{"id":21763,"date":"2025-03-05T19:05:30","date_gmt":"2025-03-06T00:05:30","guid":{"rendered":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/?p=21763"},"modified":"2025-03-05T19:05:30","modified_gmt":"2025-03-06T00:05:30","slug":"la-corte-constitucional-hala-las-orejas-a-las-autoridades-de-seguridad-y-ahora-supervisara-sus-tareas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/la-corte-constitucional-hala-las-orejas-a-las-autoridades-de-seguridad-y-ahora-supervisara-sus-tareas\/","title":{"rendered":"La Corte Constitucional &#8216;hala las orejas&#8217; a las autoridades de seguridad y ahora supervisar\u00e1 sus tareas"},"content":{"rendered":"<p>La Corte Constitucional (CC) dio un golpe sobre la mesa. Despu\u00e9s de que el presidente Daniel Noboa mantuviera al pa\u00eds en estado de excepci\u00f3n los dos primeros meses del a\u00f1o, los magistrados ordenaron la creaci\u00f3n de una \u00abcomisi\u00f3n interinstitucional\u00bb\u00a0para ejecutar acciones contra la inseguridad.<\/p>\n<p>En su \u00faltimo dictamen, la Corte exige al Ejecutivo que, si decide declarar nuevos estados de excepci\u00f3n, estar\u00e1 obligado a justificar que ya \u00abha implementado las medidas\u00a0disponibles en el r\u00e9gimen ordinario y demostrar que aquellas que no est\u00e1n disponibles\u00a0y son necesarias, no responden a su inacci\u00f3n o negligencia, sino que se encuentran en\u00a0proceso &#8216;de ejecuci\u00f3n'\u00bb.<\/p>\n<p>Con el documento, los magistrados declararon inconstitucional la recurrente excusa del conflicto armado interno para decretar el estado de excepci\u00f3n en siete provincias y tres cantones.\u00a0Porque el decreto \u00abdevela que el Presidente de la Rep\u00fablica no ha\u00a0justificado de manera adecuada la necesidad de la declaratoria del estado de\u00a0excepci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p>Pero permitieron que la medida se mantenga bajo el argumento de la conmoci\u00f3n interna provocada. De todas formas, los jueces enfatizan la ausencia de pol\u00edticas de Estado y planes de seguridad que fijen directrices claras frente a las amenazas y da\u00f1os a la convivencia pac\u00edfica de la ciudadan\u00eda.<\/p>\n<p>Por eso, todas las instituciones a las que la Corte ya ha exhortado a actuar en sus dict\u00e1menes previos, deber\u00e1n formar parte de esta nueva comisi\u00f3n interinstitucional obligatoria, con delegados propios:<\/p>\n<p>Por la Funci\u00f3n Ejecutiva: la Presidencia, los ministerios del\u00a0Interior, de Defensa, de Inclusi\u00f3n Econ\u00f3mica, de Econom\u00eda, el Servicio Penintenciario (SNAI), las Fuerzas Armadas y la Polic\u00eda Nacional.<br \/>\nPor la Funci\u00f3n Legislativa: un representante de cada bancada y un delegado de la Presidencia de la Asamblea Nacional.<br \/>\nPor la Funci\u00f3n Judicial: Consejo de la Judicatura y Fiscal\u00eda General del\u00a0Estado.<br \/>\nPor la Funci\u00f3n de Transparencia: Defensor\u00eda del Pueblo.<br \/>\nPero los jueces constitucionales no van a dejar la actuaci\u00f3n de estas autoridades a su voluntad. Esta comisi\u00f3n sesionar\u00e1 en las instalaciones de la misma Corte, que actuar\u00e1 como facilitadora. Las sesiones ser\u00e1n obligatorias cada dos meses, sin contar las convocatorias extraordinarias que puedan existir.<\/p>\n<p>En cada sesi\u00f3n, los delegados de estas instituciones deber\u00e1n presentar sus avances y propuestas, as\u00ed como obst\u00e1culos y problemas de implementaci\u00f3n. Y discutir\u00e1n los informes presentados, as\u00ed como las medidas a ejecutar de forma coordinada, \u00absiempre con informaci\u00f3n de sustento\u00bb.<\/p>\n<p>Y para que nadie se rezague, los magistrados determinaron que, en la primera sesi\u00f3n que convoque la Corte, la comisi\u00f3n \u00abdeber\u00e1 elaborar un cronograma\u00a0de trabajo con actividades claras y concretas que\u00a0implementar\u00e1 cada instituci\u00f3n para alcanzar el objetivo de desarrollar e\u00a0implementar herramientas para afrontar el problema estructural desde el\u00a0r\u00e9gimen constitucional ordinario\u00bb.<\/p>\n<p>Es decir, sin recurrir al r\u00e9gimen extraordinario que son los estados de excepci\u00f3n.<\/p>\n<p>Pero, \u00bfpor qu\u00e9? La respuesta de la Corte es sencilla, porque \u00abes claro que la Funci\u00f3n Ejecutiva dispone de un amplio aparataje para llevar a cabo sus deberes constitucionales y legales para brindar seguridad a sus ciudadanos de manera ordinaria\u00bb.<\/p>\n<p>En este dictamen\u00a01-25-EE\/25, del 21 de febrero, los jueces tambi\u00e9n\u00a0establecieron el \u00abseguimiento y evaluaci\u00f3n de los esfuerzos de las autoridades para transitar al\u00a0r\u00e9gimen constitucional ordinario y contar con herramientas para responder al\u00a0problema estructural de la violencia y crimen organizado\u00bb.<\/p>\n<p>Para esto la Corte abri\u00f3 de manera inmediata la fase de seguimiento de su dictamen, durante el cual podr\u00e1 modular, eliminar o dictaminar nuevas medidas o mecanismos de seguimiento.<\/p>\n<p><strong>La terquedad de los gobernantes<\/strong><br \/>\nEn este dictamen, la Corte Constitucional recuerda que, pese a todas sus advertencias, los gobernantes insisten en recurrir a los estados de excepci\u00f3n. Sucedi\u00f3 en 2021, 2022, 2023 y continu\u00f3 en 2024, cuando Ecuador vivi\u00f3 en un estado de excepci\u00f3n permanente, con 10 decretos de Daniel Noboa.<\/p>\n<p>Por eso, los jueces recalcan que en todos sus dict\u00e1menes previos, el organismo \u00abya le ha recordado al presidente, en m\u00faltiples ocasiones,\u00a0que los problemas estructurales como el incremento de la criminalidad deben tratarse con\u00a0medidas estructurales y que, para ello, no se debe abusar de los estados de excepci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<blockquote><p>\u00abLa\u00a0 Corte Constitucional ha identificado que la recurrencia de los estados de excepci\u00f3n pone en evidencia la carencia de pol\u00edticas de Estado y planes de seguridad\u00bb.<\/p><\/blockquote>\n<p><strong>\u00bfD\u00f3nde queda el Consejo de Seguridad?<\/strong><br \/>\nEl Consejo de Seguridad P\u00fablica y del Estado (Cosepe) es la m\u00e1xima entidad del pa\u00eds en la materia y tiene como funci\u00f3n asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica sobre las pol\u00edticas, planes y estrategias de Estado, y sobre sus procedimientos.<\/p>\n<p>As\u00ed mismo, debe recomendar la adopci\u00f3n de medidas de prevenci\u00f3n e intervenci\u00f3n en casos de acontecimientos graves o amenazas que afecten o puedan afectar la integridad de los habitantes y del Estado.<\/p>\n<p>Este Consejo est\u00e1 conformado, en teor\u00eda, por 14 altos funcionarios del \u00e1rea, que incluyen a las m\u00e1ximas autoridades de cuatro funciones del Estado o sus delegados: el Primer Mandatario, los presidentes de la Asamblea, Judicatura, Corte Nacional de Justicia y Funci\u00f3n de Transparencia.<\/p>\n<p>A ellos se suman los titulares de Defensa, Interior, Relaciones Exteriores, Inteligencia Estrat\u00e9gica (CIES), y Atenci\u00f3n a Privados de Libertad (SNAI). Y los comandantes del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y de la Polic\u00eda Nacional.<\/p>\n<p>Es decir, casi las mismas autoridades a las que la Corte Constitucional acaba de reprender en su \u00faltimo dictamen. Sin embargo, como la CC no puede evaluar las actuaciones del Cosepe, tuvo que crear una comisi\u00f3n paralela, a la que pueda obligar a sesionar y presentar acciones, as\u00ed como avances de gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>Por eso los magistrados explican que \u00abante la falta de capacidad, voluntad pol\u00edtica y coordinaci\u00f3n de estas instituciones, esta Corte se ve en la necesidad de adoptar, como medida para evitar la desnaturalizaci\u00f3n del estado de excepci\u00f3n, la creaci\u00f3n de un \u201cmecanismo t\u00e9cnico para superar los problemas estructurales de violencia y crimen organizado\u201d. <strong>Fuente: Primicias<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Corte Constitucional (CC) dio un golpe sobre la mesa. Despu\u00e9s de que el presidente Daniel Noboa mantuviera al pa\u00eds en estado de excepci\u00f3n los dos primeros meses del a\u00f1o, los magistrados ordenaron la creaci\u00f3n de una \u00abcomisi\u00f3n interinstitucional\u00bb\u00a0para ejecutar acciones contra la inseguridad. En su \u00faltimo dictamen, la Corte exige al Ejecutivo que, si decide declarar nuevos estados de excepci\u00f3n, estar\u00e1 obligado a justificar que ya \u00abha implementado las medidas\u00a0disponibles en el r\u00e9gimen ordinario y demostrar que aquellas que no est\u00e1n disponibles\u00a0y son necesarias, no responden a su inacci\u00f3n o negligencia, sino que se encuentran en\u00a0proceso &#8216;de ejecuci\u00f3n&#8217;\u00bb. Con el documento, los magistrados declararon inconstitucional la recurrente excusa del conflicto armado interno para decretar el estado de excepci\u00f3n en siete provincias y tres cantones.\u00a0Porque el decreto \u00abdevela que el Presidente de la Rep\u00fablica no ha\u00a0justificado de manera adecuada la necesidad de la declaratoria del estado de\u00a0excepci\u00f3n\u00bb. Pero permitieron que la medida se mantenga bajo el argumento de la conmoci\u00f3n interna provocada. De todas formas, los jueces enfatizan la ausencia de pol\u00edticas de Estado y planes de seguridad que fijen directrices claras frente a las amenazas y da\u00f1os a la convivencia pac\u00edfica de la ciudadan\u00eda. Por eso, todas las instituciones a las que la Corte ya ha exhortado a actuar en sus dict\u00e1menes previos, deber\u00e1n formar parte de esta nueva comisi\u00f3n interinstitucional obligatoria, con delegados propios: Por la Funci\u00f3n Ejecutiva: la Presidencia, los ministerios del\u00a0Interior, de Defensa, de Inclusi\u00f3n Econ\u00f3mica, de Econom\u00eda, el Servicio Penintenciario (SNAI), las Fuerzas Armadas y la Polic\u00eda Nacional. Por la Funci\u00f3n Legislativa: un representante de cada bancada y un delegado de la Presidencia de la Asamblea Nacional. Por la Funci\u00f3n Judicial: Consejo de la Judicatura y Fiscal\u00eda General del\u00a0Estado. Por la Funci\u00f3n de Transparencia: Defensor\u00eda del Pueblo. Pero los jueces constitucionales no van a dejar la actuaci\u00f3n de estas autoridades a su voluntad. Esta comisi\u00f3n sesionar\u00e1 en las instalaciones de la misma Corte, que actuar\u00e1 como facilitadora. Las sesiones ser\u00e1n obligatorias cada dos meses, sin contar las convocatorias extraordinarias que puedan existir. En cada sesi\u00f3n, los delegados de estas instituciones deber\u00e1n presentar sus avances y propuestas, as\u00ed como obst\u00e1culos y problemas de implementaci\u00f3n. Y discutir\u00e1n los informes presentados, as\u00ed como las medidas a ejecutar de forma coordinada, \u00absiempre con informaci\u00f3n de sustento\u00bb. Y para que nadie se rezague, los magistrados determinaron que, en la primera sesi\u00f3n que convoque la Corte, la comisi\u00f3n \u00abdeber\u00e1 elaborar un cronograma\u00a0de trabajo con actividades claras y concretas que\u00a0implementar\u00e1 cada instituci\u00f3n para alcanzar el objetivo de desarrollar e\u00a0implementar herramientas para afrontar el problema estructural desde el\u00a0r\u00e9gimen constitucional ordinario\u00bb. Es decir, sin recurrir al r\u00e9gimen extraordinario que son los estados de excepci\u00f3n. Pero, \u00bfpor qu\u00e9? La respuesta de la Corte es sencilla, porque \u00abes claro que la Funci\u00f3n Ejecutiva dispone de un amplio aparataje para llevar a cabo sus deberes constitucionales y legales para brindar seguridad a sus ciudadanos de manera ordinaria\u00bb. En este dictamen\u00a01-25-EE\/25, del 21 de febrero, los jueces tambi\u00e9n\u00a0establecieron el \u00abseguimiento y evaluaci\u00f3n de los esfuerzos de las autoridades para transitar al\u00a0r\u00e9gimen constitucional ordinario y contar con herramientas para responder al\u00a0problema estructural de la violencia y crimen organizado\u00bb. Para esto la Corte abri\u00f3 de manera inmediata la fase de seguimiento de su dictamen, durante el cual podr\u00e1 modular, eliminar o dictaminar nuevas medidas o mecanismos de seguimiento. La terquedad de los gobernantes En este dictamen, la Corte Constitucional recuerda que, pese a todas sus advertencias, los gobernantes insisten en recurrir a los estados de excepci\u00f3n. Sucedi\u00f3 en 2021, 2022, 2023 y continu\u00f3 en 2024, cuando Ecuador vivi\u00f3 en un estado de excepci\u00f3n permanente, con 10 decretos de Daniel Noboa. Por eso, los jueces recalcan que en todos sus dict\u00e1menes previos, el organismo \u00abya le ha recordado al presidente, en m\u00faltiples ocasiones,\u00a0que los problemas estructurales como el incremento de la criminalidad deben tratarse con\u00a0medidas estructurales y que, para ello, no se debe abusar de los estados de excepci\u00f3n\u201d. \u00abLa\u00a0 Corte Constitucional ha identificado que la recurrencia de los estados de excepci\u00f3n pone en evidencia la carencia de pol\u00edticas de Estado y planes de seguridad\u00bb. \u00bfD\u00f3nde queda el Consejo de Seguridad? El Consejo de Seguridad P\u00fablica y del Estado (Cosepe) es la m\u00e1xima entidad del pa\u00eds en la materia y tiene como funci\u00f3n asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica sobre las pol\u00edticas, planes y estrategias de Estado, y sobre sus procedimientos. As\u00ed mismo, debe recomendar la adopci\u00f3n de medidas de prevenci\u00f3n e intervenci\u00f3n en casos de acontecimientos graves o amenazas que afecten o puedan afectar la integridad de los habitantes y del Estado. Este Consejo est\u00e1 conformado, en teor\u00eda, por 14 altos funcionarios del \u00e1rea, que incluyen a las m\u00e1ximas autoridades de cuatro funciones del Estado o sus delegados: el Primer Mandatario, los presidentes de la Asamblea, Judicatura, Corte Nacional de Justicia y Funci\u00f3n de Transparencia. A ellos se suman los titulares de Defensa, Interior, Relaciones Exteriores, Inteligencia Estrat\u00e9gica (CIES), y Atenci\u00f3n a Privados de Libertad (SNAI). 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