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¡Cinco días de descanso! Daniel Noboa decreta feriado largo en Año Nuevo en Ecuador

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Ecuador vivirá un feriado largo en Año Nuevo. El presidente Daniel Noboa decreto que desde el miércoles 1 hasta el viernes 3 enero del 2025 sean días de descanso no recuperables a escala nacional. Al asueto obligatorio del 1 de enero se sumarán dos días, el jueves 2 y viernes 3, y se unirá con el fin de semana.

El presidente Daniel Noboa oficializó la decisión con el Decreto Ejecutivo 474, emitido este viernes 6 de diciembre del 2024. En el documento enfatizó que el feriado nacional no será recuperable y tiene como objetivo fortalecer el turismo en el país golpeado por la ola de inseguridad y los cortes de energía programados.

«El feriado aplica para el sector público y privado con el propósito de incorporarlos al descaso de Año Nuevo e incentivar el flujo turístico», señaló el Gobierno en un comunica.

La noticia se confirmó horas después de las declaraciones del ministro de Turismo, Mateo Estrella. El funcionario indicó, durante una entrevista a Teleamazonas, que la medida se aplicaría en fin de año para incentivar a que los ecuatorianos conozcan el país.

«Habrá buenas noticias en las próximas horas sobre el tema de feriados. Lo que va a potenciar la posibilidad de que el visitante ecuatoriano viaje por su país y lo conozcan. Se van a dar pronto las noticias para que pueda haber una planificación efectiva de las cosas. (El feriado largo será) para fin de año. 25 de diciembre se mantiene tal cual», adelantó Estrella.

También, el titular de la Cartera de Turismo indicó que el Gobierno está convencido que el apoyo al sector turístico se realiza con los feriados nacionales y por ello se evaluó el impacto económico que podría generar estos … días de asueto.

El asueto nacional terminará el domingo 5 de enero del 2025, el mismo día que arranca la campaña electoral, donde Daniel Noboa buscará la reelección.

Calendario de feriados de 2025

Con esta decisión, el 2025 contará con 11 feriados. El siguiente se aplicará el lunes 3 y martes 4 de marzo por Carnaval. Los otros días de asueto serán de la siguiente forma:

  • Viernes Santo: viernes 18 de abril
  • Día del Trabajo: jueves 1 de mayo se traslada al viernes 2 de mayo
  • Batalla de Pichincha: sábado 24 de mayo se traslada al viernes 23 de mayo
  • Primer Grito de Independencia: domingo 10 de agosto se traslada al lunes 11 de agosto
  • Independencia de Guayaquil: jueves 9 de octubre se traslada al viernes 10 de octubre
  • Día de Difuntos: domingo 2 se traslada al martes 4 de noviembre
  • Independencia de Cuenca: lunes 3 de noviembre
  • Navidad: jueves 25 de diciembre

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Derecho a la defensa en casos mediáticos: abogado Maxwell Camacho analiza los riesgos de la “condena pública”

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El programa La Tertulia Jurídica contó con la participación del abogado Maxwell Andrés Camacho Balseca, quien abordó el tema “El derecho a la defensa del procesado en casos mediáticos”, durante su intervención, Camacho Balseca explicó que los procesos penales de alta exposición pública enfrentan un desafío adicional: la construcción de una percepción social de culpabilidad antes de que exista una decisión judicial definitiva. A su criterio, la expansión de las redes sociales y la difusión inmediata de información han provocado que una investigación penal pueda convertirse rápidamente en titulares, tendencias y debates públicos.

Una trayectoria vinculada al litigio penal
Maxwell Andrés Camacho señaló que es magíster en Derecho Penal y cuenta además con formación en Derecho Financiero y de Seguridad en España, así como estudios en la Universidad Andina Simón Bolívar.

En su trayectoria profesional mencionó su experiencia como abogado litigante y en libre ejercicio, además de su paso por la Fiscalía General del Estado, específicamente en FEDOTI 9. También indicó haber ejercido en unidades judiciales penales y de familia, así como durante más de 17 años en un estudio jurídico. Su experiencia incluye asesoría a instituciones públicas y privadas y participación en procesos relacionados con juzgamiento, seguridad, derecho bursátil, investigaciones previas y etapas preparatorias y de juzgamiento.

El proceso penal no debe convertirse en un espectáculo
Al referirse a la mediatización de los procesos judiciales, Camacho recordó una reflexión atribuida a Francesco Carnelutti, relacionada con la necesidad de no confundir un proceso penal con un espectáculo destinado a generar emociones.

El jurista sostuvo que esta reflexión mantiene vigencia en la actualidad, especialmente en un contexto marcado por las transmisiones en tiempo real, TikTok, Instagram, X y otras plataformas digitales. Según explicó, un proceso penal puede abandonar rápidamente el ámbito estrictamente judicial y transformarse en un fenómeno comunicacional incluso antes de que concluya la investigación o exista una sentencia.

Camacho enfatizó que esta situación puede generar una especie de “subproceso comunicacional”, en el que tanto la acusación como la defensa buscan posicionar sus respectivas versiones ante la opinión pública. Esto puede generar presión y afectar la percepción sobre la situación jurídica de una persona procesada.

Diferenciar investigación, acusación y condena
Uno de los puntos centrales de la exposición fue la necesidad de diferenciar conceptos que, según el abogado, suelen confundirse en el ámbito comunicacional: sospecha, aprehensión, procesamiento, acusación y condena.

Camacho recordó que la formulación de cargos constituye una imputación contra una persona, pero no equivale a una declaración de culpabilidad. Por ello, sostuvo que la cobertura periodística debe evitar presentar como hechos comprobados aquellas hipótesis que todavía se encuentran sometidas a investigación y valoración judicial.

En este contexto, señaló que el derecho a la defensa no implica desconocer los derechos de las víctimas ni impedir que los medios informen sobre asuntos de interés público. Por el contrario, implica exigir que la responsabilidad penal sea determinada mediante un proceso válido, con investigación objetiva, acusación sustentada, posibilidad efectiva de contradicción y una decisión judicial debidamente motivada.

“Un caso puede volverse mediático, pero sus garantías constitucionales no pueden volverse opcionales”, sostuvo durante la exposición. La “criminología mediática” y la construcción de una culpabilidad anticipada

Otro de los conceptos abordados fue el de criminología mediática, relacionado por el expositor con los planteamientos de Eugenio Raúl Zaffaroni.

Camacho explicó que la ciudadanía construye buena parte de su percepción sobre el delito y sus presuntos responsables a partir de las noticias, imágenes, palabras y explicaciones que recibe diariamente. El riesgo, señaló, aparece cuando la información deja de presentar un hecho que debe ser investigado y comienza a construir una identidad pública de culpabilidad mediante estereotipos, información incompleta o contenidos descontextualizados.

En este escenario, una persona puede llegar a ser percibida socialmente como culpable mucho antes de que un tribunal determine su responsabilidad, generándose una especie de “juicio de opinión” paralelo al proceso judicial.

Presunción de inocencia y límites al poder punitivo
El abogado también destacó la importancia de la presunción de inocencia como una garantía frente al poder punitivo del Estado. Según la exposición, esta garantía exige que una persona sea tratada como inocente mientras su responsabilidad no haya sido desvirtuada mediante prueba lícita y una sentencia.

En ese sentido, aclaró que la presunción de inocencia no significa que el Estado deba permanecer inactivo. La Fiscalía puede investigar, solicitar medidas y formular una acusación cuando existan fundamentos; sin embargo, no debería anticipar comunicacionalmente un resultado que todavía debe ser demostrado dentro del proceso penal.

La importancia de una defensa técnica de confianza
Durante la exposición también se abordó el derecho de una persona procesada a contar con una defensa técnica de su confianza. Camacho sostuvo que el vínculo entre abogado y defendido resulta fundamental para garantizar una adecuada estrategia de defensa.

Asimismo, señaló que una persona puede cambiar de abogado y que esta posibilidad debe ejercerse bajo parámetros de buena fe y lealtad procesal, sin que la defensa pueda ser descalificada simplemente por ejercer los derechos que corresponden al procesado. También destacó garantías como el derecho a guardar silencio y la prohibición de autoincriminación.

Información pública, libertad de expresión y derecho a la honra
El expositor también se refirió al papel de los medios de comunicación y a la necesidad de equilibrar el derecho ciudadano a conocer asuntos de interés público con la protección de derechos individuales.

En particular, mencionó la protección de la honra, imagen, intimidad y datos personales, señalando que existen circunstancias concretas en las que la publicidad de determinada información puede estar limitada por el ordenamiento jurídico.

Finalmente, Camacho insistió en que la publicidad de los procesos puede contribuir al control democrático y a la fiscalización del sistema de justicia, pero advirtió que el problema surge cuando informar se transforma en una atribución anticipada de culpabilidad, cuando hipótesis son presentadas como hechos comprobados o cuando fragmentos de un expediente son difundidos sin su debido contexto.

Un debate vigente para la justicia y el periodismo
La participación de Maxwell Andrés Camacho en La Tertulia Jurídica planteó así un debate de especial relevancia para el sistema de justicia y para los medios de comunicación: cómo garantizar el derecho de la ciudadanía a estar informada sin convertir la exposición mediática de un proceso penal en una sentencia anticipada.

El eje de su intervención fue la necesidad de preservar el debido proceso, la presunción de inocencia y el derecho a la defensa, aun cuando un caso alcance altos niveles de exposición pública. En su análisis, la responsabilidad penal debe determinarse dentro de los mecanismos establecidos por la justicia y con base en la prueba actuada en el proceso, no en la presión, percepción o narrativa construida en redes sociales y medios de comunicación.

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Las ventas crecieron 16,7% en julio de este año

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El Servicio de Rentas Internas (SRI) informó que en julio pasado las ventas registradas mediante comprobantes electrónicos alcanzaron los USD 25.607,3 millones, lo que representa un crecimiento del 16,7% en comparación con el mismo período de 2025, cuando se reportaron USD 21.939,8 millones.

La entidad indicó que dichas cifras evidencian el dinamismo de la actividad productiva y el impacto de las políticas impulsadas por el Gobierno Nacional para fortalecer la inversión, fomentar la generación de empleo y consolidar un entorno de mayor estabilidad.

El SRI señaló que el crecimiento de julio también se vio reflejado en sectores estratégicos de la economía, como la construcción, que lideró el desempeño con un incremento del 38,1%, seguida por las actividades de salud, que crecieron 33,8%, y el sector de transporte y almacenamiento, con un aumento del 26,9%.

A escala territorial, el comportamiento de las ventas también fue positivo en varias provincias. Orellana registró el mayor crecimiento, con un 42%, seguida de Zamora Chinchipe, con 27%; Santa Elena, con 25,6%; y Chimborazo, con 24,6%, consolidándose como las jurisdicciones con mayor dinamismo económico durante el mes.

En términos de volumen de ventas, Pichincha y Guayas concentraron el 72% del total registrado en julio, al alcanzar USD 9.516,2 millones y USD 8.933,3 millones, respectivamente, lo que refleja el peso de ambas provincias en la actividad económica nacional.

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Hasta dos minutos de sismo que se sintieron eternos: cuánto duró el terremoto en Colombia

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El número de personas muertas por el devastador terremoto de magnitud 7,4 que sacudió el lunes a Colombia aumentó a 169, mientras que hay 668 heridos, según un balance parcial divulgado este martes por la Asociación Colombiana de Ciudades Capitales (Asocapitales).

“El balance preliminar asciende a 169 personas fallecidas en Colombia, 165 de ellas se registran en ciudades capitales, que concentran el 97,6 % de las víctimas mortales reportadas hasta el momento”, explicó la institución.

¿Cuánto duró?

El Servicio Geológico Colombiano, explicó en su cuenta de X, que no hay una sola respuesta. “Cuando hablamos de la duración de un sismo podemos estar hablando de tres cosas diferentes: cuánto tiempo lo sentimos las personas, cuánto tiempo lo registran nuestros instrumentos o cuánto dura el movimiento de la falla que lo origina”, indica.

La institución señala que, para monitorear la actividad sísmica, se usan sismómetros que son capaces de registrar movimientos del suelo que nosotros no alcanzamos a percibir.

“Por eso, mientras una persona puede sentir un sismo durante algunos segundos, las estaciones pueden registrar sus ondas durante varios minutos. De hecho, en Colombia todos los días ocurren sismos que nuestros instrumentos detectan, pero que nosotros no sentimos”, asegura.

¿ ́ ? Eso puede cambiar de una persona a otra. Depende de factores como la distancia al hipocentro (el lugar en el interior de la Tierra donde comienza la ruptura), las características del terreno y la construcción en la que nos encontremos.

En el caso del ́ , ́ de movimiento significativo. Sin embargo, algunos ciudadanos contaron que lo sintieron durante mucho tiempo y otros, por menos tiempo. “Esto es posible porque nuestra percepción del movimiento depende de todas las condiciones que mencionamos anteriormente”, apunta. (I) El Universo

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