{"id":24169,"date":"2025-06-11T03:50:44","date_gmt":"2025-06-11T08:50:44","guid":{"rendered":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/?p=24169"},"modified":"2025-06-10T18:09:42","modified_gmt":"2025-06-10T23:09:42","slug":"la-nueva-regulacion-del-consumo-de-drogas-y-su-impacto-en-la-sociedad-ecuatoriana","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/la-nueva-regulacion-del-consumo-de-drogas-y-su-impacto-en-la-sociedad-ecuatoriana\/","title":{"rendered":"La nueva regulaci\u00f3n del consumo de drogas y su impacto en la sociedad ecuatoriana"},"content":{"rendered":"<p>El 7 de junio de 2025, la Asamblea Nacional de Ecuador aprob\u00f3 la Ley Org\u00e1nica de Solidaridad Nacional, una reforma integral que busca fortalecer la lucha contra el crimen organizado. Esta ley introduce cambios significativos en la regulaci\u00f3n del consumo de drogas, reemplazando la anterior \u00abTabla de Drogas\u00bb por un sistema m\u00e1s t\u00e9cnico y contextualizado.<\/p>\n<p>La Tabla de Umbrales de Consumo, tambi\u00e9n conocida como \u00abTabla de Drogas\u00bb establecida en 2013 por el Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotr\u00f3picas (CONSEP), fijaba cantidades m\u00e1ximas de diversas sustancias que una persona pod\u00eda portar para que se considerara consumo personal y no tr\u00e1fico il\u00edcito. Sin embargo, en noviembre de 2023, el presidente Daniel Noboa derog\u00f3 esta tabla mediante el Decreto Ejecutivo N.\u00ba 28, argumentando que facilitaba el microtr\u00e1fico al permitir que se encubriera como consumo personal el tr\u00e1fico de peque\u00f1as cantidades. Esta eliminaci\u00f3n dej\u00f3 un vac\u00edo legal que fue parcialmente cubierto por una resoluci\u00f3n de la Corte Nacional de Justicia n\u00famero 14-2023, instruyendo a jueces y fiscales a evaluar caso por caso, bas\u00e1ndose en an\u00e1lisis meticuloso del caso en concreto.<\/p>\n<p>La Ley Org\u00e1nica de Solidaridad Nacional, aprobada el 7 de junio del 2025, reforma el art\u00edculo 228 del C\u00f3digo Org\u00e1nico Integral Penal (COIP) para establecer que los par\u00e1metros para determinar el consumo personal de drogas ser\u00e1n fijados y actualizados mediante una resoluci\u00f3n conjunta entre el Ministerio de Salud P\u00fablica, la Fiscal\u00eda General del Estado y el Consejo de la Judicatura. Lo que busca evitar la criminalizaci\u00f3n de los consumidores y garantizar que no se confundan con traficantes por la sola posesi\u00f3n de una cantidad determinada.<\/p>\n<p>La nueva normativa establece que no se presumir\u00e1 el consumo de drogas en ning\u00fan caso. Por lo tanto, ser\u00e1 requisito obligatorio la realizaci\u00f3n de pericias toxicol\u00f3gicas o psicol\u00f3gicas antes de emitir cualquier decisi\u00f3n o informe legal correspondiente. Lo cual permite una evaluaci\u00f3n m\u00e1s justa y precisa de cada situaci\u00f3n, diferenciando claramente entre consumo personal y microtr\u00e1fico.<\/p>\n<p>Aunque la reforma ha sido vista como un avance hacia un trato m\u00e1s justo para los consumidores, algunos expertos en derecho penal han cuestionado la participaci\u00f3n de entidades judiciales en la definici\u00f3n de par\u00e1metros t\u00e9cnicos sobre adicciones, argumentando que se trata de un tema de salud p\u00fablica que requiere la intervenci\u00f3n de especialistas. Adem\u00e1s, la implementaci\u00f3n efectiva de estos nuevos criterios depender\u00e1 de la capacitaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n entre las instituciones involucradas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El 7 de junio de 2025, la Asamblea Nacional de Ecuador aprob\u00f3 la Ley Org\u00e1nica de Solidaridad Nacional, una reforma integral que busca fortalecer la lucha contra el crimen organizado. Esta ley introduce cambios significativos en la regulaci\u00f3n del consumo de drogas, reemplazando la anterior \u00abTabla de Drogas\u00bb por un sistema m\u00e1s t\u00e9cnico y contextualizado. La Tabla de Umbrales de Consumo, tambi\u00e9n conocida como \u00abTabla de Drogas\u00bb establecida en 2013 por el Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotr\u00f3picas (CONSEP), fijaba cantidades m\u00e1ximas de diversas sustancias que una persona pod\u00eda portar para que se considerara consumo personal y no tr\u00e1fico il\u00edcito. 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Lo que busca evitar la criminalizaci\u00f3n de los consumidores y garantizar que no se confundan con traficantes por la sola posesi\u00f3n de una cantidad determinada. La nueva normativa establece que no se presumir\u00e1 el consumo de drogas en ning\u00fan caso. Por lo tanto, ser\u00e1 requisito obligatorio la realizaci\u00f3n de pericias toxicol\u00f3gicas o psicol\u00f3gicas antes de emitir cualquier decisi\u00f3n o informe legal correspondiente. Lo cual permite una evaluaci\u00f3n m\u00e1s justa y precisa de cada situaci\u00f3n, diferenciando claramente entre consumo personal y microtr\u00e1fico. Aunque la reforma ha sido vista como un avance hacia un trato m\u00e1s justo para los consumidores, algunos expertos en derecho penal han cuestionado la participaci\u00f3n de entidades judiciales en la definici\u00f3n de par\u00e1metros t\u00e9cnicos sobre adicciones, argumentando que se trata de un tema de salud p\u00fablica que requiere la intervenci\u00f3n de especialistas. 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