{"id":25321,"date":"2025-08-01T16:04:52","date_gmt":"2025-08-01T21:04:52","guid":{"rendered":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/?p=25321"},"modified":"2025-08-01T16:04:52","modified_gmt":"2025-08-01T21:04:52","slug":"crisis-institucional-en-la-cce-justicia-ordena-suspender-comicios-tras-impugnacion-de-candidatura","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/crisis-institucional-en-la-cce-justicia-ordena-suspender-comicios-tras-impugnacion-de-candidatura\/","title":{"rendered":"Crisis institucional en la CCE: justicia ordena suspender comicios tras impugnaci\u00f3n de candidatura"},"content":{"rendered":"<p>La Sede Nacional de la Casa de la Cultura Ecuatoriana Benjam\u00edn Carri\u00f3n informa sobre la suspensi\u00f3n de las elecciones a nivel nacional. Esta medida obedece a una acci\u00f3n de protecci\u00f3n presentada por el ciudadano Walter Patricio Morales Puruncajas, luego de la ratificaci\u00f3n de la descalificaci\u00f3n de su candidatura a la Presidencia de la Sede Nacional, por incumplimiento de los requisitos establecidos en el reglamento de elecciones, resoluci\u00f3n adoptada por la Junta Plenaria de la Casa de la Cultura Ecuatoriana \u201cBenjam\u00edn Carri\u00f3n\u201d, mediante Resoluci\u00f3n N.\u00ba CCE-JP-026-2025.<\/p>\n<p>Los n\u00facleos del pa\u00eds fueron informados oficialmente a trav\u00e9s del Memorando N.\u00ba CCE-SG-2025-0214-M, de fecha 1 de agosto, firmado por Jos\u00e9 Alfonso Montalvo Y\u00e9pez, secretario general, en el cual se pone en conocimiento de las Comisiones Electorales Provinciales que, mediante auto emitido el 31 de julio de 2025 a las 16h22, por el se\u00f1or Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia I\u00f1aquito, del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, se ha dispuesto una medida cautelar de suspensi\u00f3n inmediata del proceso electoral.<br \/>\nLa disposici\u00f3n judicial establece expresamente:<\/p>\n<p>\u201cSe dispone la suspensi\u00f3n inmediata del Proceso Electoral convocado para la Elecci\u00f3n de Presidente de la Sede Nacional, Director y Vocales de N\u00facleos de la Casa de la Cultura Ecuatoriana Benjam\u00edn Carri\u00f3n, incluyendo el proceso de inscripci\u00f3n de candidatos, campa\u00f1as y votaciones, hasta que se resuelva la acci\u00f3n constitucional; por tanto, of\u00edciese a la Presidencia de la Sede Nacional y a la Comisi\u00f3n Nacional Electoral de la Casa de la Cultura Ecuatoriana Benjam\u00edn Carri\u00f3n, a fin de que se abstengan de ejecutar cualquier acto relacionado con este proceso electoral hasta que esta autoridad disponga lo contrario y se resuelva la presente acci\u00f3n de protecci\u00f3n\u201d (Auto judicial, 31 de julio de 2025).<\/p>\n<p>En cumplimiento de esta disposici\u00f3n, y mientras no se resuelva de manera definitiva la referida acci\u00f3n constitucional, queda suspendido, en todo el territorio nacional, el desarrollo del proceso electoral en todas sus fases: inscripci\u00f3n de candidaturas, actividades de campa\u00f1a y votaciones.<\/p>\n<p>Desde la Sede Nacional, seg\u00fan el comunicado, se est\u00e1n ejecutando todas las acciones legales correspondientes para revocar dicha medida cautelar, con el fin de garantizar la continuidad del proceso democr\u00e1tico institucional, en estricto apego a la normativa vigente.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Sede Nacional de la Casa de la Cultura Ecuatoriana Benjam\u00edn Carri\u00f3n informa sobre la suspensi\u00f3n de las elecciones a nivel nacional. Esta medida obedece a una acci\u00f3n de protecci\u00f3n presentada por el ciudadano Walter Patricio Morales Puruncajas, luego de la ratificaci\u00f3n de la descalificaci\u00f3n de su candidatura a la Presidencia de la Sede Nacional, por incumplimiento de los requisitos establecidos en el reglamento de elecciones, resoluci\u00f3n adoptada por la Junta Plenaria de la Casa de la Cultura Ecuatoriana \u201cBenjam\u00edn Carri\u00f3n\u201d, mediante Resoluci\u00f3n N.\u00ba CCE-JP-026-2025. Los n\u00facleos del pa\u00eds fueron informados oficialmente a trav\u00e9s del Memorando N.\u00ba CCE-SG-2025-0214-M, de fecha 1 de agosto, firmado por Jos\u00e9 Alfonso Montalvo Y\u00e9pez, secretario general, en el cual se pone en conocimiento de las Comisiones Electorales Provinciales que, mediante auto emitido el 31 de julio de 2025 a las 16h22, por el se\u00f1or Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia I\u00f1aquito, del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, se ha dispuesto una medida cautelar de suspensi\u00f3n inmediata del proceso electoral. La disposici\u00f3n judicial establece expresamente: \u201cSe dispone la suspensi\u00f3n inmediata del Proceso Electoral convocado para la Elecci\u00f3n de Presidente de la Sede Nacional, Director y Vocales de N\u00facleos de la Casa de la Cultura Ecuatoriana Benjam\u00edn Carri\u00f3n, incluyendo el proceso de inscripci\u00f3n de candidatos, campa\u00f1as y votaciones, hasta que se resuelva la acci\u00f3n constitucional; por tanto, of\u00edciese a la Presidencia de la Sede Nacional y a la Comisi\u00f3n Nacional Electoral de la Casa de la Cultura Ecuatoriana Benjam\u00edn Carri\u00f3n, a fin de que se abstengan de ejecutar cualquier acto relacionado con este proceso electoral hasta que esta autoridad disponga lo contrario y se resuelva la presente acci\u00f3n de protecci\u00f3n\u201d (Auto judicial, 31 de julio de 2025). En cumplimiento de esta disposici\u00f3n, y mientras no se resuelva de manera definitiva la referida acci\u00f3n constitucional, queda suspendido, en todo el territorio nacional, el desarrollo del proceso electoral en todas sus fases: inscripci\u00f3n de candidaturas, actividades de campa\u00f1a y votaciones. Desde la Sede Nacional, seg\u00fan el comunicado, se est\u00e1n ejecutando todas las acciones legales correspondientes para revocar dicha medida cautelar, con el fin de garantizar la continuidad del proceso democr\u00e1tico institucional, en estricto apego a la normativa vigente.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":25322,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[268],"tags":[],"class_list":["post-25321","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-nacionales"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25321","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=25321"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25321\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":25323,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25321\/revisions\/25323"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media\/25322"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=25321"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=25321"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=25321"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}