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Alí Lozada Prado analiza los alcances de la garantía de motivación en las decisiones judiciales

Publicado elamazonico elamazonico 4 min de lectura
Actualizado: 11/10/2026

El juez de la Corte Constitucional del Ecuador participó en el programa La Tertulia Jurídica, donde explicó los fundamentos y desafíos de la Sentencia 1158-17-EP/21, referente a la motivación de las decisiones de las autoridades públicas.

La garantía de la motivación y su aplicación en el sistema judicial ecuatoriano fueron los ejes centrales de una nueva edición del programa La Tertulia Jurídica, que contó con la participación de Alí Lozada Prado, juez de la Corte Constitucional del Ecuador, para analizar los criterios jurídicos y los desafíos prácticos derivados de la Sentencia 1158-17-EP/21.

Durante el diálogo, el magistrado abordó los antecedentes de esta decisión jurisprudencial, expedida en 2021, y explicó las razones por las cuales la Corte Constitucional consideró necesario revisar el denominado test de motivación, utilizado anteriormente para evaluar la fundamentación de las decisiones judiciales.

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Según explicó Lozada Prado, aquel modelo se sustentaba en tres criterios: razonabilidad, lógica y comprensibilidad. Sin embargo, señaló que su diseño presentaba problemas metodológicos que podían conducir a interpretaciones inadecuadas y a confundir los errores jurídicos con las vulneraciones específicas de la garantía de motivación.

En este contexto, indicó que la Sentencia 1158-17-EP/21 buscó superar las limitaciones del modelo anterior y establecer pautas metodológicas que permitan examinar de manera más rigurosa si una decisión cuenta con una fundamentación suficiente.

La motivación como garantía del derecho a la defensa
Uno de los principales puntos desarrollados durante la entrevista fue la relación entre la motivación y el derecho a la defensa, reconocido en el artículo 76, numeral 7, literal l, de la Constitución de la República del Ecuador.

Lozada Prado explicó que las autoridades públicas deben justificar sus decisiones mediante fundamentos fácticos y jurídicos suficientes, de modo que las personas afectadas puedan comprender las razones de lo resuelto y ejercer adecuadamente los mecanismos de impugnación previstos en el ordenamiento jurídico.

El magistrado precisó que la garantía de motivación no supone que toda decisión deba ser necesariamente correcta, sino que debe ofrecer razones suficientes para justificarla. En consecuencia, los errores en la interpretación o aplicación de las normas y en la valoración de las pruebas deben analizarse a través de los mecanismos procesales correspondientes, sin confundirlos automáticamente con una vulneración de esta garantía constitucional.

Asimismo, distinguió dos escenarios relevantes para su análisis: la inexistencia de motivación, cuando una decisión carece de razones que la sustenten, y la insuficiencia de motivación, cuando existen argumentos, pero estos no alcanzan el nivel necesario para satisfacer las exigencias constitucionales.

La suficiencia argumentativa depende del caso concreto
Otro aspecto destacado fue la dificultad de establecer un parámetro único para determinar cuándo una motivación resulta suficiente. El juez sostuvo que este análisis requiere una valoración cualitativa de las circunstancias particulares de cada caso, especialmente de la posibilidad real que tiene la persona afectada de ejercer su derecho a la defensa.

Como ejemplo, explicó que no puede exigirse el mismo nivel de desarrollo argumentativo para justificar una multa administrativa de menor cuantía que para fundamentar una sentencia penal que imponga una prolongada privación de libertad. La complejidad del asunto y los derechos comprometidos inciden en el nivel de justificación requerido.

Durante la conversación también se planteó una interrogante sobre las resoluciones judiciales extensas que incluyen numerosas citas normativas, jurisprudenciales y doctrinarias, pero que pueden presentar un razonamiento propio limitado respecto de los hechos probados y la aplicación de las normas al caso concreto.

Esta cuestión permitió destacar la diferencia entre la extensión formal de una resolución y la suficiencia material de sus argumentos, un desafío relevante para la práctica judicial y el estudio del derecho constitucional.

Un espacio para el análisis jurídico y académico
La participación de Alí Lozada Prado permitió profundizar en los fundamentos de una sentencia de especial relevancia para la argumentación jurídica en Ecuador y promover la reflexión sobre las responsabilidades de quienes administran justicia al momento de fundamentar sus decisiones.

El programa La Tertulia Jurídica constituye un espacio de diálogo y divulgación jurídica orientado al análisis de temas constitucionales, jurisprudenciales y procesales de interés para abogados, estudiantes de Derecho, académicos y ciudadanía en general.

Con este encuentro, el espacio reafirmó su propósito de acercar el conocimiento jurídico a la comunidad y fomentar una comprensión más rigurosa de las garantías constitucionales que sustentan el debido proceso y el ejercicio efectivo del derecho a la defensa.

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