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Ministerio de Trabajo: Ningún empleador puede obligar a trabajadores a asistir a eventos o movilizaciones

Publicado elamazonico elamazonico 1 min de lectura

A través de un comunicado, el Ministerio de Trabajo advirtió que los empleadores no pueden obligar a sus trabajadores a asistir a eventos, concentraciones o movilizaciones de ninguna índole. La información se difundió este viernes, 20 de febrero de 2026.

En el documento se explica que esta medida rige para trabajadores del sector público y privado.

Se pueden hacer denuncias

Si el trabajador es obligado a ser parte de estas prácticas puede denunciar a los canales del Ministerio de Trabajo. Se garantizará el anonimato y la confidencialidad del denunciante para garantizar su estabilidad laboral y su integridad.

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Luego de recibir las denuncias, la cartera del ramo procederá con las inspecciones y medidas correspondientes de acuerdo a lo estipulado en el Código de Trabajo y la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep). Pueden darse sanciones para quienes incurran en estas faltas.

Los canales habilitados

El Ministerio de Trabajo habilitó estos canales:

Canal web: https://www.contactociudadano.gob.ec/

Línea telefónica: 1800 266 822

Presencial: ventanillas de atención de las direcciones regionales del Trabajo en todo el país.

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