El Consejo de la Judicatura aprobó un nuevo protocolo de seguridad de jueces, fiscales y otros operadores de justicia frente a las amenazas del crimen organizado. En este marco, el Pleno de la institución aprobó el «Protocolo Técnico-Operativo para el Uso de Avatares Digitales en Audiencias Telemáticas».
Este nuevo protocolo forma parte del Plan de Seguridad Integral de la Función Judicial. El principal objetivo es proteger la seguridad de los jueces con transparencia total, indicó el Consejo de la Judicatura.
Esta nueva disposición implementa el uso voluntario de avatares digitales en audiencias telemáticas. Esta herramienta promueve el resguardo de la identidad biométrica de los jueces, el cumplimiento del debido proceso ya que el juez dirige la audiencia y las partes procesales conocen su identidad en todo momento.
Esta nueva disposición no se trata de un sistema de jueces sin rostro
«No se trata de un sistema de ‘jueces sin rostro'», enfatizó la institución.
El objetivo de esta decisión es resguardar, de manera exclusiva, la identidad biométrica de los administradores de justicia durante las diligencias virtuales relacionadas con casos de alta complejidad y riesgo.
El Consejo de la Judicatura indicó que este mecanismo garantiza la total transparencia procesal y difiere radicalmente de otros sistemas como los denominados «jueces sin rostro» donde se desconoce la identidad total de quienes administran justicia.
El contenido del protocolo aprobado asegurará que, desde el sorteo de las causas, las partes procesales conozcan en todo momento los nombres, apellidos, cargos y competencias de los jueces asignados.
«Lo único que se sustituirá tecnológicamente es la transmisión de los rasgos faciales de los magistrados, es decir, el avatar protegerá su imagen biométrica para evitar el perfilamiento criminal, el reconocimiento facial automatizado y la creación de contenidos de video, imagen o audio manipulados mediante tecnologías como la inteligencia artificial«, explicó el Consejo de la Judicatura a través de un comunicado.
Uso de avatar cumple con el COIP
El uso del avatar institucional no vulnera la exigencia de una comunicación real, directa y fidedigna establecida en el artículo 565 del COIP, puesto que no sustituye al juzgador.
Detrás de la representación gráfica, se encontrará el juez en tiempo real, previamente autenticado. Él mantendrá de forma exclusiva la dirección de la audiencia y sus facultades jurisdiccionales.
Jueces decidirán voluntariamente el uso del avatar
El protocolo establece claramente que el uso del avatar no será obligatorio ni generalizado. Será un mecanismo voluntario y excepcional que el juez podrá solicitar frente a riesgos objetivos, como procesos de delincuencia organizada, crimen transnacional o amenazas directas.
El uso del avatar no reemplazará a la toma decisiones jurisdiccionales ni delegará funciones que le corresponden al juez quien continuará dirigiendo personalmente la audiencia, valorará la prueba y garantizará los derechos de defensa, inmediación, contradicción y publicidad.
Amenazas a jueces en Ecuador
El Consejo de la Judicatura realizó un diagnóstico nacional, en el cual se registró que 127 servidores judiciales han recibido amenazas y 23 han sido víctimas de hechos de violencia. También se contabilizaron tres ataques contra la infraestructura judicial y 142 falsas alarmas de bombas.
Esto se complementa con los nuevos lineamientos para el teletrabajo para situaciones de riesgo y/o seguridad. También hay un protocolo de primeros auxilios en el área psicológica para los funcionarios judiciales y capacitaciones de autoprotección y prevención de riesgos. Fuente: Vistazo





