{"id":22438,"date":"2025-04-02T04:00:06","date_gmt":"2025-04-02T09:00:06","guid":{"rendered":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/?p=22438"},"modified":"2025-04-01T15:25:44","modified_gmt":"2025-04-01T20:25:44","slug":"santiago-erraez-expone-causales-para-la-remocion-del-alcalde-de-loja-franco-quezada","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/santiago-erraez-expone-causales-para-la-remocion-del-alcalde-de-loja-franco-quezada\/","title":{"rendered":"Santiago Err\u00e1ez expone causales para la remoci\u00f3n del alcalde de Loja Franco Quezada"},"content":{"rendered":"<p>En una reciente entrevista en el espacio <strong>Frente a Frente de Diario El Amaz\u00f3nico,<\/strong> el concejal del cant\u00f3n Loja, Santiago Err\u00e1ez, explic\u00f3 las causales que sustentan el pedido de remoci\u00f3n del alcalde Franco Quezada. Durante su intervenci\u00f3n, Err\u00e1ez detall\u00f3 los mecanismos legales para la destituci\u00f3n de un alcalde y argument\u00f3 que la remoci\u00f3n es un proceso interno del cabildo que requiere el voto favorable de dos terceras partes del Concejo Municipal.<\/p>\n<p><strong>El edil destac\u00f3 cinco causales que sustentan esta solicitud:<\/strong><br \/>\n<strong>1.<\/strong> Desobediencia a ordenanzas y resoluciones del cabildo. Seg\u00fan Err\u00e1ez, el alcalde incumpli\u00f3 dos ordenanzas y tres resoluciones municipales, incluyendo la exigencia de retirar los logos institucionales de color rojo, cuya similitud con s\u00edmbolos partidistas fue se\u00f1alada por el cabildo.<\/p>\n<p><strong>2.<\/strong> Falta de ejecuci\u00f3n del \u00abMes de la M\u00fasica\u00bb en marzo, una actividad planificada para dinamizar la econom\u00eda y la vida cultural de Loja, cuya omisi\u00f3n contravino disposiciones municipales.<\/p>\n<p><strong>3.<\/strong> Desacato a la normativa sobre recorridos de desfiles c\u00edvicos. La ordenanza establece que los desfiles deben realizarse en la parte norte de la ciudad, sin embargo, el alcalde habr\u00eda autorizado su desarrollo en el centro de la urbe por dos a\u00f1os consecutivos.<\/p>\n<p><strong>4.<\/strong> Irregularidades en la designaci\u00f3n de funcionarios. Err\u00e1ez sostuvo que varios funcionarios municipales no cumplen con los requisitos de perfil y experiencia establecidos en el manual de valoraci\u00f3n de impuestos y en la normativa municipal.<\/p>\n<p><strong>5.<\/strong> Conflicto de intereses en el nombramiento de una funcionaria. Se se\u00f1al\u00f3 que una nuera del alcalde ocupa un cargo directivo en una empresa p\u00fablica sin cumplir con los requisitos exigidos.<\/p>\n<p>El concejal mencion\u00f3 que esta es la segunda vez que se plantea una solicitud de remoci\u00f3n. En la primera ocasi\u00f3n, el proceso fue devuelto debido a la falta de un tr\u00e1mite notarial de reconocimiento de firmas, lo que impidi\u00f3 su avance. No obstante, en esta nueva solicitud se han fortalecido los argumentos con cinco causales debidamente documentadas.<\/p>\n<p>En cuanto al proceso de remoci\u00f3n, Err\u00e1ez explic\u00f3 que la vicealcaldesa debe convocar a la Comisi\u00f3n de Mesa para el an\u00e1lisis del caso en un plazo de diez d\u00edas. Posteriormente, se emitir\u00e1 un informe que ser\u00e1 sometido a votaci\u00f3n en una sesi\u00f3n extraordinaria del cabildo. De aprobarse la remoci\u00f3n con al menos ocho votos a favor, el alcalde a\u00fan podr\u00eda interponer un recurso ante el Tribunal Contencioso Electoral, instancia que resolver\u00eda el caso en un lapso de dos a tres meses.<\/p>\n<p>Err\u00e1ez enfatiz\u00f3 que la ciudadan\u00eda est\u00e1 inconforme con la gesti\u00f3n actual y que diversas encuestas reflejan un descontento mayoritario.<\/p>\n<p>Asimismo, advirti\u00f3 que la falta de ejecuci\u00f3n presupuestaria ha limitado el desarrollo de obras en la ciudad, afectando servicios esenciales como el sistema de agua potable y alcantarillado.<\/p>\n<p>El concejal finaliz\u00f3 su intervenci\u00f3n subrayando que, de aprobarse la remoci\u00f3n, la vicealcaldesa asumir\u00eda el cargo en cumplimiento de la normativa vigente, garantizando la continuidad de la administraci\u00f3n municipal.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En una reciente entrevista en el espacio Frente a Frente de Diario El Amaz\u00f3nico, el concejal del cant\u00f3n Loja, Santiago Err\u00e1ez, explic\u00f3 las causales que sustentan el pedido de remoci\u00f3n del alcalde Franco Quezada. Durante su intervenci\u00f3n, Err\u00e1ez detall\u00f3 los mecanismos legales para la destituci\u00f3n de un alcalde y argument\u00f3 que la remoci\u00f3n es un proceso interno del cabildo que requiere el voto favorable de dos terceras partes del Concejo Municipal. El edil destac\u00f3 cinco causales que sustentan esta solicitud: 1. Desobediencia a ordenanzas y resoluciones del cabildo. Seg\u00fan Err\u00e1ez, el alcalde incumpli\u00f3 dos ordenanzas y tres resoluciones municipales, incluyendo la exigencia de retirar los logos institucionales de color rojo, cuya similitud con s\u00edmbolos partidistas fue se\u00f1alada por el cabildo. 2. Falta de ejecuci\u00f3n del \u00abMes de la M\u00fasica\u00bb en marzo, una actividad planificada para dinamizar la econom\u00eda y la vida cultural de Loja, cuya omisi\u00f3n contravino disposiciones municipales. 3. Desacato a la normativa sobre recorridos de desfiles c\u00edvicos. La ordenanza establece que los desfiles deben realizarse en la parte norte de la ciudad, sin embargo, el alcalde habr\u00eda autorizado su desarrollo en el centro de la urbe por dos a\u00f1os consecutivos. 4. Irregularidades en la designaci\u00f3n de funcionarios. Err\u00e1ez sostuvo que varios funcionarios municipales no cumplen con los requisitos de perfil y experiencia establecidos en el manual de valoraci\u00f3n de impuestos y en la normativa municipal. 5. Conflicto de intereses en el nombramiento de una funcionaria. Se se\u00f1al\u00f3 que una nuera del alcalde ocupa un cargo directivo en una empresa p\u00fablica sin cumplir con los requisitos exigidos. El concejal mencion\u00f3 que esta es la segunda vez que se plantea una solicitud de remoci\u00f3n. En la primera ocasi\u00f3n, el proceso fue devuelto debido a la falta de un tr\u00e1mite notarial de reconocimiento de firmas, lo que impidi\u00f3 su avance. No obstante, en esta nueva solicitud se han fortalecido los argumentos con cinco causales debidamente documentadas. En cuanto al proceso de remoci\u00f3n, Err\u00e1ez explic\u00f3 que la vicealcaldesa debe convocar a la Comisi\u00f3n de Mesa para el an\u00e1lisis del caso en un plazo de diez d\u00edas. Posteriormente, se emitir\u00e1 un informe que ser\u00e1 sometido a votaci\u00f3n en una sesi\u00f3n extraordinaria del cabildo. De aprobarse la remoci\u00f3n con al menos ocho votos a favor, el alcalde a\u00fan podr\u00eda interponer un recurso ante el Tribunal Contencioso Electoral, instancia que resolver\u00eda el caso en un lapso de dos a tres meses. Err\u00e1ez enfatiz\u00f3 que la ciudadan\u00eda est\u00e1 inconforme con la gesti\u00f3n actual y que diversas encuestas reflejan un descontento mayoritario. Asimismo, advirti\u00f3 que la falta de ejecuci\u00f3n presupuestaria ha limitado el desarrollo de obras en la ciudad, afectando servicios esenciales como el sistema de agua potable y alcantarillado. 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