{"id":18826,"date":"2024-09-20T04:00:02","date_gmt":"2024-09-20T09:00:02","guid":{"rendered":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/?p=18826"},"modified":"2024-09-19T15:33:26","modified_gmt":"2024-09-19T20:33:26","slug":"proteccion-de-los-derechos-de-los-habitantes-afectados-por-el-cambio-de-morfologia-del-rio-zamora","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/proteccion-de-los-derechos-de-los-habitantes-afectados-por-el-cambio-de-morfologia-del-rio-zamora\/","title":{"rendered":"Protecci\u00f3n de los Derechos de los Habitantes Afectados por el Cambio de Morfolog\u00eda del R\u00edo Zamora"},"content":{"rendered":"<p>La Defensor\u00eda del Pueblo, a trav\u00e9s de su Delegaci\u00f3n Provincial en Zamora Chinchipe, emite el Exhorto Defensorial N.\u00ba 007 en favor de los habitantes afectados por las recientes alteraciones en la morfolog\u00eda del r\u00edo Zamora, situaci\u00f3n que pone en riesgo a la poblaci\u00f3n local. Esta transformaci\u00f3n del cauce fluvial ha sido consecuencia de actividades desarrolladas en las riberas del r\u00edo, afectando principalmente a los barrios de Nambija Bajo y Chamico, en la parroquia Cumbaratza, cant\u00f3n Zamora.<\/p>\n<p>De acuerdo con lo estipulado en la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica del Ecuador, la Defensor\u00eda del Pueblo tiene la obligaci\u00f3n de proteger los derechos de la ciudadan\u00eda, extendiendo esta protecci\u00f3n no solo mediante mecanismos defensivos, sino tambi\u00e9n mediante una acci\u00f3n preventiva coordinada con otras entidades del poder p\u00fablico y el sector privado. Este enfoque incluye la defensa de los derechos de la naturaleza y el bienestar de los habitantes en su entorno.<\/p>\n<p>Consideraciones Constitucionales<\/p>\n<p>La Constituci\u00f3n del Ecuador, en sus art\u00edculos 3, 14 y 66, establece como deber primordial del Estado la protecci\u00f3n del patrimonio natural y el derecho de la poblaci\u00f3n a vivir en un ambiente sano y equilibrado. Estos principios se complementan con los derechos reconocidos a la naturaleza en los art\u00edculos 71, 72 y 73, que imponen al Estado la obligaci\u00f3n de aplicar medidas precautorias para prevenir la destrucci\u00f3n de ecosistemas o alteraciones permanentes en los ciclos naturales.<\/p>\n<p>Asimismo, el art\u00edculo 264 de la Constituci\u00f3n delega a los Gobiernos Aut\u00f3nomos Descentralizados (GAD) la responsabilidad de regular el uso y control de riberas de r\u00edos, entre otras competencias territoriales y ambientales.<\/p>\n<p>Antecedentes<\/p>\n<p>A trav\u00e9s de informes ciudadanos y medios locales, la Defensor\u00eda del Pueblo ha tomado conocimiento del descontento por la falta de coordinaci\u00f3n institucional y de acciones concretas para mitigar las inundaciones que, de manera recurrente, afectan a las comunidades durante la temporada invernal. Las inundaciones m\u00e1s recientes, los d\u00edas 18 y 19 de mayo de 2024, causaron p\u00e9rdidas econ\u00f3micas significativas y pusieron en riesgo la vida de los habitantes de Nambija Bajo y Chamico.<\/p>\n<p>Ante esta problem\u00e1tica, la Defensor\u00eda ha sostenido reuniones con autoridades locales para evaluar las actividades que han generado cambios en el cauce del r\u00edo Zamora. Adem\u00e1s, ha solicitado informes a la Secretar\u00eda de Gesti\u00f3n de Riesgos sobre los da\u00f1os ocasionados por las recientes inundaciones.<\/p>\n<p><strong>Resoluciones:<\/strong><\/p>\n<p><strong>En uso de sus atribuciones legales, la Defensor\u00eda del Pueblo de Zamora Chinchipe, resuelve:<\/strong><\/p>\n<p>Exhortar al alcalde del cant\u00f3n Zamora y presidente del COE Cantonal, V\u00edctor Manuel Gonz\u00e1lez Salinas, para que active las mesas t\u00e9cnicas de trabajo y se implementen acciones preventivas en las zonas de riesgo, como Nambija Bajo y Chamico.<\/p>\n<p>Solicitar a cada mesa t\u00e9cnica la formulaci\u00f3n y activaci\u00f3n de planes de prevenci\u00f3n de acuerdo con sus competencias espec\u00edficas.<\/p>\n<p>Remitir los planes de prevenci\u00f3n generados por las mesas t\u00e9cnicas a la Delegaci\u00f3n Provincial de la Defensor\u00eda del Pueblo para su seguimiento y evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Designar al Ab. Hugo Chac\u00f3n Cueva, Especialista de Usuarios y Consumidores de la Defensor\u00eda del Pueblo, como responsable del seguimiento de este exhorto. Contacto: hugo.chacon@dpe.gob.ec o al 0960297319.<\/p>\n<p>Este llamado busca proteger los derechos de las comunidades afectadas por las crecidas del r\u00edo Zamora, garantizando su seguridad y bienestar, as\u00ed como la sostenibilidad del entorno natural.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Defensor\u00eda del Pueblo, a trav\u00e9s de su Delegaci\u00f3n Provincial en Zamora Chinchipe, emite el Exhorto Defensorial N.\u00ba 007 en favor de los habitantes afectados por las recientes alteraciones en la morfolog\u00eda del r\u00edo Zamora, situaci\u00f3n que pone en riesgo a la poblaci\u00f3n local. Esta transformaci\u00f3n del cauce fluvial ha sido consecuencia de actividades desarrolladas en las riberas del r\u00edo, afectando principalmente a los barrios de Nambija Bajo y Chamico, en la parroquia Cumbaratza, cant\u00f3n Zamora. De acuerdo con lo estipulado en la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica del Ecuador, la Defensor\u00eda del Pueblo tiene la obligaci\u00f3n de proteger los derechos de la ciudadan\u00eda, extendiendo esta protecci\u00f3n no solo mediante mecanismos defensivos, sino tambi\u00e9n mediante una acci\u00f3n preventiva coordinada con otras entidades del poder p\u00fablico y el sector privado. Este enfoque incluye la defensa de los derechos de la naturaleza y el bienestar de los habitantes en su entorno. Consideraciones Constitucionales La Constituci\u00f3n del Ecuador, en sus art\u00edculos 3, 14 y 66, establece como deber primordial del Estado la protecci\u00f3n del patrimonio natural y el derecho de la poblaci\u00f3n a vivir en un ambiente sano y equilibrado. Estos principios se complementan con los derechos reconocidos a la naturaleza en los art\u00edculos 71, 72 y 73, que imponen al Estado la obligaci\u00f3n de aplicar medidas precautorias para prevenir la destrucci\u00f3n de ecosistemas o alteraciones permanentes en los ciclos naturales. Asimismo, el art\u00edculo 264 de la Constituci\u00f3n delega a los Gobiernos Aut\u00f3nomos Descentralizados (GAD) la responsabilidad de regular el uso y control de riberas de r\u00edos, entre otras competencias territoriales y ambientales. Antecedentes A trav\u00e9s de informes ciudadanos y medios locales, la Defensor\u00eda del Pueblo ha tomado conocimiento del descontento por la falta de coordinaci\u00f3n institucional y de acciones concretas para mitigar las inundaciones que, de manera recurrente, afectan a las comunidades durante la temporada invernal. Las inundaciones m\u00e1s recientes, los d\u00edas 18 y 19 de mayo de 2024, causaron p\u00e9rdidas econ\u00f3micas significativas y pusieron en riesgo la vida de los habitantes de Nambija Bajo y Chamico. Ante esta problem\u00e1tica, la Defensor\u00eda ha sostenido reuniones con autoridades locales para evaluar las actividades que han generado cambios en el cauce del r\u00edo Zamora. Adem\u00e1s, ha solicitado informes a la Secretar\u00eda de Gesti\u00f3n de Riesgos sobre los da\u00f1os ocasionados por las recientes inundaciones. Resoluciones: En uso de sus atribuciones legales, la Defensor\u00eda del Pueblo de Zamora Chinchipe, resuelve: Exhortar al alcalde del cant\u00f3n Zamora y presidente del COE Cantonal, V\u00edctor Manuel Gonz\u00e1lez Salinas, para que active las mesas t\u00e9cnicas de trabajo y se implementen acciones preventivas en las zonas de riesgo, como Nambija Bajo y Chamico. Solicitar a cada mesa t\u00e9cnica la formulaci\u00f3n y activaci\u00f3n de planes de prevenci\u00f3n de acuerdo con sus competencias espec\u00edficas. Remitir los planes de prevenci\u00f3n generados por las mesas t\u00e9cnicas a la Delegaci\u00f3n Provincial de la Defensor\u00eda del Pueblo para su seguimiento y evaluaci\u00f3n. Designar al Ab. Hugo Chac\u00f3n Cueva, Especialista de Usuarios y Consumidores de la Defensor\u00eda del Pueblo, como responsable del seguimiento de este exhorto. Contacto: hugo.chacon@dpe.gob.ec o al 0960297319. Este llamado busca proteger los derechos de las comunidades afectadas por las crecidas del r\u00edo Zamora, garantizando su seguridad y bienestar, as\u00ed como la sostenibilidad del entorno natural.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":18827,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[243],"tags":[],"class_list":["post-18826","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias-zamora"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/18826","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=18826"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/18826\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":18828,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/18826\/revisions\/18828"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media\/18827"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=18826"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=18826"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.elamazonico.com\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=18826"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}