{"id":2560,"date":"2022-02-01T05:54:01","date_gmt":"2022-02-01T10:54:01","guid":{"rendered":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/?p=2560"},"modified":"2022-02-01T05:54:07","modified_gmt":"2022-02-01T10:54:07","slug":"asi-puede-calcular-el-impuesto-a-la-renta-en-ecuador-y-conocer-si-aplica-a-una-rebaja","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/asi-puede-calcular-el-impuesto-a-la-renta-en-ecuador-y-conocer-si-aplica-a-una-rebaja\/","title":{"rendered":"As\u00ed puede calcular el impuesto a la renta en Ecuador y conocer si aplica a una rebaja"},"content":{"rendered":"\n<p>Este 2022 empez\u00f3 a regir un nuevo esquema de recaudaci\u00f3n del impuesto a la renta (IR), incluido en la Ley para el Desarrollo Econ\u00f3mico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia de COVID-19.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"https:\/\/www.eluniverso.com\/noticias\/economia\/descuento-por-impuesto-a-la-renta-se-vera-estos-dias-en-roles-de-pago-nota\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\"><strong>Y los trabajadores empezaron a observar cambios en esta retenci\u00f3n en sus roles de pago<\/strong><\/a>&nbsp;desde finales de enero.<\/p>\n\n\n\n<p>Los colaboradores debieron efectuar su proyecci\u00f3n de gastos personales hace unas semanas y entregar el formulario a su empleador.<\/p>\n\n\n\n<p>La fracci\u00f3n b\u00e1sica es de $ 11.310 y el l\u00edmite de gastos personales, que se debe tomar en cuenta para calcular la reducci\u00f3n del impuesto a la renta, mediante cr\u00e9dito tributario, es de $ 5.037,55. Este valor corresponde a siete canastas familiares b\u00e1sicas ($ 719,65).<\/p>\n\n\n\n<p>Este techo implica una menor deducci\u00f3n y por ende un mayor pago de impuesto a la renta para personas naturales.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Los contribuyentes podr\u00e1n efectuar la deducci\u00f3n del 10 % o 20 % de los $ 5.037,55.\u00a0<\/strong>Esa reducci\u00f3n se aplica como cr\u00e9dito tributario al momento de pagar el IR.<\/p>\n\n\n\n<p>El l\u00edmite de $ 5.037,55 es para todos los gastos personales de vivienda, salud, alimentaci\u00f3n, educaci\u00f3n, vestimenta y turismo.<\/p>\n\n\n\n<p>A continuaci\u00f3n el&nbsp;<strong>paso a paso para calcular el IR y saber el porcentaje de rebaja.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Primero, se multiplica el sueldo por doce, sin contar los d\u00e9cimos. Lo dem\u00e1s, como bonos escolares o de antig\u00fcedad, s\u00ed se cuentan. Ejemplo, una persona que percibe al mes $ 1.750, al a\u00f1o es $ 21.000.<\/li><li>Segundo, a los $ 21.000 se deduce el aporte personal al IESS, cuyo porcentaje es de 9,45 %. El resultado es $ 1.984,5.<\/li><li>Tercero, este \u00faltimo resultado se resta con los $ 21.000, lo que es igual a $ 19.015,50. Significa que esta es la base imponible para saber si estoy dentro del margen para pagar el impuesto a la renta. Y evidentemente sobrepasa la fracci\u00f3n b\u00e1sica de $ 11.310.<\/li><li>Cuarto, verifico en qu\u00e9 rango de la tabla me encuentro. En este caso est\u00e1 en el cuarto rango. (Fracci\u00f3n b\u00e1sica de $ 18.010,01, cuyo tributo recae en $ 515, que corresponde al 12 %).<\/li><li>Quinto, resto la base imponible con la fracci\u00f3n b\u00e1sica donde me arroj\u00f3. Esto es $ 19.015,50 menos $ 18.010,01. Me da como resultado $ 1.005,50.<\/li><li>Sexto, debo sacar el impuesto de fracci\u00f3n excedente y se lo hace de la siguiente manera: saco el 12 % a la fracci\u00f3n excedente, que fue $ 1.005,50 y da como resultado $ 120,66.<\/li><li>S\u00e9ptimo, a este \u00faltimo valor le sumamos los $ 515 del tributo que me ubic\u00f3 en la tabla. El total es $ 635,66. Ese es el valor del IR anual.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.eluniverso.com\/resizer\/36Uz7Nj0wx6gPJDBRgrqAeU7VwA=\/1123x670\/smart\/filters:quality(70)\/cloudfront-us-east-1.images.arcpublishing.com\/eluniverso\/3XJJ6WQZLVECHAS64SOAEH32LU.png\" alt=\"\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p>Sin embargo,&nbsp;<strong>hay la posibilidad de rebajar este impuesto a la renta.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Primero, necesitamos anotar todos los ingresos gravables. Aqu\u00ed agregamos los d\u00e9cimos que no contemplamos anteriormente. Recuerde que debe estar su proyecci\u00f3n de comisiones, bonos, utilidades y otros. Entonces, siguiendo el mismo caso sumaremos al salario anual de $ 21.000, los $ 425 de decimocuarto y otros $ 1.750 como decimotercer sueldo = $ 23.175. Tambi\u00e9n, vamos a sumar el fondo de reserva, que se obtiene sacando el 8,33 % del ingreso anual $ 21.000. Resulta en $ 1.749.<\/li><li>Segundo, sumamos los $ 1.749 y los $ 23.175 dando un valor de $ 24.924,24. Eso significa que sobrepaso la fracci\u00f3n b\u00e1sica desgravada de $ 24.090,30, significa que el contribuyente puede aplicar al 10 % ($ 503,76) de rebaja. Si es que un ciudadano registra menor a la cifra indicada la rebaja es del 20 % ( $ 1.007,51).<\/li><li>Tercero, como en este caso es del 10 % y el contribuyente sustenta sus gastos. Entonces, el ciudadano ya no cancelar\u00eda $ 635,66, como se calcul\u00f3 al inicio sino $ 131,91 al a\u00f1o. Esto dividido para doce da $ 10,99. Este valor pagar\u00eda mensual.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Calculadoras<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p><strong>El Gobierno mantiene habilitada una calculadora virtual\u00a0<\/strong>que permite proyectar el pago de impuesto a la renta.<\/p>\n\n\n\n<p>El ciudadano puede colocar en la casilla su salario y la calculadora le arroja el aporte mensual de impuesto a la renta (IR).&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.comunicacion.gob.ec\/calculadora\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\"><strong>Aqu\u00ed para acceder.<\/strong><\/a><\/p>\n\n\n\n<p>Salen dos valores, el primero es el adicional a ese impuesto en 2022 por la vigencia de la normativa. Y abajo el total a pagar. Esto con el fin de comparar ese incremento del tributo.<\/p>\n\n\n\n<p>Por ejemplo, una persona que tiene ingresos de $ 2.000 mensuales deber\u00eda pagar $ 15,86 adicionales. Lo que resulta en $ 28,86 al mes, seg\u00fan la calculadora oficinal.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.eluniverso.com\/resizer\/_sONXyH166HGObBFcuxgZuB-JWE=\/2445x658\/smart\/filters:quality(70)\/cloudfront-us-east-1.images.arcpublishing.com\/eluniverso\/NMWZENYQ3VE7VMNULN2UROOGFA.jpg\" alt=\"\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p>Sin embargo, algunas p\u00e1ginas de servicios contables tienen a su disposici\u00f3n una calculadora virtual. Una de ellas es Census. All\u00ed podr\u00e1 ingresar todos sus valores. (I)<\/p>\n\n\n\n<p>El Universo<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Este 2022 empez\u00f3 a regir un nuevo esquema de recaudaci\u00f3n del impuesto a la renta (IR), incluido en la Ley para el Desarrollo Econ\u00f3mico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia de COVID-19. Y los trabajadores empezaron a observar cambios en esta retenci\u00f3n en sus roles de pago&nbsp;desde finales de enero. Los colaboradores debieron efectuar su proyecci\u00f3n de gastos personales hace unas semanas y entregar el formulario a su empleador. La fracci\u00f3n b\u00e1sica es de $ 11.310 y el l\u00edmite de gastos personales, que se debe tomar en cuenta para calcular la reducci\u00f3n del impuesto a la renta, mediante cr\u00e9dito tributario, es de $ 5.037,55. Este valor corresponde a siete canastas familiares b\u00e1sicas ($ 719,65). Este techo implica una menor deducci\u00f3n y por ende un mayor pago de impuesto a la renta para personas naturales. Los contribuyentes podr\u00e1n efectuar la deducci\u00f3n del 10 % o 20 % de los $ 5.037,55.\u00a0Esa reducci\u00f3n se aplica como cr\u00e9dito tributario al momento de pagar el IR. El l\u00edmite de $ 5.037,55 es para todos los gastos personales de vivienda, salud, alimentaci\u00f3n, educaci\u00f3n, vestimenta y turismo. A continuaci\u00f3n el&nbsp;paso a paso para calcular el IR y saber el porcentaje de rebaja. Primero, se multiplica el sueldo por doce, sin contar los d\u00e9cimos. Lo dem\u00e1s, como bonos escolares o de antig\u00fcedad, s\u00ed se cuentan. Ejemplo, una persona que percibe al mes $ 1.750, al a\u00f1o es $ 21.000. Segundo, a los $ 21.000 se deduce el aporte personal al IESS, cuyo porcentaje es de 9,45 %. El resultado es $ 1.984,5. Tercero, este \u00faltimo resultado se resta con los $ 21.000, lo que es igual a $ 19.015,50. Significa que esta es la base imponible para saber si estoy dentro del margen para pagar el impuesto a la renta. Y evidentemente sobrepasa la fracci\u00f3n b\u00e1sica de $ 11.310. Cuarto, verifico en qu\u00e9 rango de la tabla me encuentro. En este caso est\u00e1 en el cuarto rango. (Fracci\u00f3n b\u00e1sica de $ 18.010,01, cuyo tributo recae en $ 515, que corresponde al 12 %). Quinto, resto la base imponible con la fracci\u00f3n b\u00e1sica donde me arroj\u00f3. Esto es $ 19.015,50 menos $ 18.010,01. Me da como resultado $ 1.005,50. Sexto, debo sacar el impuesto de fracci\u00f3n excedente y se lo hace de la siguiente manera: saco el 12 % a la fracci\u00f3n excedente, que fue $ 1.005,50 y da como resultado $ 120,66. S\u00e9ptimo, a este \u00faltimo valor le sumamos los $ 515 del tributo que me ubic\u00f3 en la tabla. El total es $ 635,66. Ese es el valor del IR anual. Sin embargo,&nbsp;hay la posibilidad de rebajar este impuesto a la renta. Primero, necesitamos anotar todos los ingresos gravables. Aqu\u00ed agregamos los d\u00e9cimos que no contemplamos anteriormente. Recuerde que debe estar su proyecci\u00f3n de comisiones, bonos, utilidades y otros. Entonces, siguiendo el mismo caso sumaremos al salario anual de $ 21.000, los $ 425 de decimocuarto y otros $ 1.750 como decimotercer sueldo = $ 23.175. Tambi\u00e9n, vamos a sumar el fondo de reserva, que se obtiene sacando el 8,33 % del ingreso anual $ 21.000. Resulta en $ 1.749. Segundo, sumamos los $ 1.749 y los $ 23.175 dando un valor de $ 24.924,24. Eso significa que sobrepaso la fracci\u00f3n b\u00e1sica desgravada de $ 24.090,30, significa que el contribuyente puede aplicar al 10 % ($ 503,76) de rebaja. Si es que un ciudadano registra menor a la cifra indicada la rebaja es del 20 % ( $ 1.007,51). Tercero, como en este caso es del 10 % y el contribuyente sustenta sus gastos. Entonces, el ciudadano ya no cancelar\u00eda $ 635,66, como se calcul\u00f3 al inicio sino $ 131,91 al a\u00f1o. Esto dividido para doce da $ 10,99. Este valor pagar\u00eda mensual. Calculadoras El Gobierno mantiene habilitada una calculadora virtual\u00a0que permite proyectar el pago de impuesto a la renta. El ciudadano puede colocar en la casilla su salario y la calculadora le arroja el aporte mensual de impuesto a la renta (IR).&nbsp;Aqu\u00ed para acceder. Salen dos valores, el primero es el adicional a ese impuesto en 2022 por la vigencia de la normativa. Y abajo el total a pagar. Esto con el fin de comparar ese incremento del tributo. Por ejemplo, una persona que tiene ingresos de $ 2.000 mensuales deber\u00eda pagar $ 15,86 adicionales. Lo que resulta en $ 28,86 al mes, seg\u00fan la calculadora oficinal. Sin embargo, algunas p\u00e1ginas de servicios contables tienen a su disposici\u00f3n una calculadora virtual. Una de ellas es Census. All\u00ed podr\u00e1 ingresar todos sus valores. 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