El Ministerio del Trabajo expidió este miércoles el acuerdo ministerial MDT- 2026-046, de diez artículos, que establece las reglas para la aplicación de horarios especiales y nuevas formas de distribución de la jornada laboral en el país.
La normativa define qué esquemas requieren autorización estatal, fija límites de horas y abre la posibilidad de reorganizar las 40 horas semanales de trabajo.
Según el documento, los horarios rotativos —diurnos, nocturnos o mixtos— en jornadas continuas o discontinuas deberán contar con la aprobación previa de la cartera de Estado.
El acuerdo también regula la posibilidad de extender la jornada diaria a cambio de más días de descanso a la semana. En estos casos, la carga laboral no podrá superar las 12 horas al día.
Posibilidad de redistribuir horas laborales a lo largo de cinco días
Otro de los ejes de la normativa es la denominada “jornada laboral eficiente para el desarrollo”, que permite redistribuir las 40 horas semanales en jornadas de hasta diez horas diarias a lo largo de cinco días. Es decir, trabajar ocho horas un lunes; seis horas un martes; diez horas un miércoles; siete horas un jueves y nueve horas un viernes.
Este esquema busca —según el Ministerio— mejorar el equilibrio entre vida personal y laboral, optimizar los tiempos de traslado, fomentar el empleo juvenil y femenino y reducir brechas salariales.
La aplicación de este modelo deberá constar en el contrato de trabajo o en una adenda y podrá incluir sistemas de registro de horas efectivamente laboradas para administrar la acumulación y compensación del tiempo. Fuente: Vistazo





