, fortalece el acceso a la justicia y reafirma el rol del notariado como garante de la seguridad jur\u00eddica en un entorno digital en constante evoluci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El mi\u00e9rcoles 14 de enero de 2026 se desarroll\u00f3 el segundo programa de la Tertulia Jur\u00eddica, espacio acad\u00e9mico de an\u00e1lisis y reflexi\u00f3n jur\u00eddica, que cont\u00f3 con la destacada participaci\u00f3n del Notario Vig\u00e9simo Segundo del cant\u00f3n Quito, Dr. Alex Mej\u00eda Viteri, quien abord\u00f3 el tema \u201cServicio Notarial Electr\u00f3nico en Modalidad Telem\u00e1tica\u201d, resaltando su alcance, fundamentos normativos y relevancia para la modernizaci\u00f3n del sistema notarial ecuatoriano. Durante su intervenci\u00f3n, el Dr. Mej\u00eda Viteri se\u00f1al\u00f3 que ejerce la funci\u00f3n notarial desde hace m\u00e1s de doce a\u00f1os y que, en los \u00faltimos cuatro, ha enfocado su labor investigativa y pr\u00e1ctica en la incorporaci\u00f3n de nuevas tecnolog\u00edas al \u00e1mbito notarial, especialmente en el uso de firmas electr\u00f3nicas, comparecencias telem\u00e1ticas y documentos electr\u00f3nicos, como mecanismos que fortalecen la accesibilidad y eficiencia del servicio p\u00fablico notarial. En su exposici\u00f3n, explic\u00f3 que el servicio notarial cumple una funci\u00f3n esencial al generar seguridad jur\u00eddica instrumental, garantizando la autenticidad, legalidad y validez de los actos y contratos celebrados por los ciudadanos. Tradicionalmente, estos actos se han realizado mediante la comparecencia f\u00edsica de las partes y la suscripci\u00f3n manuscrita de documentos en soporte papel; sin embargo, gracias al avance tecnol\u00f3gico y al desarrollo normativo, hoy es posible realizar estos procedimientos mediante medios electr\u00f3nicos y plataformas telem\u00e1ticas, manteniendo los mismos est\u00e1ndares de seguridad jur\u00eddica. El Notario destac\u00f3 que la comparecencia telem\u00e1tica, apoyada en herramientas digitales como plataformas de videoconferencia, permite reproducir el acto notarial presencial, en tanto el notario puede identificar a las partes, verificar su voluntad libre y consciente, y autorizar el instrumento p\u00fablico mediante firma electr\u00f3nica validable en el Ecuador, conforme a la legislaci\u00f3n vigente. Subray\u00f3 que este modelo se consolid\u00f3 a partir de la pandemia de COVID-19, la cual evidenci\u00f3 la necesidad de garantizar la continuidad de los servicios notariales aun en contextos de restricci\u00f3n de movilidad. Asimismo, el Dr. Mej\u00eda Viteri realiz\u00f3 un recuento hist\u00f3rico del proceso de incorporaci\u00f3n de la modalidad telem\u00e1tica al sistema jur\u00eddico ecuatoriano, se\u00f1alando que, tras un trabajo sostenido impulsado inicialmente por el Colegio de Notarios de Pichincha y posteriormente por un grupo de notarios a nivel nacional, se logr\u00f3 una reforma a la Ley Notarial, aprobada por la Asamblea Nacional y sancionada por el Presidente de la Rep\u00fablica, que reconoce expresamente la validez de los actos y escrituras notariales con comparecencia telem\u00e1tica y firma electr\u00f3nica. En cuanto a la seguridad jur\u00eddica, explic\u00f3 que los documentos electr\u00f3nicos ofrecen incluso mayores niveles de protecci\u00f3n frente a posibles adulteraciones, en comparaci\u00f3n con los documentos en soporte papel, debido a los sistemas de validaci\u00f3n, trazabilidad y control tecnol\u00f3gico que los respaldan. Indic\u00f3 que, hasta la fecha, no se han registrado casos de escrituras electr\u00f3nicas falsificadas en el pa\u00eds, lo que demuestra la solidez del sistema. El Notario tambi\u00e9n precis\u00f3 que, conforme a la normativa vigente, todas las notar\u00edas del Ecuador est\u00e1n obligadas a prestar servicios notariales en modalidad telem\u00e1tica, siempre que los usuarios cumplan con los requisitos t\u00e9cnicos y legales, como el acceso a internet, el uso de plataformas de comunicaci\u00f3n y la tenencia de una firma electr\u00f3nica v\u00e1lida y verificable a trav\u00e9s de los sistemas oficiales establecidos por el Estado. Finalmente, resalt\u00f3 el impacto positivo de este modelo para la comunidad migrante ecuatoriana, ya que permite otorgar poderes, realizar compraventas, posesiones efectivas, divorcios por mutuo consentimiento, entre otros actos notariales, sin necesidad de desplazamientos f\u00edsicos, siempre que una de las partes se encuentre dentro del cant\u00f3n donde ejerce el notario y la otra en cualquier lugar del mundo, conforme a lo dispuesto en la ley. La Tertulia Jur\u00eddica concluy\u00f3 destacando que el Servicio Notarial Electr\u00f3nico en Modalidad Telem\u00e1tica constituye un avance significativo en la modernizaci\u00f3n del Estado, fortalece el acceso a la justicia y reafirma el rol del notariado como garante de la seguridad jur\u00eddica en un entorno digital en constante evoluci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":28818,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[243],"tags":[],"class_list":["post-28817","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias-zamora"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28817","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=28817"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28817\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":28819,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28817\/revisions\/28819"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media\/28818"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=28817"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=28817"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=28817"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}