{"id":24973,"date":"2025-07-22T04:02:58","date_gmt":"2025-07-22T09:02:58","guid":{"rendered":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/?p=24973"},"modified":"2025-07-21T17:05:29","modified_gmt":"2025-07-21T22:05:29","slug":"dialogo-juridico-en-zamora-chinchipe-aborda-el-derecho-de-alimentos-en-el-ecuador","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/dialogo-juridico-en-zamora-chinchipe-aborda-el-derecho-de-alimentos-en-el-ecuador\/","title":{"rendered":"Di\u00e1logo jur\u00eddico en Zamora Chinchipe aborda el derecho de alimentos en el Ecuador"},"content":{"rendered":"<p>En el marco del programa jur\u00eddico \u00abLa Tertulia\u00bb, desarrollado el pasado mi\u00e9rcoles 16 de julio, se llev\u00f3 a cabo un importante conversatorio sobre el derecho de alimentos en el Ecuador, con el tema central: \u201cLo que todo padre y madre debe saber\u201d.<\/p>\n<p>El espacio cont\u00f3 con la participaci\u00f3n de la abogada Evelyn Carolina Castillo Viera, reconocida jurista de la ciudad de Quito, experta en derecho de familia, quien comparti\u00f3 criterios fundamentales sobre el alcance, aplicaci\u00f3n y garant\u00edas del r\u00e9gimen de pensiones alimenticias en el pa\u00eds.<\/p>\n<p>Durante su intervenci\u00f3n, la doctora Castillo destac\u00f3 que el derecho de alimentos es una garant\u00eda constitucional consagrada en el art\u00edculo 44 de la Constituci\u00f3n del Ecuador, orientada a la protecci\u00f3n integral de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes. Este derecho, afirm\u00f3, abarca no solo la alimentaci\u00f3n propiamente dicha, sino tambi\u00e9n rubros como salud, educaci\u00f3n, vestimenta, vivienda, recreaci\u00f3n y desarrollo integral.<\/p>\n<p>Uno de los puntos m\u00e1s relevantes abordados fue la obligaci\u00f3n de los progenitores de cumplir con este derecho, incluso cuando no existe una relaci\u00f3n de convivencia con el menor. La jurista explic\u00f3 que la ley ecuatoriana contempla el otorgamiento de pensiones hasta los 18 a\u00f1os, y su extensi\u00f3n hasta los 21 a\u00f1os en casos de estudios continuados. En personas con discapacidad, el derecho se mantiene durante toda la vida.<br \/>\nAsimismo, se analiz\u00f3 la existencia de tablas de pensiones alimenticias, emitidas por el Consejo de la Judicatura, las cuales establecen montos m\u00ednimos seg\u00fan el ingreso del alimentante. No obstante, Castillo aclar\u00f3 que dichas tablas representan solo el piso legal y pueden ser ajustadas al alza conforme a las necesidades reales del menor y la capacidad econ\u00f3mica del obligado.<\/p>\n<p>Desde el plano procesal, la abogada subray\u00f3 que los ciudadanos pueden iniciar demandas de alimentos sin la necesidad de contratar abogados privados, ya que el Estado garantiza el patrocinio de defensores p\u00fablicos. Sin embargo, recomend\u00f3 una adecuada asesor\u00eda legal para una correcta defensa del inter\u00e9s superior del menor.<\/p>\n<p>El di\u00e1logo tambi\u00e9n abord\u00f3 temas vinculados a la fijaci\u00f3n de la pensi\u00f3n en contextos de divorcio, los requisitos para que el juez otorgue la tenencia y r\u00e9gimen de visitas, y la protecci\u00f3n patrimonial en caso de bienes compartidos. En este punto, Castillo fue enf\u00e1tica en se\u00f1alar que el \u00fanico bien inmueble de la pareja divorciada debe quedar a favor de los hijos como medida de protecci\u00f3n.<\/p>\n<p>Finalmente, se expuso sobre los mecanismos legales y probatorios que permiten garantizar pensiones justas, en especial cuando el obligado percibe ingresos superiores al salario b\u00e1sico pero busca ocultarlos. Se recomend\u00f3 el uso de herramientas como el mecanizado del IESS, oficios a empleadores y documentos que evidencien el nivel de vida del menor, con el fin de sustentar un posible incremento de la pensi\u00f3n por parte del juez o jueza competente.<\/p>\n<p>Este espacio de an\u00e1lisis permiti\u00f3 acercar el conocimiento jur\u00eddico a la ciudadan\u00eda y reafirmar que el derecho de alimentos es un deber ineludible y prioritario para el Estado, la sociedad y, especialmente, para quienes tienen bajo su responsabilidad la vida y bienestar de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el marco del programa jur\u00eddico \u00abLa Tertulia\u00bb, desarrollado el pasado mi\u00e9rcoles 16 de julio, se llev\u00f3 a cabo un importante conversatorio sobre el derecho de alimentos en el Ecuador, con el tema central: \u201cLo que todo padre y madre debe saber\u201d. El espacio cont\u00f3 con la participaci\u00f3n de la abogada Evelyn Carolina Castillo Viera, reconocida jurista de la ciudad de Quito, experta en derecho de familia, quien comparti\u00f3 criterios fundamentales sobre el alcance, aplicaci\u00f3n y garant\u00edas del r\u00e9gimen de pensiones alimenticias en el pa\u00eds. Durante su intervenci\u00f3n, la doctora Castillo destac\u00f3 que el derecho de alimentos es una garant\u00eda constitucional consagrada en el art\u00edculo 44 de la Constituci\u00f3n del Ecuador, orientada a la protecci\u00f3n integral de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes. Este derecho, afirm\u00f3, abarca no solo la alimentaci\u00f3n propiamente dicha, sino tambi\u00e9n rubros como salud, educaci\u00f3n, vestimenta, vivienda, recreaci\u00f3n y desarrollo integral. Uno de los puntos m\u00e1s relevantes abordados fue la obligaci\u00f3n de los progenitores de cumplir con este derecho, incluso cuando no existe una relaci\u00f3n de convivencia con el menor. La jurista explic\u00f3 que la ley ecuatoriana contempla el otorgamiento de pensiones hasta los 18 a\u00f1os, y su extensi\u00f3n hasta los 21 a\u00f1os en casos de estudios continuados. En personas con discapacidad, el derecho se mantiene durante toda la vida. Asimismo, se analiz\u00f3 la existencia de tablas de pensiones alimenticias, emitidas por el Consejo de la Judicatura, las cuales establecen montos m\u00ednimos seg\u00fan el ingreso del alimentante. No obstante, Castillo aclar\u00f3 que dichas tablas representan solo el piso legal y pueden ser ajustadas al alza conforme a las necesidades reales del menor y la capacidad econ\u00f3mica del obligado. Desde el plano procesal, la abogada subray\u00f3 que los ciudadanos pueden iniciar demandas de alimentos sin la necesidad de contratar abogados privados, ya que el Estado garantiza el patrocinio de defensores p\u00fablicos. Sin embargo, recomend\u00f3 una adecuada asesor\u00eda legal para una correcta defensa del inter\u00e9s superior del menor. El di\u00e1logo tambi\u00e9n abord\u00f3 temas vinculados a la fijaci\u00f3n de la pensi\u00f3n en contextos de divorcio, los requisitos para que el juez otorgue la tenencia y r\u00e9gimen de visitas, y la protecci\u00f3n patrimonial en caso de bienes compartidos. En este punto, Castillo fue enf\u00e1tica en se\u00f1alar que el \u00fanico bien inmueble de la pareja divorciada debe quedar a favor de los hijos como medida de protecci\u00f3n. Finalmente, se expuso sobre los mecanismos legales y probatorios que permiten garantizar pensiones justas, en especial cuando el obligado percibe ingresos superiores al salario b\u00e1sico pero busca ocultarlos. Se recomend\u00f3 el uso de herramientas como el mecanizado del IESS, oficios a empleadores y documentos que evidencien el nivel de vida del menor, con el fin de sustentar un posible incremento de la pensi\u00f3n por parte del juez o jueza competente. 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