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Tertulia Jurídica analizó la prisión preventiva junto al jurista español Ramón Ragués Vallés

Publicado elamazonico elamazonico 6 min de lectura

El pasado miércoles 20 de mayo, en el programa Tertulia Jurídica, se desarrolló un amplio análisis académico y jurídico sobre la prisión preventiva, contando con la participación internacional del reconocido jurista español Ramón Ragués Vallés, director del Máster Universitario en Abogacía de la Universidad Pompeu Fabra.

Durante la apertura del espacio, el académico agradeció la invitación y explicó su trayectoria profesional como catedrático de Derecho Penal en la universidad pública de Barcelona, institución en la que ha desarrollado más de tres décadas de labor docente e investigativa. Además, destacó su experiencia como magistrado suplente en la Audiencia de Barcelona y su colaboración permanente con despachos jurídicos especializados en materia penal, lo que le ha permitido mantener contacto directo con la práctica procesal.

El programa, que marcó el cierre de la segunda temporada de Tertulia Jurídica, abordó uno de los temas más sensibles y debatidos dentro de los sistemas judiciales contemporáneos: la prisión preventiva y sus implicaciones dentro del Estado de derecho.

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La prisión preventiva y la presunción de inocencia
Durante su intervención, Ramón Ragués explicó que la prisión preventiva pertenece al ámbito del Derecho Procesal Penal y no al Derecho Penal sustantivo. Sin embargo, sostuvo que sus efectos prácticos tienen profundas repercusiones en los derechos fundamentales de las personas.

El jurista señaló que, aunque formalmente la prisión preventiva es considerada una medida cautelar y no una pena, en la práctica es vivida como un castigo por quienes la padecen, pese a no haber sido declarados culpables mediante sentencia ejecutoriada.

“Estamos ante una institución realmente complicada para los estados de derecho, porque proclamamos la presunción de inocencia como derecho fundamental y, sin embargo, permitimos que existan personas privadas de libertad sin haber sido condenadas”, manifestó.

Asimismo, afirmó que la prisión preventiva puede resultar incluso más severa que una pena privativa de libertad ordinaria, debido a la incertidumbre que enfrenta la persona detenida, quien desconoce cuánto tiempo permanecerá encarcelada y no accede a beneficios penitenciarios como permisos, trabajo externo o libertad condicional.

Una medida excepcional y de última ratio
El académico español enfatizó que la prisión preventiva debe ser aplicada únicamente como “último recurso” o última ratio, reservada exclusivamente para casos de extrema gravedad y cuando existan razones estrictamente justificadas.

Ragués recordó que recientemente publicó un libro titulado La prisión provisional como última ratio, obra en la que sostiene que esta medida cautelar solo debe utilizarse cuando sea absolutamente imprescindible para proteger intereses fundamentales del Estado y de la sociedad.

En ese contexto, criticó la aplicación rutinaria de la prisión preventiva en delitos de gravedad media, como pequeños tráficos de drogas o delitos patrimoniales, situación que —según indicó— ocurre tanto en España como en varios países latinoamericanos.

“Los delitos que justifiquen una prisión preventiva deben ser sumamente graves y generar una auténtica conmoción social”, expresó.

Alternativas tecnológicas y control telemático

Otro de los puntos centrales de la conferencia fue la necesidad de fortalecer mecanismos alternativos a la prisión preventiva mediante herramientas tecnológicas.

El especialista explicó que los sistemas judiciales deberían priorizar medidas como arresto domiciliario con vigilancia telemática, brazaletes electrónicos, fianzas, prohibiciones de acercamiento y otras formas de control menos invasivas antes de recurrir al encarcelamiento preventivo.

Indicó además que, en muchos países, los controles electrónicos son utilizados principalmente para personas condenadas que cumplen la fase final de sus penas, cuando deberían destinarse prioritariamente a quienes aún no han sido juzgados.

Riesgo de fuga e inteligencia artificial
Uno de los temas que despertó mayor interés fue el análisis sobre el riesgo de fuga como principal argumento utilizado por los jueces para ordenar prisión preventiva.

Ragués cuestionó que muchos operadores judiciales continúen razonando bajo esquemas propios del siglo XIX, considerando que actualmente los mecanismos internacionales de cooperación y extradición permiten localizar y capturar rápidamente a personas que abandonan un país.

Asimismo, abrió el debate sobre el uso de inteligencia artificial y algoritmos predictivos para evaluar riesgos procesales, particularmente el riesgo de fuga.

Según explicó, actualmente los jueces toman estas decisiones basándose principalmente en su experiencia personal, mientras que los sistemas de inteligencia artificial podrían permitir análisis más racionales sustentados en bases de datos y estadísticas generales del sistema judicial.

No obstante, aclaró que estas herramientas no deben reemplazar el criterio humano del juez, sino servir únicamente como apoyo técnico y orientativo.

Riesgo procesal y protección de víctimas
Durante la exposición también se abordó el denominado riesgo de obstaculización de la justicia, es decir, la posibilidad de destrucción o alteración de pruebas.

Sobre este punto, el jurista sostuvo que los jueces deben fundamentar de manera concreta y específica por qué existe dicho riesgo, evitando argumentaciones genéricas que vulneren garantías fundamentales.

En relación con el riesgo de comisión de nuevos delitos, el académico estableció una diferenciación importante. Consideró legítima la prisión preventiva cuando se busca proteger la vida o integridad física de víctimas concretas, especialmente en casos de violencia de género o delitos sexuales.

Sin embargo, expresó reservas frente a conceptos ambiguos como “peligrosidad social” o “seguridad ciudadana” utilizados para justificar encarcelamientos preventivos sin amenazas específicas e individualizadas.

Problemas técnicos interrumpieron temporalmente la transmisión
La jornada académica sufrió una breve interrupción debido a problemas técnicos con la plataforma Zoom, situación que obligó a suspender momentáneamente la transmisión antes de retomar el diálogo jurídico.

Pese a ello, la conferencia continuó desarrollándose con normalidad y generó amplio interés entre estudiantes, abogados, académicos y ciudadanos que siguieron el programa.

Un debate vigente en América Latina
La participación de Ramón Ragués Vallés permitió abrir un espacio de reflexión sobre el uso de la prisión preventiva en los sistemas judiciales latinoamericanos y europeos, destacando la necesidad de fortalecer garantías constitucionales, respetar la presunción de inocencia y evitar el uso excesivo de medidas privativas de libertad.

El programa Tertulia Jurídica concluyó así su segunda temporada consolidándose como un espacio de análisis académico y debate especializado sobre temas de relevancia nacional e internacional en materia jurídica.

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